Recursos para emprender

A continuación ponemos a tu disposición un conjunto de recursos que te facilitarán la compleja tarea del emprendimiento.

Ayudas autonómicas y locales

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE

SUBVENCIONES PARA AMPLIAR Y DIVERSIFICAR LA OFERTA CULTURAL EN ÁREAS NO URBANAS DE ANDALUCÍA. SUBVENCIONES FINANCIADAS CON EL FONDO EUROPEO NEXT GENERATION EU

Objeto: Subvenciones para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía. Estas ayudas tendrán por objeto la financiación de proyectos y actividades cuya finalidad sea la de impulsar la cultura en áreas no urbanas, ampliando la oferta cultural en el medio rural de Andalucía.

Beneficiarios/as: Ciudadanía, Empresas, Asociaciones y organizaciones Administraciones

Cuantía: La cuantía máxima de la subvención 50.000 euros siempre que no supere el 80% del presupuesto aceptado del proyecto.

Plazo de solicitud: Hasta el 28/03/2023

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN. ÁREA DE PROMOCIÓN Y TURISMO

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADA AL APROVECHAMIENTO TURÍSTICO DE LAS ALMAZARAS DE LA PROVINCIA DE JAÉN

Objetivo: Proyectos de inversión en inmovilizado material o inmaterial destinados a la adecuación de las almazaras y sus instalaciones anexas de la provincia para la actividad turística, de la tipología que a continuación se enumera:

  • Adecuación y/o creación de espacios destinados a la recepción de visitantes y venta de Aceite de Oliva Virgen Extra y otros productos.
  • Adecuación y/o creación de espacios destinados a la difusión de las propiedades de los Aceites de Oliva Virgen Extra jiennenses mediante la realización de catas, degustaciones, exhibiciones gastronómicas, talleres, desayunos molineros, etc.
  • Construcción, ampliación y/o adaptación de aseos para uso público.
  • Primera instalación o mejora de señalización, tanto exterior como interior, que favorezca la accesibilidad a la almazara y sus instalaciones anexas, así como el recorrido interpretativo por el interior de la misma.
  • Dotación de contenidos interpretativos alusivos al proceso de extracción de aceite mediante la adquisición e instalación de los soportes proyectados.
  • Inversiones destinadas a la mejora de la accesibilidad en las instalaciones, tanto la accesibilidad física a las distintas dependencias de la almazara y sus instalaciones anexas como a los contenidos interpretativos de la misma.
  • Adecuación de espacios para usos gastronómicos.
  • Cualquier otra inversión dirigida a la puesta en uso turístico de las almazaras y sus instalaciones anexas.

Los gastos subvencionables serán de naturaleza inventariable y consistirán en la adquisición del siguiente inmovilizado necesario para la realización de  la actividad de empresa, de acuerdo con el Plan General Contable:

  • 2.0.6. Aplicaciones informáticas.
  • 2.1.1. Construcciones.
  • 2.1.2. Instalaciones técnicas.
  • 2.1.6. Mobiliario.
  • 2.1.7. Equipos para procesos de información.

Se tratará de inversiones en elementos nuevos, directamente relacionadas con la actividad, que no se hallen cedidos a terceros, con o sin contraprestación y que no hayan sido fabricados por la propia empresa solicitante.

 

Línea 1. Proyectos de Inversión.

Empresas beneficiarias:

Empresas, con independencia de su forma jurídica, que entre las actividades económicas que realice se encuentre la fabricación de aceite de oliva y que dicha actividad se desarrolle en un municipio de la provincia de Jaén.

Cuantía: Cuantía máxima por empresa: 20.000,00 €.

Plazo de presentación de solicitudes: Comenzará a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y finalizará el 21 de noviembre de 2022.

 

Línea 2. Proyectos para la realización de Gasto Corriente.

Cuantía.

Cuantía máxima por empresa beneficiaria: 4.000,00 €.

Plazo de presentación de solicitudes.

Comenzará a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente extracto en el

BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y finalizará el 21 de noviembre de 2022.

 

Más información:

 

 

JUNTA DE ANDALUCÍA

AYUDAS PARA LA TRANSICIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO Y DE LA ECONOMÍA SOCIAL HACIA UNA ECONOMÍA VERDE Y DIGITAL. LÍNEA 6.

Objeto:  Esta línea de actuación tiene por objeto el impulso de actuaciones emprendedoras que contribuyan a la consecución de una economía verde o de una economía digital, así como la transición de la actividad económica ya constituida, con el mismo fin, distinguiendo dos medidas:

  • a) Subvenciones dirigidas al impulso de actuaciones emprendedoras que se inicien por personas trabajadoras autónomas en Andalucía, que contribuyan a la consecución de una economía verde o de una economía digital, así como la transición de la actividad económica que se realice por personas trabajadoras autónomas ya constituidas, con el mismo fin.
  • b) Subvenciones dirigidas al impulso de actuaciones emprendedoras que se inicien por entidades de economía social en Andalucía, que contribuyan a la consecución de una economía verde o de una economía digital, así como la transición de la actividad económica que se realice por entidades de economía social ya constituidas, con el mismo fin.

A estos efectos, se entiende por entidades de economía social las sociedades cooperativas.

Personas beneficiarias:

  1. Para las personas trabajadoras autónomas, que se encuentren de alta a la fecha en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria, y que tengan domicilio fiscal en Andalucía.
  2. Para las entidades de economía social, que las sociedades cooperativas estén legalmente constituidas, activas e inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas Andaluzas, y no estén incursas en situación administrativa de cierre registral, a la fecha en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria.

Cuantía: Consistirá en una ayuda a tanto alzado de 4.500 euros.

 Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 13 de julio.

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AYUDAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA PYME ANDALUZA EN EL MARCO DEL PROGRAMA EMPRESA

Objeto: Ayudas en especie para la ejecución de servicios de consultoría especializada para asesorar y acompañar a la pyme en el proceso de transformación digital del negocio. Estos servicios personalizados incluirán un diagnóstico del nivel de madurez digital de la empresa, un Plan de Acción para la digitalización de una o más áreas del negocio (según la tipología de servicio) y la asistencia técnica para acompañar a la empresa en la implantación de las medidas prioritarias identificadas en dicho plan.

Beneficiarias/os: Empresas

Plazo de solicitud: De 15/12/2021 00:00 horas – 31/10/2022 23:59 horas (El plazo de presentación de solicitudes para la ayuda Tipo 2. Transformación 360 será hasta el treinta y uno de octubre de 2022. 15/12/2021 00:00 horas – 31/01/2023 23:59 horas (El plazo de presentación de solicitudes para la ayuda Tipo 1. Relación con la clientela será hasta el treinta y uno de enero de 2023.

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

AYUDAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA PYME ANDALUZA EN EL MARCO DEL PROGRAMA EMPRESA DIGITAL JUNTA DE ANDALUCÍA

Objeto: Ayudas en especie para la ejecución de servicios de consultoría especializada para asesorar y acompañar a la pyme en el proceso de transformación digital del negocio. Estos servicios personalizados incluirán un diagnóstico del nivel de madurez digital de la empresa, un Plan de Acción para la digitalización de una o más áreas del negocio (según la tipología de servicio) y la asistencia técnica para acompañar a la empresa en la implantación de las medidas prioritarias identificadas en dicho plan.

Beneficiarias/os: Empresas

Plazo de solicitud: De 15/12/2021 00:00 horas – 31/10/2022 23:59 horas (El plazo de presentación de solicitudes para la ayuda Tipo 2. Transformación 360 será hasta el treinta y uno de octubre de 2022. 15/12/2021 00:00 horas – 31/01/2023 23:59 horas (El plazo de presentación de solicitudes para la ayuda Tipo 1. Relación con la clientela será hasta el treinta y uno de enero de 2023.

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MEDIDAS PARA LA RECUPERACIÓN DEL EMPLEO Y LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN ANDALUCÍA

Línea 5: proyectos para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas. Empleo y transición productiva hacia la economía verde o la economía digital. Iniciativa para el mantenimiento de empleo.

  • Objeto: Mantenimiento del empleo de personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas por microempresas y personas trabajadoras autónomas, así como el de las personas socias-trabajadoras y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo, para facilitar la transición productiva de su actividad hacia la economía verde y la economía digital.
  • Personas o entidades beneficiarias: Las personas trabajadoras autónomas con domicilio fiscal en Andalucía. Las microempresas. Las cooperativas y sociedades laborales.
  • Plazo de solicitud: del 13 de mayo al 12 de julio de 2022.
  • Cuantía:  4.500 euros
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Línea 6: proyectos para el reequilibrio y la equidad. Transición del trabajo autónomo y de la economía social hacia una economía verde y digital.

  • Objeto:  Impulso de actuaciones emprendedoras que contribuyan a la consecución de una economía verde o de una economía digital, así como la transición de la actividad económica ya constituida, con el mismo fin, distinguiendo dos medidas:
    1. Subvenciones dirigidas al impulso de actuaciones emprendedoras que se inicien por personas trabajadoras autónomas en Andalucía, que contribuyan a la consecución  de una economía verde o de una economía digital, así como la transición de la actividad económica que se realice por personas trabajadoras autónomas ya constituidas, con el mismo fin.
    2. Subvenciones dirigidas al impulso de actuaciones emprendedoras que se inicien por entidades de economía social en Andalucía, que contribuyan a la consecución de una economía verde o de una economía digital, así como la transición de la actividad económica que se realice por entidades de economía social ya constituidas, con el mismo fin.
  • Personas o entidades beneficiarias:
    1. Las personas trabajadoras autónomas, que se encuentren de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a la fecha en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria, y que tengan domicilio fiscal en Andalucía.
    2. Las entidades de economía social. Las sociedades cooperativas han de estar legalmente constituidas, activas e inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas Andaluzas, y no estar incursas en situación administrativa de cierre registral, a la fecha en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria.
    3. Las personas o entidades beneficiarias deben realizar en el desarrollo de su actividad económica una actuación que contribuya a la consecución de una economía verde o de una economía digital. Para ello, deberá disponerse de una memoria descriptiva de la contribución de la actuación a la economía verde o a la economía digital.
    4. Quedan expresamente excluidas de la presente línea de subvención las personas trabajadoras autónomas que desempeñan servicios en entidades con estructuras societarias, en cualquiera de sus formas, a excepción de las comunidades de bienes o sociedades civiles irregulares.
  • Cuantía:  4.500 euros
  • Plazo de presentación de solicitudes: desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en BOJA.
  • Más información:

 

PROGRAMA DE EMPRENDIMIENTO, SEGUNDA OPORTUNIDAD Y ESTABILIZACIÓN ECONÓMICA DE LAS EMPRESAS DE TRABAJO AUTÓNOMO. LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1: ESTABILIZACIÓN DE LA INICIATIVA EMPRENDEDORA EN EMPRESAS DE TRABAJO AUTÓNOMO.

Objeto: Esta línea de subvenciones tiene por objeto estabilizar y fortalecer el empleo a través de las iniciativas de trabajo autónomo, mediante ayudas al inicio de actividades económicas de las personas trabajadoras autónomas que son beneficiarias de la cuota reducida del Régimen Especial de la Seguridad Social del Trabajo por Cuenta Propia o Autónomo, reguladas en los artículos 31.1 y 2 y 32.1 y 2 de la Ley 20/2007, de 11 de julio

Beneficiarias/os: A ciudadanía y empresas

Cuantía:

  • Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años:  5.000 euros
  • Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años: 5.000 euros
  • Mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más: 3.800 euros
  • Hombres trabajadores autónomos de 30 años o más: 3.800 euros

En el caso de que, las personas beneficiarias de la medida de estabilización de la iniciativa emprendedora para mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más y de la medida de estabilización de la iniciativa emprendedora para hombres trabajadores autónomos de 30 años o más, residan en municipios de Andalucía, de menos de 10.000 habitantes, la subvención será de de 5.000 euros.

Plazo de solicitud: 28/05/2022 00:00 horas – 30/09/2022 23:59 horas (Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a aquél en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 30 de septiembre de 2022

Más información:

INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER

SUBVENCIÓN A ASOCIACIÓN Y FEDERACIONES DE MUJERES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS QUE FOMENTEN LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LAS MUJERES, LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE GÉNERO Y LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA.

Beneficiarios/as: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: OTROS SERVICIOS

Presupuesto total de la convocatoria: 1,800,000.00 €

Plazo: 14/05/2022

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ÁREA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO, DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO Y APOYO AL SECTOR AGRÍCOLA Y GANADERO DE LA PROVINCIA DE JAÉN 2022.

Objeto: Regular la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades y/o proyectos en materia agraria y/o pecuarias, distintas al olivar, cereales, cultivos industriales (excepto el lúpulo), silvícolas y/o cualquier cultivo transgénico, que desarrollen agricultoras/es y ganaderas/os en la provincia de Jaén para alguna de las siguientes LÍNEAS:

  1. Arrendamiento de fincas rústicas:
    1. Para la diversificación agraria y la generación de empleo.
    2. Para el asentamiento de colmenas en apicultura trashumante.
    3. Para asentamiento de rebaños ganaderos de especies en peligro de extinción.
  2. Cultivos herbáceos que diversifiquen la actividad agraria y que generen empleo.
  3. Generación de empleo para la implantación de cultivos leñosos, o su reconversión a la producción ecológica, y que diversifique la actividad agrícola.
  4. Acciones de apoyo a la ganadería trashumante.
  5. Inversión en explotaciones agrícolas.
  6. Inversión en explotaciones ganaderas.

 Beneficiarias/os: Personas físicas o jurídicas que hayan de realizar la actividad que fundamente su otorgamiento o que se encuentren en situación que legitima su concesión, requiriéndose, para estas últimas, que la actividad subvencionada tenga cabida dentro de su objeto, fines o estatutos. Las/os beneficiarias/os deberán desarrollar su actividad en municipios de la provincia de Jaén.

 Cuantía de las subvenciones:

 Línea 1. Arrendamiento de fincas rústicas

Se subvencionará el coste de la renta del contrato de arrendamiento de fincas rústicas que pudiera corresponder de acuerdo con lo establecido para cada caso, quedando excluidos los pagos realizados bajo conceptos distintos al propio del arrendamiento que se subvenciona, como deudas con terceros, entre otros. (Ver convocatoria).

Línea 2. Cultivos herbáceos que diversifiquen la actividad agraria y que generen empleo

La superficie mínima de cultivo objeto de subvención será de 0,60 hectáreas para cultivos herbáceos y 0,25 hectáreas para huertos.

Son subvencionables:

  • COSTES SALARIALES: el importe de la subvención será del 35%, o el 50% si se trata de cultivos ecológicos, de los costes salariales de los jornales de las/los trabajadoras/es contratadas/os por cuenta ajena según convenio colectivo de actividades agropecuarias de la provincia de Jaén en vigor. Siendo la cantidad máxima a conceder de 2.000,00 €/ha, siendo 3.000,00 €/ha para el caso de cultivos ecológicos y para huertos. El número mínimo de jornales por cuenta ajena que se requieren para acceder a estos porcentajes será de 40 jornales por hectárea.
  • CUOTA AUTÓNOMO: en el caso de cultivos realizados directamente por el agricultor, el importe de la subvención será el 35% importe de la cuota de autónomo agrario, o 50% si se trata de cultivos ecológicos, del propio titular de la explotación dentro del periodo de ejecución del proyecto. Se determinará la cuantía final de la subvención, por este concepto, en función de la totalidad de las parcelas que tenga el interesado, con un tope máximo de 600 €/ha, siendo el tope máximo de 700 €/ha si se trata de cultivos ecológicos. Para el caso de estar inscrito en más de un epígrafe del impuesto de actividades económicas, la cuantía a conceder por este concepto será el porcentaje correspondiente a la actividad agrícola.

Línea 3. Generación de empleo para la implantación de cultivos leñosos, o su reconversión a la producción ecológica, y que diversifique la actividad agrícola.

La superficie mínima de cultivo objeto de subvención será de 0,60 hectáreas. Son subvencionables:

  • COSTES SALARIALES: el importe de la subvención será del 35%, o el 50% si se trata de cultivos ecológicos, de los costes salariales de los jornales de las/los trabajadoras/es contratadas/os según convenio colectivo de actividades agropecuarias de la provincia de Jaén, en vigor, para explotaciones que conlleven la generación de empleo en al menos 40 jornales por hectárea. La cantidad máxima a conceder es de 2.000,00 €/ha, siendo de 3.000,00 €/ha en el caso de cultivos ecológicos o en periodo de reconversión (a efectos de la presente Convocatoria se entiende por RECONVERSIÓN las labores necesarias y suficientes para cambiar el método de cultivo convencional de una determinada plantación a ecológica).
  • CUOTA AUTÓNOMO: en el caso de cultivos realizados directamente por el agricultor el importe de la subvención será la será el 35% del importe de la cuota de autónomo agrario, o el 50% si se trata de cultivos ecológicos, del propio titular de la explotación dentro del periodo de ejecución del proyecto. Se determinará la cuantía final de la subvención, por este concepto, en función de la totalidad de las parcelas que tenga el interesado, con un tope máximo de 600 €/ha, siendo el tope máximo de 700 €/ha si se trata de cultivos ecológicos. Para el caso de estar inscrito en más de un epígrafe del impuesto de actividades económicas, la cuantía a conceder por este concepto será el porcentaje correspondiente a la actividad agrícola.

Línea 4. Acciones de apoyo a la ganadería trashumante.

La cuantía de la ayuda se calculará en función de las UGM (Unidades de Ganado Mayor) que posea el titular de la explotación, cuyas equivalencias se incorporan en la tabla adjunta, y si la ganadería es ecológica o no. Quedarán excluidas de la presente convocatoria las explotaciones de menos de 15 UGM.

  • Ganadería convencional: cuantía de la ayuda: 52,00 €/UGM. Importe máximo: 6.000 €.
  • Ganadería ecológica: cuantía de la ayuda: 56,00 €/UGM. Importe máximo: 7.000 €.

Línea 5. Inversión en explotaciones agrarias.

La cuantía máxima de la subvención será del 40% de los costes subvencionables para el cultivo convencional y el 45% para el ecológico con un importe máximo de 2.000,00 €/ha, siendo la superficie mínima requerida de 0,60 hectáreas. Para la implementación de invernaderos y estructuras afines o similares la superficie mínima exigible será de 500 metros cuadrados.

Línea 6. Inversión en explotaciones ganaderas.

La cuantía máxima de subvención para esta línea será del 40 % de los costes subvencionables en el caso de ganadería convencional y del 45 % en el caso de ganadería ecológica con los siguientes importes máximos:

  • Ganadería convencional: 130€/UGM
  • Ganadería ecológica: 150€/UGM

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 23 de febrero de 2022.

Más información

 

JUNTA DE ANDALUCÍA

AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS PARA LOS JÓVENES AGRICULTORES, EN EL MARCO DEL PDR DE ANDALUCÍA 2014-2020. CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

Objeto: Convocatoria para el año 2022 de ayudas dirigidas a la creación de empresas para jóvenes agricultor@s, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 6.1).

Beneficiarias/os: personas que vayan a instalarse como personas jóvenes agricultoras en una explotación agraria situada en la comunidad autónoma de Andalucía. A estos efectos, se entenderá que una explotación agraria está ubicada en dicho ámbito territorial cuando cuente en el mismo con más del 50% de su superficie o más del 50% de los animales.

Requisitos:

  1. Personas físicas:
    • a) Tener entre dieciocho y cuarenta años de edad, inclusive.
    • b) Haber iniciado el proceso de instalación con anterioridad a la solicitud de ayudas.
    • c)Poseer la capacitación y competencias profesionales adecuadas.
    • d) Presentar un plan empresarial viable técnica y económicamente para la primera instalación en una explotación agraria.
    • e) Instalarse en una explotación agraria por primera vez como titular de la explotación, en alguna de las modalidades previstas en las bases reguladoras.
  2. Personas jurídicas:
    1. Tener como objeto principal el ejercicio de la actividad agraria.
    2. Tener su domicilio fiscal y social en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
    3. Cumplir con los requisitos incluidos en el apartado 4.a).2º de la normativa reguladora que sean aplicables a las personas jurídicas, y concretamente, presentar un plan empresarial de acuerdo con el apartado 4.a).2º.1.d). de la normativa reguladora. En todo caso, se entenderá que la instalación estará referida a la instalación de la persona joven que ejerce el control de la persona jurídica solicitante.
    4. Estar controlada efectivamente y a largo plazo por una persona física que reúna individualmente los requisitos exigidos el apartado 4.a).2º de la normativa reguladora que sean aplicables a las personas físicas solicitantes para adquirir la condición de persona beneficiaria de estas ayudas.

A estos efectos, se entenderá que se ejerce el control efectivo de la persona jurídica cuando las acciones o participaciones que se ostenten supongan más del cincuenta por ciento del capital social, se posean más de la mitad de los derechos de voto y se ejerzan responsabilidades de gestión y administración.

4º. Se entenderá que la referencia a la instalación, como persona joven agricultora, está hecha a la instalación de la persona joven que ejerce el control de la persona jurídica solicitante.

Cuantía: Las subvenciones se concederán con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) siendo el porcentaje de participación del 100%, y la concesión de las mismas estará condicionada a las disponibilidades presupuestarias existentes. El importe de la prima máxima a percibir por los/as beneficiarios/as de estas ayudas queda establecida en 90.000 euros, conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) núm. 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020 y en la versión 10 del Programa de Desarrollo Rural (PDR) de Andalucía 2014-2022.

Plazo de presentación de solicitudes: del 20/01/2022 00:00 horas al 21/03/2022 23:59 horas

Más información:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24806.html#toc-informaci-n-adicional

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/12/1

INCENTIVOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS. CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E INTERIOR.

Objeto:  Incentivos para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias acogidos al Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo para reducir el consumo de energía final en el sector agrícola mediante la realización de actuaciones de ahorro y eficiencia energética y la utilización de las energías renovables.

Actuaciones incentivables:

  • Actuación 1. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío.
  • Actuación 2. Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias.

Beneficiarias/os:

  • a) Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública titulares de una explotación agropecuaria.
  • c) Titulares de explotaciones agrícolas de regadío que utilicen redes de riego para cuyo funcionamiento sea necesario actualmente el consumo de energía eléctrica.

Plazo de presentación: del 28 de julio de 2021 hasta que se declare su conclusión por la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, y en su defecto, el 31 de diciembre de 2021.

Cuantía de los incentivos: Un 30% del coste elegible. Se establece un coste elegible mínimo de 5.000 euros por solicitud.

Más información

 

AYUDAS A LA SOLVENCIA PARA EMPRESAS Y AUTÓNOMOS/AS. CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

Objeto: Aprobar las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de una línea de subvenciones, dirigidas al apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado y convocatoria de dicha línea de subvenciones dirigida a las personas autónomas y a las empresas que cumplan los requisitos y condiciones para ser beneficiarias establecidos en el presente Decreto-ley (Decreto- Ley 10/2021, de 1 de junio).

Las subvenciones recibidas por las personas trabajadoras autónomas y empresas considerados elegibles tendrán carácter finalista y deberán aplicarse a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a los costes fijos incurridos, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a 13 de marzo de 2021 y, en todos los casos, se encuentren pendientes de pago a 31 de mayo de 2021 y sean dinerarias.

Beneficiarias/os: empresarios/as o profesionales, entidades, establecimientos permanentes de personas o entidades no residentes no financieras y grupos que realicen alguna de las actividades económicas definidas en los anexos I y II del Decreto-Ley 10/2021, de 1 de junio, y cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración Tributaria, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019.

Cuantía: de 3.000 a 200.000€, según tipología de persona beneficiaria.

Plazo y forma de presentación de solicitudes: Hasta el 20 de octubre. La presentación se ha de forma telemática en la web en https://www.juntadeandalucia.es/ovorion/.

Más información:

DIPUTACIÓN DE JAÉN

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADA A FOMENTAR LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LAS PEQUEÑAS EMPRESAS DE LA PROVINCIA DE JAÉN – BONO DIGITAL

Objeto: Regular la concesión de subvenciones para empresas pequeñas y autónomos/as de la provincia de Jaén, destinadas a fomentar la transformación digital, entendiendo ésta, en un sentido amplio, como la integración de las nuevas tecnologías en todas las áreas de una empresa para cambiar su forma de funcionar. El objetivo es optimizar los procesos, mejorar su competitividad y ofrecer un nuevo valor añadido a sus clientes.

Beneficiarios/as: Microempresas (aquella que ocupe a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocio anual o cuyo balance general no supere los 2 millones de euros.), incluyendo autónomos/as que tengan establecimiento operativo en la provincia de Jaén, cumpliendo los requisitos recogidos en el artículo 2.

Cuantía: Consistirá en el 100% del coste final de los gastos subvencionables, excluido el IVA, con un límite máximo por empresa de 3.000 €.

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 30 de septiembre de 2021.

Más información

 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A EMPRESAS PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN LOS DIVERSOS SECTORES ECONÓMICOS DE LA PROVINCIA DE JAÉN Y ESPECIALMENTE AL SECTOR OLEÍCOLA, EN EL MARCO DEL PLAN DE EMPLEO Y EMPRESA DE LA PROVINCIA DE JAÉN, AÑO 2021

Objeto: Regular la concesión de subvenciones a las empresas privadas del sector oleícola y del resto de sectores económicos, o a personas trabajadoras autónomas, que desarrollen su actividad en un municipio de la provincia de Jaén, incentivando la contratación por parte de estas empresas de personas desempleadas empadronadas en algún municipio de la provincia de Jaén.

Se podrán presentar proyectos de dos tipos:

Línea 1: Proyectos de contratación para el sector oleícola.

Línea 2: Proyectos de contratación para el resto de sectores económicos.

Beneficiarias/os: Podrán solicitar estas ayudas las empresas de naturaleza privada o personas trabajadoras autónomas que tengan un centro de trabajo en un municipio de la provincia de Jaén, y que cumplan los requisitos recogidos en el artículo 2 y 3.

Cuantía: La cuantía de la subvención en ambas líneas tendrá un importe unitario máximo de 5.700 €, por cada persona contratada durante 12 meses. Se admitirá un máximo de 10 contrataciones por empresa.

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 30 de septiembre de 2021

Más información:

 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA CREACIÓN DE EMPLEO AUTÓNOMO ENTRE LOS JÓVENES EN LOS MUNICIPIOS DE MENOR POBLACIÓN DENTRO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO JUVENIL (AYUDAS EMP-POEJ), COFINANCIADA POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO E INICIATIVA DE EMPLEO JUVENIL, PROYECTO “AYUDAS AL AUTOEMPLEO” DE RETO DEMOGRÁFICO

Objeto: Regular el procedimiento para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo autónomo entre los jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años, no ocupados y no integrados en los sistemas de educación o formación, con independencia de su nivel formativo, inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que habiten o vayan a habitar en cualquiera de los 69 municipios de la provincia de Jaén que cuentan con menos de 5.000 habitantes o en los 9 municipios de la provincia de Jaén que tienen entre 5.001 y 10.000 habitantes y presentan un saldo demográfico negativo en la década (2007-2017), cuya relación se recoge en el artículo 1.

Beneficiarios/as: Personas físicas que promuevan iniciativas empresariales de nueva creación, bien de forma individual o como persona jurídica, y que reúnan los requisitos recogidos en el artículo 2.

Cuantía: 8.550 € por beneficiario/a, correspondientes al 75% del Salario Mínimo Interprofesional mensual vigente en el año 2021 (950 €), multiplicado por los 12 meses.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 31 de marzo de 2022

Más información:

DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA

PROGRAMA DE AYUDAS DE EMERGENCIA A AUTÓNOMOS Y EMPRESAS DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA PERTENECIENTES A DIVERSOS SECTORES ECONÓMICOS AFECTADOS POR LA REDUCCIÓN DE LA ACTIVIDAD PRODUCIDA POR SARSCOV-2

Objeto: regular el Programa de ayudas a empresas y autónomos que desarrollan su actividad en la Ciudad de Córdoba, pertenecientes a diversos sectores económicos, que han visto reducida su actividad económica de forma significativa, a consecuencia de las medidas adoptadas para combatir la situación de crisis sanitaria motivada por la propagación del SARSCoV-2.

Beneficiarias/os: Empresarios/as individuales o sociales (personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes) que ejerzan una actividad económica en el término municipal de Córdoba y hayan sufrido una disminución significativa de su actividad económica a consecuencia de las medidas adoptadas para combatir la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, encuadrados en alguno de los epígrafes incluidos en el anexo I.

Cuantía: La distribución del montante económico entre los solicitantes se realizará, en función del grupo en que se incluya cada uno de ellos, de acuerdo con las fórmulas establecidas en las bases reguladoras de las Ayudas. Ninguno de los solicitantes podrá recibir una ayuda superior a TRES MIL EUROS.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 1 de marzo de 2021

Más información:

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO Y APOYO AL SECTOR AGRÍCOLA Y GANADERO PROVINCIA DE JAÉN

Objeto: La presente Convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en la provincia de Jaén para alguna de las siguientes LÍNEAS:

  1. Arrendamiento de fincas rústicas:
    • 1.a. Para la diversificación agraria y la generación de empleo.
    • 1.b. Para el asentamiento de colmenas en apicultura trashumante.
    • 1.c. Para asentamiento de rebaños ganaderos de especies en peligro de extinción.
  2. Cultivos herbáceos o huertos que diversifiquen la actividad agraria y que genere empleo.
  3. Generación de empleo para cultivos leñosos, o su reconversión a la producción ecológica, que diversifique la actividad agrícola.
  4. Acciones de apoyo a la ganadería trashumante.
  5. Inversión en explotaciones agrarias.
  6. Inversión en explotaciones ganaderas.

Beneficiarias/os: personas físicas o jurídicas que hayan de realizar la actividad que fundamente su otorgamiento o que se encuentren en situación que legitima su concesión, requiriéndose, para estas últimas, que la actividad subvencionada tenga cabida dentro de su objeto, fines o estatutos. Las/os beneficiarias/os deberán desarrollar su actividad en municipios de la provincia de Jaén.

Cuantía: La cuantía de las subvenciones para cada una de las líneas y el destino de la misma es el siguiente:

  • LÍNEA 1.- EL ARRENDAMIENTO DE FINCAS RÚSTICAS:
    • 1.a El importe máximo a subvencionar será de 600,00 € por hectárea, reduciéndose la cantidad final de manera proporcional en función del periodo que finalmente coincida con el plazo de ejecución establecido en el art. 3 de la Convocatoria.
    • 1.b El importe máximo de subvención por explotación es de: Apicultura convencional 3.000,00 € Apicultura ecológica 4.000,00 €. Prorrateándose dicha cantidad cuando el plazo de ejecución sea inferior al establecido en el art. 3 de la Convocatoria.
    • 1.c. Se subvencionarán los gastos de arrendamiento con los siguientes límites por explotación: ganadería Convencional 3.000,00 €; ganadería Ecológica 4.000,00 €. Prorrateándose dicha cantidad cuando el plazo de ejecución sea inferior al establecido en el art. 3 de la Convocatoria.
  • LÍNEA 2.- CULTIVOS HERBÁCEOS O HUERTOS QUE DIVERSIFIQUEN LA ACTIVIDAD AGRARIA Y GENEREN EMPLEO.
    • Costes Salariales: la cantidad máxima a conceder de 2.000,00 €/ha, siendo 3.000,00 €/ha para el caso de cultivos ecológicos y para huertos. El número mínimo de jornales por cuenta ajena que se requieren para acceder a estos porcentajes será de 40 jornales por hectárea.
    • Cuota autónomo/a: 35% importe de la cuota de autónomo agrario, o 50% si se trata de cultivos ecológicos del propio titular de la explotación dentro del periodo de ejecución del proyecto. Ver condiciones en la Convocatoria.
  • LÍNEA 3.- GENERACIÓN DE EMPLEO PARA CULTIVOS LEÑOSOS, O SU RECONVERSIÓN A LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA, QUE DIVERSIFIQUEN LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA.
    • Costes salariales: El importe de la subvención será del 35%, o el 50% si se trata de cultivos ecológicos, de los costes salariales de los jornales de las/los trabajadoras/es contratadas/os según convenio colectivo de actividades agropecuarias de la provincia de Jaén, en vigor, para explotaciones que conlleven la generación de empleo en al menos 40 jornales por hectárea. La cantidad máxima a conceder es de 2.000,00 €/ha, siendo de 3.000,00 €/ha en el caso de cultivos ecológicos o en periodo de reconversión.
    • Cuota autónomo/a: en el caso de cultivos realizados directamente por el agricultor el importe de la subvención será la será el 35% del importe de la cuota de autónomo agrario, o el 50% si se trata de cultivos ecológicos, del propio titular de la explotación dentro del periodo de ejecución del proyecto. Ver condiciones en la Convocatoria.
  • LÍNEA 4.- ACCIONES DE APOYO A LA GANADERÍA TRASHUMANTE
    • La cuantía de la ayuda se calculará en función de las UGM. Ver condiciones en la Convocatoria.
  • LÍNEA 5.- INVERSIÓN EN EXPLOTACIONES AGRARIAS.
    • La cuantía máxima de la subvención será del 35% de los costes subvencionables con un importe máximo de 2.000,00 €/ha, siendo la superficie mínima requerida de 0,60 hectáreas. Ver condiciones en la Convocatoria.
  • LÍNEA 6.- INVERSIÓN EN EXPLOTACIONES GANADERAS.
    • La cuantía máxima de subvención para esta línea será del 35% de los costes subvencionables con el límite de la ayuda mínimis contemplada en este Convocatoria. La cuantía máxima de la ayuda se verá incrementada en un 10% si la producción ganadera está certificada como ecológica. Ver condiciones en la Convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 26 de febrero de 2021.

Más información:

 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL ÁREA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA EL APOYO A EMPRESAS AGROALIMENTARIAS DE LA PROVINCIA DE JAÉN 2021

Objeto: La presente Convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo el art. 22.1 de la Ley General de Subvenciones (L.G.S.) por parte del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático de la Diputación Provincial de Jaén para empresas del sector agroalimentario de productos agrícolas y/o ganaderos de la provincia de Jaén, para las siguientes LÍNEAS:

  1. Fomento para la comercialización y distribución agroalimentaria.
  2. Inversiones para la transformación de productos agroalimentarios.

 Beneficiarias/os: personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que hayan de realizar la actividad que fundamente su otorgamiento o que se encuentren en situación que legitime su concesión, requiriéndose, para estas últimas, que la actividad subvencionada tenga cabida dentro de su objeto, fines y/o estatutos.

Requisitos:

  • Las/os beneficiarias/os deberán desarrollar su actividad y tener su domicilio fiscal en municipios de la provincia de Jaén.
  • Las/os beneficiarias/os deberán tener la consideración de PYME en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes

Cuantía: La cuantía de las subvenciones para cada una de las líneas es el siguiente:

  • LÍNEA 1.- FOMENTO PARA LA COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN AGROALIMENTARIA:
    • La cantidad máxima a conceder es de 3.000,00 € y la mínima es de 300,00 €.
  • LÍNEA 2.- INVERSIONES PARA LA TRANSFORMACIÓN DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS:
    • La cantidad máxima a conceder es de 10.000,00 € y la mínima es de 300,00 €.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 26 de febrero de 2021.

Más información:

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE. JUNTA DE ANDALUCÍA

SUBVENCIONES POR LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19, EN EL SECTOR DE LA FLOR CORTADA Y LA PLANTA ORNAMENTAL

Objeto: ofrecer ayudas destinadas a subvencionar a las personas físicas y entidades productoras de flor cortada y planta ornamental en función de la superficie cuya producción de flor cortada y planta ornamental haya sido efectivamente destruida durante el período comprendido entre el 14 de marzo y el 20 de junio de 2020, periodo en el que estuvo vigente el estado de alarma, con el fin de paliar las consecuencias negativas que la declaración del estado de alarma ha causado por la imposibilidad de su comercialización,

Beneficiarios/as: conforme al artículo 3 del Real Decreto 883/2020, los/as agricultores/as, personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica, pero con personalidad fiscal.

Plazo: hasta las 17:00 horas del 5 de noviembre de 2020.

Cuantía: La cuantía máxima de la ayuda será de 20.000 euros por beneficiario/a y con las excepciones que se establecen en el artículo 8 del Real Decreto 883/2020, de 6 de octubre.

Más información:

AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA, CÓRDOBA.

El objeto de las ayudas es fomentar la actividad emprendedora, incentivar el emprendimiento y el autoempleo, en la fase inicial de desarrollo e implementación, contribuyendo a la puesta en marcha de proyectos empresariales, generadores de empleo y riqueza, apoyando económicamente el establecimiento de empleo autónomo y la creación de pequeñas y medianas empresas en la localidad de Priego de Córdoba.

Beneficiarias:

  • Las personas emprendedoras en situación de desempleo, que creen su propio puesto de trabajo, mediante el inicio de una actividad empresarial, bien como persona física (empresario/a individual autónomo, comunidad de bienes o sociedad civil) o jurídica (sólo como administradores de la sociedad y/o trabajadores en el caso de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales), que se constituyan formalmente y lleven a cabo su actividad en el municipio de Priego de Córdoba. En el caso,de cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales, conformadas por dos o más personas, al menos el 50% de los socios trabajadores deben estar dados de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional y cumplir los requisitos recogidos en la base 3 de la Convocatoria.
  • Las empresas ya constituidas cuyo domicilio fiscal se encuentre radicado en un municipio distinto a Priego de Córdoba y que creen un nuevo centro de trabajo en éste.

Plazo de solicitud de ayudas: hasta el 04/03/2020

Más información

JUNTA DE ANDALUCÍA. CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO.

SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA DE EMPRENDIMIENTO, SEGUNDA OPORTUNIDAD Y ESTABILIZACIÓN ECONÓMICA DE LAS EMPRESAS DE TRABAJO AUTÓNOMO

Extracto de la Resolución de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan las subvenciones reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva del programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía y se modifica la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.

  • OBJETO: financiar los costes derivados de las cuotas de cotización a la Seguridad Social que corresponde abonar a las personas trabajadoras autónomas o trabajadoras por cuenta propia agrarias, facilitando el pago de las mismas, para contribuir, de esta forma, al fomento y consolidación del trabajo autónomo.
  • IMPORTE: El cálculo del importe de la ayuda individual que correspondería a las personas beneficiarias de las subvenciones convocadas, se hará conforme a lo previsto en el artículo 8 de la Orden de 27 de junio de 2019.
  • REQUISITOS BENEFICIARIAS: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019, las personas trabajadoras autónomas o trabajadoras por cuenta propia agrarias, con residencia y domicilio fiscal en Andalucía, que estén dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o, en su caso, en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios
  • PLAZO: La presente convocatoria estará abierta hasta el 30 de septiembre de 2021.
  • Más información
JUNTA DE ANDALUCÍA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CONOCIMIENTO, EMPRESAS Y UNIVERSIDAD

SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL, LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y LA CREACIÓN DE EMPLEO (PYMES).

Concesión de subvenciones para la creación de actividad económica a través de medidas de apoyo a los emprendedores y a las empresas que realicen una inversión vinculada a un nuevo establecimiento y que generen empleo; para la mejora de la competitividad de las mismas subvencionando la realización de inversiones que lleven aparejada la creación o el mantenimiento del empleo existente; para propiciar una alta generación de empleo en aquellas actuaciones destinadas a la creación de actividad o a la mejora de la competitividad; para conseguir mejorar la gestión empresarial mediante ayudas a la incorporación de servicios avanzados, así como para procurar la transformación digital de las empresas y la mejora de su competitividad y productividad a través ayudas al uso e implantación de Tecnologías de la Información y Comunicación.

 

UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE

11ª EDICIÓN DEL CONCURSO UPOEMPRENDE

Iniciativa dirigida a estudiantes, egresados, personal docente e investigador (PDI) y de administración y servicios (PAS) de la Universidad Pablo de Olavide. El objetivo: promoción de las ideas de negocio empresariales de la comunidad universitaria. Hay nueve categorías de premios, entre las que destacan:

  1. Emprendimiento Verde: para proyectos con soluciones empresariales sostenibles frente al cambio climático
  2. Innova-Joven: para estudiantes de bachillerato o ciclo formativo superior de la provincia de Sevilla
  • Plazos de inscripción: del jueves 14 de febrero de 2019 al lunes 13 de mayo de 2019
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  • Bases
ANDALUCÍA EMPRENDE

CONVENIOS DE COLABORACIÓN DE ANDALUCÍA EMPRENDE CON OTRAS ENTIDADES

Andalucía Emprende mantiene un convenio de colaboración con las siguientes entidades que ofrecen un servicio financiero integral de financiación en forma de microcréditos a autónomos y pymes:

  • Líneas ICO 2019: Líneas de crédito para emprendedores. Fechas de la convocatoria: todo el año 2019.

 

  • MicroBank: microcréditos de negocios para emprendedores y autónomos.

 

  • Fundación CajaSur: Iniciativa para emprendedores con créditos en condiciones preferenciales que aportan además acompañamiento durante la acción empresarial, especialmente en la puesta en marcha y asesoría en la gestión. Dirigido especialmente a jóvenes emprendedores en las zonas de actuación de CajaSur.

 

 

  • Banco Sabadell: Además de préstamos elaborados en las líneas ICO para emprendedores, el Banco Sabadell cuenta con el Programa BStartup, una iniciativa para apoyar a empresas innovadoras y tecnológicas a desarrollar sus proyectos.
JUNTA DE ANDALUCÍA. CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS SOCIALES

CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS A JÓVENES ANDALUCES O RESIDENTES EN ANDALUCÍA PARA PONER EN MARCHA PROYECTOS EMPRESARIALES: INNOVACTIVA6000

Nueva línea de apoyo a la juventud en Andalucía, orientada a sufragar los gastos de constitución de empresas jóvenes andaluzas y a apoyar una inversión en inmovilizado de un máximo de 6.000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 18 de julio de 2018

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CEEI BAHÍA DE CÁDIZ

PRIMERA CONVOCATORIA DE PARTICIPACIÓN DE EMPRENDEDORES E INVERSORES EN EL PROYECTO ESPOBAN

CEEI Bahía de Cádiz participa como socio beneficiario en el Proyecto Red de Business Angels España-Portugal “ESPOBAN”, aprobado en la 1ª Convocatoria del Programa INTERREG V-A España-Portugal (POCTEP) 2014-2020. El proyecto ESPOBAN tiene como objetivo general la creación de la Red de Business Angels Transfronteriza ESPOBAN (Business Angels Network España-Portugal), que contribuya a mejorar las condiciones necesarias para la aparición de nuevas iniciativas empresariales y la introducción de nuevos productos o procesos innovadores en el mercado, a través de la mejora en el acceso a la financiación no solo de nuevas iniciativas empresariales sino también de empresas ya existentes, fomentando y promoviendo la figura del Inversor/Inversora “Business Angel” para la financiación de proyectos empresariales.

  • Bases
  • Plazo: Presentación de candidaturas hasta el 30/06/2018
CADE CÓRDOBA

PROYECTO LUNAR

Las personas emprendedoras o empresas creativo-culturales que deseen participar en la iniciativa ‘Microespacios Creativos’, podrán presentar su solicitud hasta el 30 de noviembre de 2018 en el Centro Andaluz de Emprendimiento (CADE) ‘Proyecto Lunar Córdoba’, ubicado en la calle San Pablo, en el número 23, de la capital, donde se irán exponiendo las obras que se vayan seleccionando

  • Plazo: Presentación de solicitudes hasta el 30/11/2018
  • Ir a la web
CONVENIOS DE ANDALUCÍA EMPRENDE CON ENTIDADES FINANCIERAS

Andalucía Emprende mantiene un convenio de colaboración con las siguientes entidades que ofrecen un servicio financiero integral de financiación en forma de microcréditos a autónomos y pymes:

A) LINEAS ICO 2018: 

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) permite prestar un apoyo conjunto de asesoramiento e información a emprendedores, empresas y autónomos, así como facilitar el acceso al crédito, a través de varias líneas.

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B) MICROBANK:

Esta línea de financiación mediante microcréditos tiene los objetivos de potenciar y fomentar el autoempleo y la actividad emprendedora y de financiar el establecimiento, la consolidación o la ampliación de microempresas, negocios de autónomos y proyectos de autoempleo con el objetivo de contribuir a desarrollar el tejido productivo, la creación y consolidación de empleo y la contribución al progreso social.

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C) BANCO SABADELL, S.A.

Esta entidad presenta una amplia oferta de productos y servicios financieros que ofrece a sus empresarios y emprendedores.

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 D) UNICAJA BANCO S.A.

La entidad permite acceder a servicios y recursos financieros en condiciones ventajosas para los interesados/as con el objetivo de favorecer y mejorar el desarrollo de su gestión y actividad empresarial.

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CLUB DE EMPRENDEDORES DE CÓRDOBA

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RÍO A LOS/AS EMPRENDEDORES/AS Y EMPRESAS

Se convocan tres tipos de Ayudas:

  1. Ayuda para incentivar la mejora y modernización de las empresas ubicadas en Palma del Río a través de la implantación de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) para mejorar la eficiencia y la gestión del negocio.
  2. Ayuda para financiar parcialmente los gastos de puesta en marcha o ampliación de actividades empresariales que se instalen en los polígonos industriales de Palma del Río.
  3. Ayuda destinada a la eliminación de barreras arquitectónicas y mejoras de la accesibilidad a los establecimientos comerciales ubicados en Palma del Río.

Plazo: Presentación de solicitudes hasta el 11 de julio de 2018

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CONVOCATORIA DEL AYUNTAMIENTO DE IZNÁJAR DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DENTRO DEL PROGRAMA MUNICIPAL “IZNÁJAR EMPRENDE” DURANTE EL EJERCICIO 2018

  • Línea 1: inicio de actividad y contrataciones.
  • Línea 2: importes satisfechos por licencia municipal de actividad, costes de participación en ferias o eventos de promoción y de intereses abonados por operaciones financieras.
  • Línea 3: rehabilitación y/o reforma de viviendas y locales en núcleo principal.
  • Línea 4: ayuda para alquiler de viviendas para jóvenes.

Plazo: Presentación de solicitudes hasta el día 15 de noviembre de 2018

INVERSEED

PROGRAMA DE FINANCIACIÓN INVERSEED EMPRENDE

«INVERSIÓN, GESTIÓN Y DESARROLLO DE CAPITAL SEMILLA DE ANDALUCIA, S.I.C.C., S.A.-INVERSEED» (en adelante INVERSEED) es una entidad mercantil regulada y supervisada por la CNMV, participada mayoritariamente por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía-Agencia IDEA, comprometida con el desarrollo económico y el apoyo a proyectos empresariales en sus fases iniciales de actividad y desarrollo, con especial atención a la promoción del emprendimiento. En este sentido, dispone del programa «INVERSEED EMPRENDE», una apuesta decidida para facilitar financiación y acompañamiento a las jóvenes empresas tecnológicas e innovadoras en fases iniciales de desarrollo, domiciliadas y con centro principal de actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

Objeto: El objeto de esta convocatoria es la regulación, en régimen de concurrencia competitiva de la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la generación de actividades empresariales de producción de bienes y servicios en el municipio de Barbastro.

Beneficiarios/as: personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma jurídica, que realicen efectivamente una actividad empresarial dentro del municipio y ejecuten las actuaciones comprendidas en el objeto de la presente subvención.

Cuantía: Las subvenciones podrán alcanzar, como máximo, la cantidad de 4.000 € por solicitante, a excepción de las actividades ubicadas en la Calle Joaquín Costa, Calle General Ricardos y Paseo del Coso para las que las subvenciones podrán alcanzar un máximo de 6.000 €.

Plazo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 18 de julio de 2022.

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PROGRAMA EMPRENDEDORES DEL GOBIERNO DE ARAGÓN

SUBVENCIONES PARA EMPRENDEDORES DEL GOBIERNO DE ARAGÓN 2021-22.

Objeto: Esta ayuda económica está diseñada para apoyar proyectos de autoempleo que faciliten a personas provenientes del desempleo su establecimiento como trabajadores autónomos en la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo de 2021-2022.

Beneficiarios/as:

  • Trabajadores/as autónomos/as (cuenta propia).
  • Trabajadores/as autónomos/as que se incorporen al negocio familiar como autónomos colaboradores.
  • Trabajadores/as autónomos/as que alcancen el primer año de actividad como trabajadores autónomos y hayan sido beneficiarios de la subvención al establecimiento como trabajador autónomo, o de la subvención para el fomento del relevo generacional.
  • Trabajadores/as autónomos/as que formen parte, en su calidad de trabajadores autónomos o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.
  • Trabajadores/as autónomos/as que contrate al primer trabajador por cuenta ajena
  • Trabajadores/as autónomos/as que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia o como miembros de una sociedad civil o comunidad de bienes y soliciten y obtengan un préstamo a título individual.

Cuantía:

  • 3.000€ desempleados en general
  • 4.000€ jóvenes desempleados menores de 30 años y personas desempleadas mayores de 45 años
  • 4.000€ para personas desempleadas de larga duración
  • 6.000€ para desempleados con discapacidad, mujeres víctimas de violencia de género y personas transgénero

Supondrá un incremento de un 10% en los casos de:

  • Cuando la solicitante sea mujer. Salvo víctimas de violencia de género especificadas en el apartado anterior.
  • Cuando la actividad se desarrolle en municipios aragoneses de menos de 5.000 habitantes.

Plazo de solicitud: en el mes siguiente a la fecha de inicio de la actividad. Desde el 2 de abril se puede solicitar esta ayuda económica, que está diseñada para apoyar proyectos de autoempleo que faciliten a personas provenientes del desempleo su establecimiento como trabajadores autónomos en la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo desde 1 octubre 2021 hasta 30 de septiembre de 2022.

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DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DE ARAGÓN

SUBVENCIONES 2022 PARA INVERSIONES EN EL SECTOR AGRÍCOLA Y GANADERO

Objeto: Convocar las subvenciones dirigidas a la realización de inversiones que impulsen la sostenibilidad y la competitividad del sector agroalimentario desde el punto de vista económico, medioambiental y social, de las explotaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón

Costes subvencionables: Sólo se considerarán costes subvencionables los generados con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, sin perjuicio de los gastos de diseño, redacción y dirección del proyecto y los relativos a memorias técnicas, certificados, que sí podrán ser considerados subvencionables, aun cuando hubieran sido facturados con anterioridad.

Se consideran costes subvencionables aquellos que sean necesarios para conseguir los objetivos de esta Orden y en particular, los que se relacionan a continuación:

PROGRAMA 1

DE APOYO A LAS INVERSIONES EN SISTEMAS DE GESTIÓN DE ESTIÉRCOLES EN GANADERÍA

BENEFICIARIOS/AS

  • a) Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de explotaciones ganaderas siempre que tengan la consideración de PYMES.
  • b) Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente, que integren, un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES.
  • c) Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones ganaderas concretas que tengan la consideración de PYMES.
  • d) Centros gestores de estiércoles siempre que tengan la consideración de PYMES.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. La cuantía mínima de las inversiones será de 10.000 euros.

 

PROGRAMA 2

DE APOYO A LA TRANSFORMACIÓN INTEGRAL Y MODERNIZACIÓN DE INVERNADEROS

BENEFICIARIOS/AS

  • a) Personas físicas mayores de edad o jurídicas de naturaleza privada, productoras de hortalizas y/o flor cortada y/o planta ornamental bajo invernadero, que sean titulares de una explotación agrícola.
  • b) Cuando se trate de inversiones colectivas, personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que integren un mínimo de 5 titulares de explotación y cualquier Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, cooperativas o sociedades agrarias de transformación reconocidas por la autoridad competente cuyos miembros son productores de hortalizas y/o flor cortada y/o planta ornamental bajo invernadero titulares de una explotación agrícola.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. Con carácter general, para que sean subvencionables las inversiones deberán cumplir los siguientes requisitos de inversión mínima:

  • Para la actuación 1 – Transformación integral: 200.000 euros/hectárea.
  • Para la actuación 2 – Modernización: 100.000 euros/hectárea.

 

PROGRAMA 3

DE APOYO A LAS INVERSIONES EN EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENERGÍAS RENOVABLES

BENEFICIARIOS/AS

  • a) Personas físicas mayores de edad o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera.
  • b) Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que integren un mínimo de cinco titulares de explotación y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola o ganadera.
  • c) Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones ganaderas concretas que tengan la consideración de PYMES, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN.

La inversión mínima para esta actuación será de 10.000 euros/proyecto de inversión.

La intensidad de la ayuda será del 35% del coste subvencionable

La cuantía máxima de la ayuda se establece en:

  • Beneficiarios recogidos en el apartado décimo sexto, letra a): 50.000 euros.
  • Beneficiarios recogidos en el apartado décimo sexto, letras b) y c):150.000 euros.

 

PROGRAMA 4

DE APOYO PARA LA APLICACIÓN DE AGRICULTURA DE PRECISIÓN Y TECNOLOGÍAS 4.0 EN EL SECTOR AGRÍCOLA Y GANADERO

BENEFICIARIOS/AS

  • a) Personas físicas mayores de edad o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas siempre que tenga la consideración de PYMES.
  • b) Personas físicas mayores de edad o jurídicas que presten servicios agrarios, entendiendo por tales quienes desarrollen actividades económicas inscritas en el epígrafe 911, en el 912 o en el 851 en el Impuesto de Actividades Económicas siempre que tenga la consideración de PYMES.
  • c) Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones ganaderas concretas que tengan la consideración de PYMES, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.
  • d) Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que integren un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola y/o ganadera.

 CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. Cuantía mínima de la ayuda será de 5.000 euros. La cuantía máxima de la ayuda será de 300.000 euros.

Plazo de solicitud:

El plazo de presentación de solicitudes hasta el 30 de junio de 2022.

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DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

AYUDAS 2022 PARA EL SECTOR ARTESANO DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL DEL GOBIERNO DE ARAGÓN

Objeto: Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones:

  1. Programa de instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano:
    • Obras para la instalación, reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos.
    • Adquisición de maquinaria, herramientas o equipamiento para el taller artesano.
  2. Participación, como expositor, en ferias profesionales, comerciales o mercados de artesanía fuera de la Comunidad Autónoma o en ferias internacionales que tengan lugar en la Comunidad Autónoma de Aragón, celebradas entre el período 1 de septiembre de 2021 hasta la fecha de presentación de la solicitud.
  3. La incorporación de nuevos/as profesionales a la actividad artesana

Beneficiarios/as: Podrán ser beneficiarios/as de las subvenciones de esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) artesanas, bien sean personas físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles, que tengan su domicilio fiscal en Aragón, y que se hallen inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón, con una actividad que esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos (Orden de 24 de enero de 2001, “Boletín Oficial de Aragón”, número 18, de 12 de febrero de 2001) excepto el subsector 12 (servicios y bienes de consumo) y el subsector 14 (Artesanía Alimentaria).

Cuantía: Realización de inversiones en el taller artesano: Respecto a la instalación, reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, las siguientes inversiones en activos fijos, con un máximo 20.000 euros de inversión subvencionable:

Plazo: Desde el 20 de abril de 2022 hasta el 31 de agosto del 2022.

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INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM)

PROYECTO MEMTA. SUBVENCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO EN MICROEMPRESAS, TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL.

Objeto: Subvención para mantener el empleo de los/as trabajadores/as contratados/as por microempresas (Se considera microempresa aquella que ocupa a menos de 10 trabajadores y volumen de negocios anual no supere los 2 millones de euros), trabajadores/as autónomos/as y empresas de emprendimiento colectivo, con la creación de empleos verdes y digitales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Next Generation EU.

Cuantía: 2.500 € por cada trabajador/a por cuenta ajena que figurase contratado/a mediante contrato temporal o indefinido por la microempresa o trabajador/a autónomo/a beneficiario/a, o por cada persona que tuviese la condición de socia trabajadora o de trabajo en la sociedad laboral o cooperativa de trabajo asociado beneficiaria, hasta un máximo de 5.000 euros por empresa beneficiaria.

Beneficiarios/as

  • Microempresas que desarrollen la actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y cuenten al menos con un centro de trabajo en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
  • Personas trabajadoras autónomas que desarrollen la actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y cuenten al menos con un centro de trabajo en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
  • Cooperativas de trabajo asociado que desarrollen la actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y cuenten al menos con un centro de trabajo en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
  • Sociedades laborales que desarrollen la actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y cuenten al menos con un centro de trabajo en un municipio de menos de 5.000 habitantes.

Plazo: De Lun, 21/02/2022 hasta Lun, 16/05/2022

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INSTITUO ARAGONÉS DE LA MUJER

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER Y LA COMARCA RIBERA ALTA DEL EBRO PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS Y CAMPAÑAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y SENSIBILIZACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GENERO.

Beneficiarios/as: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: Administración Pública y de la política económica y social

Presupuesto total de la convocatoria: 16,000.00 €

Plazo: 31/12/2022

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CONVOCATORIA SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO DE IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN, PARA EL AÑO 2022.

Beneficiarios/as: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES

Presupuesto total de la convocatoria: 161,619.00 €

Plazo: 01/05/2022

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INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM)

ORDEN EPE/2022, de 10 de febrero, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones previstas en la Orden TES/1121/2021, de 11 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones pública.

Beneficiarios/as: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector Beneficiario: otros servicios
Presupuesto total de la convocatoria: 2,494,234.00 €
Plazo: 31/03/2022

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COMARCA DEL BAJO ARAGÓN-CASPE BAIX ARAGÓ-CASP

AYUDAS PARA AUTÓNOMOS Y PEQUEÑAS EMPRESAS POR LA SITUACIÓN DE ALARMA CAUSADA POR LA COVID-19

Objeto: Mediante las ayudas se pretende ayudar a las personas autónomas y pequeñas empresas de la Comarca Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó-Casp, a cubrir parte de los gastos ocasionados por la adquisición de EPIS a causa del COVID-19.

Beneficiarios/as: Podrán acceder a las ayudas aquellas personas autónomas y pequeñas empresas que a la fecha cumpla las siguientes condiciones:

  • a) Desarrollen su actividad económica en la Comarca Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó-Casp y sede fiscal en la Comarca Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó-Casp.
  • b) Que en su actividad sea necesaria la utilización de EPIS para su seguridad y de sus clientes (guantes, mascarillas, geles, pantallas, etc.).
  • c) No podrán obtener la condición de persona beneficiaria las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Comunidad Autónoma de Aragón, la Comarca Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó-Casp y frente a la Seguridad Social. Este cumplimiento deberá mantenerse a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de la presentación de la solicitud, previamente a la resolución de la concesión y antes de recibir cualquier pago por la ayuda.
  • e) Justificar esta ayuda recibida dentro de los plazos establecidos, así como el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión de la ayuda.
  • f) Certificar que no se han recibido fondos por otro ente público financiando dichos gastos, y, en caso de haberlos recibido, que estos no se hayan recibido por el 100% del gasto realizado.
  • g) Comunicar a la Comarca Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó-Casp cualquier alteración significativa que se produzca con posterioridad al otorgamiento y reintegrar los fondos recibidos en el caso del no cumplimiento de las bases reguladoras.
  • h) Colaborar en las actuaciones de comprobación e información que haga la Comarca Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó-Casp.

Cuantía: Máximo 500 euros por solicitante.

Plazo para la presentación de solicitudes: Hasta el 15 de noviembre de 2021

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AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO DE LA COVID-19

Objeto:  minimizar el impacto de la crisis económica provocada por el COVID-19 en la ciudad de Barbastro, aportando liquidez a los autónomos/as y las microempresas para el cumplimiento de sus obligaciones, mantenimiento de la actividad empresarial y el empleo, y que puedan así paliar esa minoración de ingresos.

Se han establecido dos líneas de ayudas: para trabajadores autónomos y microempresas afectados por el estado de alarma provocado por el COVI-19; y para trabajadores autónomos y microempresas con reducción de facturación de al menos el 75%.

 Beneficiarios/as: Pueden solicitar la subvención los/as trabajadores/as autónomos/as y microempresas afectados por el cierre temporal obligatorio de establecimientos, como consecuencia del estado de alarma o que hayan sufrido una minoración importante de su actividad económica de al menos el 75%, que realicen una actividad empresarial dentro del municipio de Barbastro y cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.

 Cuantía: En ambos casos, las ayudas consistirán en una cuantía fija de 1.000 euros por cada solicitante.

 Plazo: del 25 de julio al 13 de agosto de 2020

Más información:

GOBIERNO DE ARAGÓN

SUBVENCIONES PARA AUTÓNOMOS Y PYMES DEL SECTOR TURÍSTICO

Entran dentro del Plan de Choque presentado el pasado mes de mayo y que destina más de 10 millones en ayudas directas.

 Objeto: El Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial ha puesto en marcha un Plan de Choque para el sector turístico que forma parte de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica y que tiene como objetivo fundamental minimizar las consecuencias de la crisis generada por el coronavirus.

Beneficiarios/as:

  • Ser empresario/a autónomo/a o una pyme titular de establecimientos de alojamiento hotelero, de apartamentos turísticos, de alojamiento de turismo rural, de camping, de albergues y refugios, de restaurantes, titulares de actividades de turismo activo, de agencias de viajes con casa central en Aragón o guías de turismo (comarcales y de Aragón), siempre que se encuentren inscritos/as en el Registro de Turismo de Aragón, con anterioridad al 15 de marzo de 2020 y que se encuentren en activo en la fecha de solicitud.
  • Tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Aragón en el caso de autónomos.

Cuantías:

  • Para los Guías de Turismo: la cuantía de la ayuda ascenderá a 600 euros.
  • Agencias de viaje, turismo activo, turismo rural, apartamentos turísticos, albergues y refugios: la cuantía de la ayuda ascenderá a 1.000 euros por cada una de las actividades o establecimientos en el caso de titulares autónomos/as y a 1.500 euros en el caso de titulares pymes o autónomos/as que tengan trabajadores/as a su cargo.
  • Establecimientos de alojamiento hotelero, camping y restaurantes: la cuantía de la ayuda ascenderá a 1.500 euros por establecimiento en el caso de titulares autónomos/as y de 2.000 euros en caso de titulares pymes o autónomos/as que tengan trabajadores/as a su cargo.

Plazo: Desde el 29 julio al 20 de octubre de 2020 y deberá hacerse por vía telemática para que haya mayor agilidad a la hora de tramitarlas.

Más información:

 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA 2020 DENTRO DEL PLAN RETORNO DEL TALENTO JOVEN ARAGONÉS.

Objetivos del Plan: Mejorar las condiciones de acceso al trabajo de los jóvenes aragoneses y aragonesas, para que no tengan que emigrar por falta de oportunidades.

Beneficiarios/as:  personas menores de 36 años, que hayan residido en España de forma ininterrumpida por un período mínimo de quince meses, dentro de los últimos diez años anteriores al 1 de enero de 2020, y que en la actualidad residan o trabajen fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón reuniendo alguno de los siguientes requisitos:

  • Haber nacido o haber estado empadronadas, antes de su salida al extranjero, en alguna localidad de la comunidad de Aragón.
  • Haber obtenido su titulación oficial en algún centro de formación de Aragón.

Cuantía: hasta 3.000 euros por persona

Plazo: la presentación de solicitudes se efectuará en el plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente al de la publicación o bien tres meses desde la fecha de regreso, cuando éste se haya producido posteriormente a la publicación en el BOA.

Más Información

 

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO Y LA CREACIÓN DE MICROEMPRESAS

Objeto: La finalidad de estas subvenciones es apoyar a los emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia o que pongan en marcha iniciativas emprendedoras de ámbito local que den lugar a microempresas.

Estas subvenciones están divididas en dos programas, PROGRAMA EMPRENDEDORES AUTÓNOMOS Y PROGRAMA MICROEMPRESAS-INICIATIVAS LOCALES EMPRESARIALES.

SECCIÓN 1.ª EMPRENDEDORES AUTÓNOMOS.

Beneficiarios/as: Los beneficiarios/as de las subvenciones previstas en esta sección deberán cumplir con carácter general los siguientes requisitos, además de los específicamente previstos para cada tipo de subvención: a) Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de actividad. b) Estar dado/a de alta, con carácter previo a la presentación de la correspondiente solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.

Cuantía: las cuantías de cada línea de subvención de ambos programas vienen recogidas en las Bases Reguladoras que regulan esta Convocatoria.

Plazo de solicitud: Depende del tipo de subvención, en general hasta el 24 de agosto de 2020. No obstante, las solicitudes de subvención al establecimiento como trabajador autónomo prevista en el artículo 10 deberán presentarse en el plazo de un mes a contar desde el día en que se inicie la actividad, determinada conforme se establece en el artículo 15

SECCIÓN 2.ª MICROEMPRESAS – INICIATIVAS LOCALES EMPRENDEDORAS (MILE)

Beneficiarios/as. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en esta sección aquellas microempresas que hayan obtenido del Instituto Aragonés de Empleo la calificación de Iniciativa Local Emprendedora en los términos establecidos en esta sección, siempre que tengan su domicilio fiscal y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y siempre que no haya transcurrido un plazo superior a un año desde el inicio de la actividad empresarial.

Cuantía: las cuantías de cada línea de subvención de ambos programas vienen recogidas en las Bases Reguladoras que regulan esta Convocatoria.

Plazo de solicitud: Los plazos de presentación de solicitudes se encuentran recogidos en los apartados 6 a 9 del artículo 28 de la Orden EIE/469/2016, (Bases Reguladoras) de 20 de mayo del Gobierno de Aragón.

Más información:

COMARCA DEL MAESTRAZGO (TERUEL)

MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA EL PERIODO 2020-2023

El Pleno de la Comarca, con objeto de favorecer el tejido empresarial existente y fomentar la creación y desarrollo de nuevos proyectos empresariales, se ha modificado el artículo 10 de dicho Plan que se publicó en el BOP de Teruel el pasado 16 de abril.

OBJETIVOS:

  • Fomentar la realización de actividades y servicios que contribuyan a la vertebración del territorio.
  • Impulsar y apoyar la dinamización económica y social de la Comarca
  • Favorecer la generación de empleo en los municipios de la Comarca
  • Favorecer la prestación de servicios básicos
  • Fomentar la redistribución de recursos con criterios solidarios para mitigar las causas que provocan la despoblación en los municipios de la Comarca
  • Aumentar las posibilidades de mantenimiento y creación de empleo al servir de apoyo a las expectativas profesionales de las personas que habitan en el medio rural.
  • Favorecer el mantenimiento y consolidación de la estructura comercial y de servicios básicos al municipio.
  • Facilitar el acceso a la población de estos municipios a unos servicios básicos necesarios, sobre todo para
  • personas con menor posibilidad de desplazamiento.
  • Promoción del establecimiento de emprendedores por cuenta propia y de la actividad empresarial.
  • Promoción de la contratación de trabajadores por parte de las empresas.

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AYUNTAMIENTO DE MONZÓN (HUESCA)

AYUDAS AL FOMENTO DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES, COMERCIALES, DE SERVICIOS Y DE HOSTELERÍA EN EL MUNICIPIO PARA EL EJERCICIO 2020

(BOP Huesca, num.84 de 6 de mayo de 2020)

Objeto: Concesión de Ayudas al Fomento en la nueva generación de actividades empresariales, comerciales, de servicios y de Hostelería de producción de bienes y servicios en el municipio de Monzón en concreto se subvencionarán las siguientes actividades:

  • Primera instalación de actividades de las determinadas anteriormente y, por tanto, apertura de nuevos establecimientos, ya sea por nueva instalación o por traslado.
  • Ampliación de actividades existentes y modificación o alteración de actividades existentes que requieran un nuevo título habilitante o modificación del título habilitante previo, en cuyo caso deberá haberse producido una inversión mínima de 5.000 €
  • Cambio de titularidad de actividades existentes. El mismo no podrá ser consecuencia de un simple cambio de persona jurídica integrada por los mismos titulares.

Requisitos de los beneficiarios/as:

  • Personas físicas o jurídicas cualquiera que sea su forma jurídica, que realicen efectivamente una actividad dentro del municipio y ejecuten las actuaciones señaladas anteriormente en el objeto de la presente convocatoria.
  • Necesario acreditar que el inicio de la actividad o de la ampliación de la existente se ha producido dentro de los diez meses anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

Cuantía de las ayudas:

  • Máximo de 5.000 €: Los/as solicitantes cuyo nuevo negocio o actividad o ampliación de la misma estén ubicadas en la delimitación del Casco Antiguo de Monzón así como en los núcleos de Selgua y Conchel.
  • Máximo de 2.500 €: Los/as solicitantes cuyo nuevo negocio o actividad o ampliación de la misma estén ubicadas en el resto de vías públicas de Monzón.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de junio de 2020.

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GOBIERNO DE ARAGÓN

Línea de financiación de 13 millones de euros para pymes y autónomos/as a través de las empresas públicas SODIAR y SUMA TERUEL

Las empresas públicas SODIAR y SUMA TERUEL han aprobado el lanzamiento de sendas líneas de financiación de circulante para apoyar la liquidez de pymes y autónomos/as denominada “Línea de financiación COVID 19”. Su objetivo es mitigar los problemas económicos ante los que les sitúa la crisis del coronavirus y, en concreto, para abordar las necesidades de financiación derivadas -entre otros- de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones tributarias. Los/as beneficiarios/as de esta línea de apoyo dispondrán, en su conjunto, de hasta 13 millones de euros en préstamos.

  • Duración del préstamo: hasta 36 meses, incluyendo hasta 12 meses de carencia.
  • Importes de la financiación:
    • Para cuantías desde 5.000 euros hasta 50.000 euros, Sodiar y Suma Teruel se podrán hacer cargo del 100% de la financiación.
    • Para importes superiores a 50.000 euros, la cuantía de la que se harán cargo será, como máximo, la misma cuantía financiada por otra entidad financiera en el caso de estos importes

En principio, el límite máximo se establece en 100.000 euros, aunque, podrá concederse financiación por importe superior si lo justifica la empresa y así lo avalan las condiciones de la solicitante.

AYUNTAMIENTO DE HUESCA

Plan Re-activa Huesca

El Ayuntamiento de Huesca destina un millón de euros para ayudas directas a autónomos/as y empresarios/as afectados/as por la crisis del COVID19, además se ha creado un Observatorio Municipal de impacto económico y social del Covid-19.

A través de este plan se concederá una ayuda directa de emergencia para el abril de 800 euros a fondo perdido. Cuando se distribuyan estas ayudas, si aún hay crédito disponible, se concederán diferentes complementos que irán de los 100 a los 400 euros en función del número de trabajadores/as que los autónomos/as o microempresas tuvieran a su cargo con fecha 13 de marzo de 2020 y de si han realizado, o no, un ERTE.

Accede a la web del Plan Re-activa Huesca 

AYUNTAMIENTO DE TAUSTE

Plan Impúlsate Tauste

El Ayuntamiento de Tauste (Zaragoza) ha puesto en marcha el Plan Impúlsate Tauste para aportar liquidez a empresas y autónomos de la localidad.

El importe para hacer frente a la convocatoria asciende a 288.000 euros.

Se establecen tres líneas de ayudas:

  • Se concederá una cantidad fija de 1800 euros a aquellas empresas y autónomos/as que en virtud del RD 463/2020 se hayan visto obligados al cierre de su establecimiento.
  • Se concederá una cantidad fija de 600 euros a las empresas y autónomos/as cuya actividad se haya visto interrumpida por no encontrarse la misma calificada como servicio esencial en el anexo del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo.
  • Se concederá una cantidad fija de 600 euros a los/as autónomos/as que, en el momento de la declaración del estado de alarma, 14 de marzo de 2020, hayan experimentado una reducción mínima del 50% del importe de su facturación con respecto a meses anteriores al de declaración del estado de alarma, y que haya visto interrumpida su actividad por no encontrarse la misma calificada como servicio esencial en el anexo del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo.

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AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO

El Ayuntamiento de Sabiñánigo convoca una línea de ayudas de la que podrán beneficiarse empresas sitas en la localidad (ya sean personas físicas o jurídicas) de hasta 20 trabajadores/as que se hayan visto afectadas por la entrada en vigor del estado de alarma y sus medidas asociadas, bien sea por el cierre temporal o por una reducción del nivel de facturación en el mes posterior a la entrada en vigor del estado de alarma de al menos un 50%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración de dicho estado

La cuantía de la subvención a recibir será:

  • Una cantidad fija máxima de 700 € para las empresas (ya sean personas físicas o jurídicas) sin trabajadores/as a su cargo cuando la actividad que desarrollen se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo. Esta cantidad se incrementará hasta un máximo de 1.000 € cuando la empresa tenga trabajadores/as a su cargo (máximo de 20). En este último caso, de haber sido aprobado un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, la cuantía máxima a percibir se reducirá en un 50%.
  • Una cantidad fija máxima de 600 €  para las empresas (ya sean personas físicas o jurídicas) sin trabajadores/as a su cargo que no se han visto afectados por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo, siempre y cuando hayan sufrido una reducción de su facturación en el mes posterior a la entrada en vigor del estado de alarma de al menos el 50%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración de dicho estado. Cuando las personas físicas o jurídicas no lleven de alta los 6 meses naturales exigidos para comparar, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad. Esta cantidad se incrementará hasta un máximo de 800 € cuando la empresa tenga trabajadores/as a su cargo (máximo de 20). En este último caso, de haber sido aprobado un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, la cuantía máxima a percibir se reducirá en un 50%.

Más información

AYUNTAMIENTO DE TAUSTE

SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN TAUSTE

  • Objeto: Favorecer el emprendimiento, la renovación, reforma y modernización de negocios y empresas localizadas en el municipio o que estén dados de alta en el censo del IAE
  • Beneficiarios/as: personas físicas o jurídicas que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad económica en Tauste y cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ordenanza de fomento de la actividad económica.
  • Financiación: Estas ayudas se financiarán con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 2020.9310.423000 del presupuesto de gastos de fomento actividad económica y de empleo, por un importe máximo de 40.000 euros. Las actividades subvencionables comprenderán desde el día 1 de julio de 2019 hasta el día 30 de noviembre de 2020.
  • Plazo de solicitud: hasta el 30 de junio de 2020

Más información y texto íntegro de la convocatoria

AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD

SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA CON DESTINO A LA MEJORA Y MODERNIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL, COMERCIAL, SERVICIOS Y AGRICULTURA DE CALATAYUD DURANTE EL AÑO 2020, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CALATAYUD

  • Objeto: Convocar ayudas dirigidas a fomentar la mejora y modernización de la actividad industrial, comercial, servicios y agricultura de Calatayud, a través de dos líneas de actuación:
    • A) Línea de ayudas para la mejora y modernización de la industria, servicios, comercio y agricultura no ubicados en el casco urbano.
    • B) Línea de ayudas para la modernización del comercio minorista del casco urbano
  • Beneficiarios/as: Personas físicas y jurídicas, que radiquen y desarrollen su actividad empresarial en el término municipal de Calatayud, y que acrediten el desarrollo de la actividad de industria, comercio, servicios o agricultura y que reúnan los requisitos generales y específicos que se señalan en la base tercera de la convocatoria.
  • Cuantía máxima de la ayuda: 2.500 euros. Cuando las acciones para la mejora y modernización del comercio minorista del casco urbano, se realicen en la zona determinada como casco histórico la cuantía máxima de la subvención será de 3.000 euros.
  • Plazo de solicitud: Hasta el día 30 de septiembre de 2020.

Más información

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA

SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO

  • Objeto: La finalidad de estas subvenciones será la promoción del empleo, dirigidas a emprendedores que se establezcan como trabajadores/as autónomos/as. Se trata de promover el emprendimiento de jóvenes de entre 16 y 30 años, incluidas personas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que se encuentran en los territorios que cumplen con los requisitos establecidos, o que quieren fijar su residencia en ellos.
  • Plazo de solicitud: Hasta el 26 de febrero de 2020.

Más información

 

SUBVENCIONES A PERSONAS, FÍSICAS O JURÍDICAS Y AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE HUESCA PARA EL FOMENTO DEL CULTIVO DE LA TRUFA NEGRA (BOP HU núm. 23 de fecha 5 de febrero de 2020). DIPUTACIÓN DE HUESCA.

  • Objeto: La concesión de subvenciones a personas, físicas o jurídicas y ayuntamientos de la provincia de Huesca destinadas a fomentar el cultivo de la trufa negra.
  • Plazo de solicitud: hasta el 28 de febrero de 2020.

Más información

 

AYUNTAMIENTO DE ILLUECA (ZARAGOZA)

SUBVENCIONES DE FOMENTO DEL EMPLEO DIRIGIDO A EMPRENDEDORES EN ILLUECA PARA EL EJERCICIO 2019

OBJETO:  favorecer la generación de empleo a través de la promoción del establecimiento del trabajador por cuenta propia mediante la concesión de subvenciones por la creación de actividad empresarial independiente.

BENEFICIARIAS: Podrán acogerse a esta convocatoria aquellas personas físicas o jurídicas que se hayan establecido como trabajadores autónomos desde el día 1 de enero de 2019. Las ayudas solo se concederán para la creación de empleo en centros de trabajo domiciliados en el municipio de Illueca.

PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 31 de diciembre de 2019.

IMPORTE: un máximo de 2.500 euros por solicitante.

Más información

CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE ZARAGOZA

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS AL FOMENTO DEL EMPLEO DE 2019 PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO – PLAN DE CAPACITACIÓN

  • Objeto: fomentar la creación de empleo a través de ayudas a las empresas para la contratación de jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Importe de la subvención por cada contratación: 4.950,00€.
  • Requisitos de las/os beneficiarias/os: estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia al art.13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
  • Plazo para presentar solicitudes: hasta el 27 de diciembre de 2019 a las 14:00.
  • Más información
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA

SUBVENCIÓN PARA FOMENTO DEL AUTOEMPLEO. PLAN DE EMPLEO JUVENIL EN EL MEDIO RURAL.

OBJETO: La finalidad de estas subvenciones es la promoción del empleo, concediendo ayudas económicas a emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos. Se trata de promover el emprendimiento de jóvenes de entre 16 y 30 años.

IMPORTE: La ayuda máxima por solicitante será de 6.623,10 euros.

BENEFICIARIAS: Desempleados/as de la Provincia de Huesca, que se establezcan dentro de los dos meses siguientes a la resolución de la concesión de la subvención, como trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.

PLAZO: El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza el 14 de noviembre de 2019

Más información

INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO JUNTO CON LOS GRUPOS LEADER AGUJAMA Y OMEZYMA

PROGRAMA DE EMPRENDIMIENTO RURAL SOSTENIBLE

programa para fomentar la cultura emprendedora y apoyar la dinamización de actividades empresariales ligadas a las posibilidades y recursos del territorio vinculado a dichas asociaciones. Un programa que tiene como final último promover el desarrollo rural sostenible, integral y equilibrado a todos los niveles ya sea económico, social, cultural y medioambiental de cuatro comarcas turolenses (Matarraña, Bajo Aragón, Maestrazgo y Gudar-Javalambre).

  • Beneficiarias/os: emprendedores/as de las cuatro comarcas turolenses: Matarraña, Bajo Aragón, Maestrazgo y Gudar-Javalambre. Pueden ser emprendedores/as que trabajen su primera idea de emprendimiento o puede ser emprendedores/as ya consolidados que quieran iniciar, desarrollar o consolidar nuevos proyectos.
  • Plazo de inscripción: hasta el 26 de octubre de 2019.
  • Más información
INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO JUNTO CON EL INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES Y OTRAS ENTIDADES COLABORADORAS

PROGRAMA DE EMPRENDIMENTO SOCIAL EN ARAGÓN

Objetivos:

  • Poner en marcha nuevas iniciativas de emprendimiento social en Aragón.
  • Dar a conocer el emprendimiento social y su aportación al desarrollo y al empleo en nuestra CCAA.
  • Incrementar las garantías de éxito de las empresas sociales.
  • Aumentar el impacto socioeconómico de las empresas sociales.

 

 

INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO JUNTO DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, ASOCIACIÓN DE INDUSTRIAS DE ALIMENTACIÓN DE ARAGÓN (AIAA), CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGROALIMENTARÍA (CITA) Y OTRAS

PROGRAMA DE EMPRENDIMIENTO AGROALIMENTARIO DE ARAGÓN

Programa de Emprendimiento Agroalimentario conscientes que el agroalimentario es uno de los sectores productivos más importantes del sudoeste europeo, pero tiene una baja participación en los programas de I+D+ i debido, principalmente, al tamaño y estructura de sus empresas, Pymes y micropymes, donde el personal lo constituyen operarios que cubren puestos de producción, calidad y en menor número, de I+D.

INSTITUTO ARAGÓNES DE FOMENTO

CONVOCATORIA SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO DESTINADAS AL FOMENTO DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

OBJETO:  regulación, en régimen de concurrencia competitiva, de la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la generación de actividades empresariales de producción de bienes y servicios en el municipio de Barbastro.

PLAZO: El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2019.

BENEFICIARIAS:  personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma jurídica, que realicen efectivamente una actividad empresarial dentro del municipio y ejecuten las actuaciones comprendidas en el objeto de la presente subvención.

IMPORTE: Las subvenciones podrán alcanzar, como máximo, la cantidad de 6.000 € por solicitante, a excepción de las actividades ubicadas en la Calle Joaquín Costa para las que las subvenciones podrán alcanzar un máximo de 8.000 €.

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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BARBASTRO DESTINADAS AL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y DE CALIDAD Y DEL EMPLEO AUTÓNOMO

OBJETO:  regulación, en régimen de concurrencia competitiva, de la concesión de subvenciones destinadas a dos finalidades:

  1. El fomento de la contratación laboral de trabajadores estable y de calidad en el municipio, por parte de empresas que desarrollen actividad en centro de trabajo ubicado en Barbastro: Podrán ser beneficiarios/as de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma jurídica, que realicen efectivamente una actividad empresarial dentro del municipio y ejecuten las actuaciones comprendidas en el punto Tercero a) de la convocatoria.

 

  1. La promoción y apoyo de proyectos de autoempleo que faciliten a personas desempleadas su establecimiento como trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia en el municipio: Podrán ser beneficiarios/as de las subvenciones aquellas personas desempleadas que se hayan establecido en el municipio como trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio en el municipio de Barbastro

PLAZO:  finalizará el 30 de septiembre de 2019.

IMPORTE: la ayuda podrá alcanzar, como máximo, la cantidad de 6.000 euros por solicitante.

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DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD. GOBIERNO DE ARAGÓN

Convocatoria de subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para el año 2019.

  • Actividades subvencionables: Inversiones materiales o inmateriales en industria agroalimentaria; introducción de tecnologías y procedimientos para el desarrollo de productos nuevos o/y apertura de mercados; inversiones en actividades de procesamiento de biomasa agrícola para la producción de energía y biocarburante.
  • Plazo: Presentación de solicitudes hasta el 8 de febrero de 2019.
  • Más información
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO. GOBIERNO DE ARAGÓN

Convocatoria para el ejercicio 2019 ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las PYME, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

  • Actuaciones subvencionables: ayudas regionales a la inversión; ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental; ayudas a la innovación.
  • Plazo: Presentación de solicitudes hasta el 31 de enero de 2019.
  • Más información
ASOCIACIÓN ARAGONESA DE MUJERES EMPRESARIAS Y PROFESIONALES

XIX EDICIÓN PREMIOS ARAME 2018

  • Objeto: Iniciativa de la Asociación Aragonesa de Mujeres Empresarias y Profesionales, cuyo objetivo es visibilizar el liderazgo y empoderamiento femenino en la comunidad aragonesa a través de su posicionamiento en puestos de responsabilidad. Se conceden premios en cuatro ámbitos: excelencia empresarial, innovación y creatividad, trayectoria profesional y responsabilidad social.
  • Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 24 de octubre de 2018
  • Bases
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA. ÁREA DE ASISTENCIA Y MODERNIZACIÓN LOCAL

Convocatoria de subvenciones para pymes, autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza en 2018 para luchar contra la despoblación.

En función del tipo de beneficiarios/as se distribuye la financiación.

  • Plazo: Presentación de solicitudes hasta el 3 de agosto de 2018.
  • Más información
INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO

FINANCIACIÓN DE CUOTAS DE SEGURIDAD SOCIAL A BENEFICIARIOS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO EN SU MODALIDAD DE PAGO ÚNICO

  • Objeto: Tiene por objeto financiar parte de los gastos de cotización a la Seguridad Social de aquellos emprendedores que hayan percibido la totalidad de la prestación por desempleo, en su modalidad de pago único, por el valor actual del importe total de la prestación.
  • Beneficiari@s: Socios trabajadores o de trabajo de una cooperativa de trabajo o de una sociedad laboral, y  Trabajadores autónomos con una discapacidad igual o superior al 33%.
  • Plazo: del 10/01/2018 hasta el 31/10/2018
  • Más información

SUBVENCIONES DESTINADAS A EMPRENDEDORES AUTÓNOMOS

  • Objeto: Concesión de subvenciones para la promoción del empleo, dirigidas a emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia.
  • Beneficiari@s: Aquellas personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo, que, cumpliendo los requisitos previstos y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
    1. Que se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.
    2. Que formen parte, en calidad de trabajadores autónomos o por cuenta propia de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.
    3. Que constituyan una sociedad limitada unipersonal y desarrollen su actividad en la misma.
  • Plazo: Plazos diversos en función de la línea de subvención.
  • Más información
GOBIERNO DE ARAGÓN

AYUDAS LEADER PARA LA REALIZACIÓN DE OPERACIONES CONFORME A LAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO LOCAL LEADER, EJERCICIO 2018

EL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD aprobó el EXTRACTO de la Orden DRS/1691/2017, de 26 de octubre, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER, ejercicio 2018. Incluye actuaciones dirigidas a fomentar la creación de empleo, la diversificación económica y la mejora de la calidad de vida en el medio rural aragonés.

Plazo de solicitud: Hasta el 30/09/2018

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA

CONVOCATORIA PARA EL FOMENTO DE AUTOEMPLEO FEMENINO EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA EJERCICIO 2018

LA EXCMA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA mediante EXTRACTO del decreto de la Presidencia núm. 358, de fecha 18 de febrero de 2018, por el que se aprueban las normas por las que se regirá la convocatoria abierta y permanente para el fomento de autoempleo femenino en los municipios de la provincia de Zaragoza, excluida Zaragoza capital, para el ejercicio de 2018

Plazo de solicitud: Hasta el 31/07/2018

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AYUNTAMIENTOS

AYUNTAMIENTO DE ALCORISA.

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A EMPRENDEDORES DEL AÑO 2018 EN ALCORISA (TERUEL)

EL EXCMO AYUNTAMIENTO DE ALCORISA mediante acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 5 de febrero de 2018 anuncia la CONVOCATORIA de subvenciones a emprendedores del año 2018.

Plazo de solicitud: Hasta el 30/09/2018

AYUNTAMIENTO DE JACA

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN JACA

El EXCMO Ayuntamiento de JACA anuncia el EXTRACTO de acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 27 de marzo de 2018 por el que se convocan subvenciones para el fomento de la actividad económica.

Plazo de finalización de solicitudes: 31/10/2018

AYUNTAMIENTO DE SECASTILLA

SUBVENCIONES EN MATERIA DE FOMENTO DE EMPLEO EN EL MUNICIPIO DE SECASTILLA PARA EL AÑO 2018

El EXCMO AYUNTAMIENTO DE SECASTILLA anuncia la CONVOCATORIA para la concesión de subvenciones en materia de fomento de empleo en el municipio para el año 2018.

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AYUNTAMIENTO DE ILLUECA

SUBVENCIONES DE FOMENTO DEL EMPLEO DIRIGIDO A EMPRENDEDORES DE ILLUECA EN EL EJERCICIO 2018

EL EXCMO AYUNTAMIENTO DE ILLUECA anuncia el EXTRACTO del acuerdo adoptado en sesión plenaria ordinaria de fecha 27 de marzo de 2018, por el que se aprueban las bases y convocatoria para la concesión de subvenciones de fomento del empleo dirigido a emprendedores en el ejercicio 2018.

Plazo de finalización de solicitudes: 31/12/2018

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CÁMARAS DE COMERCIO DE HUESCA, TERUEL Y ZARAGOZA

AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS AL FOMENTO DEL EMPLEO DE 2018 PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO – PLAN DE CAPACITACIÓN – CÁMARAS DE COMERCIO DE HUESCA, TERUEL Y ZARAGOZA

LAS CÁMARAS DE COMERCIO DE HUESCA, TERUEL Y ZARAGOZA ANUNCIAN la apertura de convocatoria la convocatoria de ayudas económicas destinadas al fomento del empleo de 2018 Programa Integral de Cualificación y Empleo – Plan de Capacitación.

Plazo de finalización de solicitudes: 28/12/2018

LA PONTE CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y ECOMUSEO

#BIBLIOTECASHUMANAS EN PUEBLOS DE ASTURIAS. LA PONTE CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y ECOMUSEO.

#MemoriesForFutureEU es un proyecto de educación no formal financiado por el programa europeo Erasmus+ que trabaja con la juventud rural. Durante los próximos 12 meses del proyecto crearemos grupos de jóvenes creativos que participarán en encuentros durante los cuales se podrán formar como organizadores de eventos y actividades culturales en zonas rurales.

Objeto: crear Bibliotecas Humanas en diferentes pueblos de Asturias para contar de manera creativa las memorias de sus habitantes. En las Bibliotecas Humanas los libros son las personas que cuentan sus historias de vida y son los jóvenes quienes recuperarán esos recuerdos y ayudarán a transmitirlos a otros colectivos.

Beneficiarios/as: jóvenes entre 15 y 25 años que tengan alguna vinculación con el territorio rural asturiano e interés en el arte, la cultura y el patrimonio.

Cuantía: La participación es totalmente gratuita. Cubren gastos vinculados a la participación de las distintas actividades del proyecto (desplazamientos, talleres, etc.)

Plazo de presentación: hasta el 7 de septiembre de 2023.

Más información:

CONSEJERÍA DEL MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LA APICULTURA EN EL MARCO DE LA INTERVENCIÓN SECTORIAL APÍCOLA, PARA EL AÑO 2023. 

Beneficiarios/as: agrupaciones de apicultores/as y apicultores/as

Gastos subvencionables: los tratamientos contra la varroosis; la racionalización de la trashumancia; la asistencia técnica y la formación, así como la realización de análisis de la miel y la alimentación de las abejas. Asimismo, se pretende contribuir al repoblamiento de las colmenas con ayudas para la adquisición de reinas y enjambres, con prioridad, a solicitud del sector, para la abeja negra ibérica. Los recursos movilizados están destinados a cubrir los gastos e inversiones, realizados y pagados por personas titulares de explotaciones apícolas y las agrupaciones de las mismas en el período entre el 1 de enero y 31 de julio de 2023, ambos inclusive

Cuantía: Las cuantías de ayuda se establecen en función de las líneas de ayuda:

  1. A) Servicios de asesoramiento, asistencia técnica, formación, información e intercambio de mejores prácticas, en particular mediante actividades de colaboración en redes, para apicultores/as y organizaciones de apicultores/ as: 15.000 euros para cada intervención.
  2. B) Inversiones en activos materiales e inmateriales, así como otras acciones: 165.000-170.000 para cada intervención.
  3. C) Actuaciones para prestar ayudas a los laboratorios en el análisis de productos apícolas, la pérdida de abejas o las caídas en la productividad, y de sustancias potencialmente tóxicas para las abejas: 5.000 euros para cada intervención

Plazo de presentación: hasta el 11 de septiembre de 2023.

Más información

CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR

AYUDA CONCILIA 0 A 3 AÑOS. 

Objeto: Obtener ayuda directa destinada a familias que no hayan obtenido plaza en alguna de las Escuelas Infantiles de Primer Ciclo (0 A 3) de la red pública

Beneficiarios/as: personas físicas con domicilio fiscal en un concejo del Principado de Asturias.

Requisitos:

  • Haber solicitado una plaza en alguna de las Escuelas Infantiles de Primer ciclo (0 a 3 años) de la red pública para el curso 2022-2023 y/o 2023-2024 del lugar donde radique su domicilio fiscal o del concejo donde se ubique su centro de trabajo y no haber obtenido plaza
  • Haber incurrido en gastos asociados al cuidado del menor por un importe igual o superior al importe de la ayuda solicitada o haber sufrido una merma en los ingresos derivada de una reducción de jornada o excedencia por cuidado de hijos.
  • La suma de los ingresos fiscales anuales de los progenitores o acogedores no sea superior a 45.000 €.

Cuantía: 1.500 € por menor de 0 a 3 años.

Plazo de presentación: hasta el 15 de septiembre de 2023.

Más información

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA, INSTITUTO DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (IDEPA)

SEGUNDA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE APOYO A LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS EMPRESARIALES PARA PYMES, PARA EL EJERCICIO 2022. 

Objeto:

La presente Resolución tiene por objeto convocar las subvenciones dirigidas a autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas del Principado de Asturias, en la obtención de financiación destinada a la realización de proyectos empresariales que suponga un crecimiento y/o mejora competitiva de la empresa, mediante la siguiente línea: Línea 1.- Operaciones avaladas para la financiación de Proyectos Empresariales.

Beneficiarios/as:

Personas físicas o jurídicas, que lleven a cabo un proyecto empresarial en el Principado de Asturias financiado por una o varias operaciones de préstamo avaladas por una Sociedad de Garantía Recíproca, que cumplan los requisitos que para las microempresas, pequeñas y medianas empresas, que se recogen en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003. Las pymes, y autónomos/as deberán contar con uno o más empleados/as por cuenta ajena o uno o más socios/as de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como de laboral.

Costes subvencionables y cuantía de la ayuda:

Los costes subvencionables con cargo a esta convocatoria serán los costes de apertura y los costes del riesgo vivo de la operación.

La cuantía de la ayuda será la siguiente:

  • Coste de apertura de la operación de aval, hasta un máximo del 0,5%
  • Coste del riesgo vivo de la operación de aval, hasta un máximo del 1,5 % anual del riesgo vivo durante los años de vigencia de la operación financiera, y se determinara sobre el importe avalado, siempre que este no supere el importe máximo de la operación de préstamo

Plazo de finalización de presentación de solicitudes:

Hasta las 14:00 horas del 14/10/2022.

Más información:

SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA DE ASTURIAS (ASTURGAR)

PRÉSTAMO INDUSTRIA

Objeto: Financiación sin costes financieros a las pymes que realicen proyectos industriales de emprendimiento o crecimiento, modernización o mejoras de la capacidad productiva.

Modalidad:

Préstamos: Importe máximo de la garantía (el préstamo puede ser de superior importe)

  • Importe: 1.500.000 euros para proyectos de Crecimiento
  • Importe: 750.00 euros para proyectos de Emprendimiento.
  • Plazo: de 3 a 15 años.
  • Carencia: hasta 36 meses en función de las características del proyecto.

Leasing: Serán elegibles las operaciones de arrendamiento financiero, siempre que el valor residual no represente más del CINCO POR CIENTO (5%) de la totalidad del principal.

Beneficiarios/as: PYME con personalidad jurídica, cuya actividad se desarrolle en los sectores manufacturero y servicios a la industria.

Conceptos subvencionables:

  • Adquisición o adecuación de instalaciones ubicadas en España. En caso de que la operación financiada incluyera la adquisición de terrenos, el peso de esta parte de la inversión en el conjunto del importe de la operación de financiación no podrá superar un tercio del total. Cuando la adquisición de terrenos se llevará a cabo conjuntamente con edificaciones e instalaciones ya existentes en dicho terreno, deberá separarse la parte del valor atribuido al terreno a efectos de comprobar que no se excede el límite de un tercio indicado.
  • Adquisición de aparatos y equipos de producción.
  • Ingeniería de proceso de producción: gastos asociados a la puesta en marcha de los aparatos y equipos de producción, asistencia técnica, gastos de ingeniería y consultoría asociados a la puesta en marcha del proceso productivo, de asesoramiento y prospectiva tecnológicos o de digitalización, siempre que guarden relación con el proyecto principal productivo.
  • Gastos de primera constitución, sólo en las operaciones de emprendimiento.
  • Gastos de circulante asociado a los proyectos, en lo estrictamente necesario y justificado.

Cuantía:

Tipo de interés de los préstamos.

Puede ser fijo o variable.

  • Tipo variable máximo: Euribor 12 meses + 1,80%
  • Tipo fijo máximo: 1,80%
  • Comisión de apertura máxima: 0,50%
  • Comisión de cancelación anticipada: 0%

Tipos de interés máximos para operaciones con el 100% del aval de Asturgar SGR.
Para operaciones con aval parcial los tipos máximos se calcularán de acuerdo con la siguiente fórmula: (Tipo máximo con el 100% de aval / % aval Asturgar SGR)

Aval de Asturgar SGR. 

Se liquidarán a la firma y de una sóla vez los costes correspondientes al total de la operación

  • Comisión de estudio 0,50%
  • Comisión riesgo 1,20% sobre el riesgo vivo anual.
  • Capital reembolsable de Asturgar SGR: 3% sobre el aval formalizado. Este importe se recupera a la cancelación del aval.

Más información:

CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LLINGÜÍSTICA Y TURISMO

SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE ACTIVIDADES CULTURALES DE INTERÉS REGIONAL Y ACCIONES DE FORMACIÓN Y MOVILIDAD PROMOVIDAS POR PARTICULARES, FUNDACIONES Y ASOCIACIONES

Beneficiarios/as: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales

Presupuesto total de la convocatoria: 100,000.00 €

Plazo: 20/04/2022 20 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES PUBLICACIÓN BOPA

Más información

INSTITUTO DE FINANZAS DE CASTILLA LA MANCHA

PRÉSTAMOS RETO “D”

El PRÉSTAMO RETO «D» tiene el objetivo de proporcionar a las empresas, especialmente personas autónomas y micro-pymes, recursos financieros suficientes para que puedan llevar a cabo proyectos de inversión en el medio rural y facilitando financiación de circulante a las pymes localizadas en el medio rural.

Beneficiarios/as: Empresas individuales («autónomos/as») o colectivas (p.ej. Sociedad Limitada) que se desarrolle la actividad en alguno de los municipios de Castilla-La Mancha integrado en alguna de las zonas del medio rural escasamente pobladas o en riesgo de despoblación.

Líneas y Modalidades de préstamo:

Los PRÉSTAMOS RETO «D» se dividen a su vez en dos líneas de préstamos diferenciadas por la calificación del gasto financiable:

  • Línea Reto «D» INVERSIONES. Préstamos a Pymes que tengan necesidades financieras derivadas de un proyecto de inversión en activos fijos.
  • Línea Reto «D» CIRCULANTE. Préstamos a Pymes, que tengan necesidades financieras derivadas de gastos de funcionamiento normales de la actividad y necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, diferentes a gastos derivados de inversiones.

Ambas líneas de préstamos tendrán a su vez dos modalidades de préstamo:

  • Modalidad Reto «D+». Préstamos a proyectos de digitalización, innovación, economía verde y reducción de brecha de género. y/o sectores de ecoturismo, comercio de proximidad, cuidado de mayores, agroindustria, y HORECA.
  • Modalidad Reto «D». Proyectos y sectores no incluidos en la modalidad Reto D+ definida en el párrafo anterior.

Condiciones financieras:

Línea Reto “D” inversiones:

  • Importe máximo: “D”: 100.000 euros; “D+”: 150.000 euros.
  • Plazo: 5 ó 7 años.
  • Carencia de capital: 1 ó 2 años
  • % máximo de financiación: 90% de los costes financiables

Línea Reto “D” Circulante:

  • Importe máximo: “D”: 25.000 euros; “D+”: 50.000 euros.
  • Plazo: 5 años
  • Carencia capital: 1 año
  • Carencia de intereses: 6 meses
  • % máximo de financiación: 25% de la facturación

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DIRECCION GENERAL POLITICAS AGROAMBIENTALES

RESOLUCIÓN DE 06/04/2022, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS AGROAMBIENTALES, POR LA QUE SE REALIZA LA CONVOCATORIA EN 2022, PARA LA INCORPORACIÓN A LAS AYUDAS PARA EL CULTIVO DE PLANTAS AROMÁTICAS PARA MEJORA DE LA BIODIVERSIDAD INCLUIDA EN LA MEDIDA D.

Beneficiarios/as: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA

Presupuesto total de la convocatoria: 480,000.00 €

Plazo: 30.04.2022, más 25 días naturales siguientes, reduciendo 1% por cada día hábil que se sobrepase

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DIRECCION GENERAL DESARROLLO RURAL

ORDEN, DE 25/04/2022, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE PRECISAN LAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS ESTATALES DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN, ESTABLECIDOS POR EL REAL DECRETO 948/2021, DE 3 DE NOVIEMBRE

Beneficiarios/as: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA

Presupuesto total de la convocatoria: 1,798,799.84 €

Plazo: NO HAY PLAZO

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DIRECCION GENERAL AGRICULTURA Y GANADERIA

SUBVENCIÓN DE CARÁCTER EXCEPCIONAL A EXPLOTACIONES GANADERAS DE VACUNO DE LECHE DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA COMPENSAR LAS DIFICULTADES ECONÓMICAS EN EL.

Beneficiarios/as: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA

Presupuesto total de la convocatoria: 1,400,000.00 €

Plazo: 13/04/2022

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO

SUBVENCIONES PARA EL ESTÍMULO AL CONSUMO DE SERVICIOS TURÍSTICOS Y ALOJAMIENTOS EXTRAHOTELEROS, CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19.

Objeto: regular la concesión directa de subvenciones por las bonificaciones realizadas a las personas usuarias en el precio final cobrado, procedente de la prestación de servicios turísticos de alojamiento extra hotelero, de la prestación de servicios por los guías de turismo e informadores turísticos de ámbito local, de la ejecución de actividades de turismo activo y ecoturismo, y de la comercialización por las agencias de viajes de dichos servicios y actividades.

Beneficiarios/as:

  1. Todas aquellas pymes y personas autónomas que presten los servicios de alojamiento turístico extra hotelero en alojamientos rurales de alquiler compartido y alojamientos rurales de alquiler no compartido en este caso sólo en municipios de menos de 5.000 habitantes; apartamentos turísticos y campings; servicios realizados por los guías de turismo e informadores turísticos de ámbito local; y servicios de turismo activo y ecoturismo.
  2. Todas aquellas pymes y personas autónomas que desarrollen la actividad de agencia de viajes y que comercialicen tanto los alojamientos como los servicios determinados en el apartado 1 de este artículo.
  3. Las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, presten estos servicios.

Cuantía:

Se subvencionará la compensación por la minoración de ingresos soportado por los beneficiarios de estas ayudas como consecuencia de la implementación de las bonificaciones realizadas a las personas usuarias sobre la tarifa de los servicios y actividades prestadas. Las cuantías de ayuda máxima por bonificación serán:

  • a) Para actividades realizadas por los guías de turismo, informadores turísticos de ámbito local y las empresas de turismo activo y ecoturismo, la cuantía será de 30 euros por cada grupo de 5 personas. El máximo de ayuda por beneficiario será de 1.500 euros. b) Para alojamientos rurales de alquiler compartido de 1 espiga o 1 estrella verde y apartamentos turísticos de 1 llave, la cuantía será de un máximo de 12 euros. El máximo de ayuda por establecimiento será de 4.000 euros.
  • c) Para alojamientos rurales de alquiler compartido de 2 espigas o 2 y 3 estrellas verdes y apartamentos turísticos de 2 y 3 llaves y para los campings, la cuantía será de un máximo de 20 euros. El máximo de ayuda por establecimiento será de 5.000 euros.
  • d) Para alojamientos rurales de alquiler compartido de 3 espigas o de 4 y 5 estrellas verdes y apartamentos turísticos de 4 llaves, la cuantía será de un máximo de 30 euros. El máximo de ayuda por establecimiento será de 6.000 euros.
  • e) Para alojamientos rurales de alquiler no compartido de 1 espiga o 1 estrella verde, la cuantía será de un máximo de 10 euros por habitación y noche. El máximo de ayuda por establecimiento será de 4.000 euros.
  • f) Para alojamientos rurales de alquiler no compartido de 2 espigas o 2 y 3 estrellas verdes, la cuantía será de un máximo de 12 euros por habitación y noche. El máximo de ayuda por establecimiento será de 5.000 euros.
  • g) Para alojamientos rurales de alquiler no compartido de 3 espigas o 4 y 5 estrellas verdes, la cuantía será de un máximo de 15 euros por habitación y noche. El máximo de ayuda por establecimiento será de 6.000 euros.
  • h) Para agencias de viajes la cuantía máxima de ayuda será de 6.000 euros, por la comercialización de los servicios y actividades descritos en las letras anteriores, teniendo en cuenta la cuantía máxima para cada uno.

 Plazo: Del 25 Marzo 2021 al 26 Abril 2021

Más información

 

AYUDAS -ADELANTE INVERSIÓN-, PARA EL FOMENTO DE LA INVERSIÓN Y LA MEJORA DE LA PRODUCTIVIDAD EMPRESARIAL EN CASTILLA-LA MANCHA, COFINANCIABLES EN UN 80% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL, PARA EL EJERCICIO 2021

Objeto: Convocar para el ejercicio 2021, y dentro del Programa “Adelante Inversión”, la concesión de subvenciones para facilitar financiación a las empresas para poner en marcha un proyecto empresarial, su incorporación al tejido empresarial de Castilla-La Mancha, y la mejora de su productividad, todo ello mediante la realización de inversiones productivas, la mejora de los procesos y productos fabricados en la región, la diferenciación de estos frente a la competencia y la apertura a nuevos mercados para alcanzar la consolidación del tejido empresarial de la región.

Beneficiarios/as: Las pymes, de acuerdo con la definición establecida en el Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten -incluidas las comunidades de bienes-, que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo o establecimiento operativo localizado en Castilla La Mancha y que desarrollen o tengan previsto realizar una actividad económica con ánimo de lucro en el marco de uno de los sectores de actividad subvencionables contemplados en la Orden 40/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas -Adelante Inversión-, para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha, cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Cuantía: En relación con la inversión a realizar:

  • Hasta un 30% de la inversión subvencionable cuando el/la beneficiario/a sea una microempresa o una pequeña empresa.
  • Hasta un 20% de la inversión subvencionable cuando el/la beneficiario/a sea una mediana empresa.

Una subvención adicional de hasta el 3% de la inversión subvencionable para los proyectos promovidos por pymes vinculados a alguna de las actividades económicas que se encuadre en sectores considerados prioritarios por la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3) así como considerados estratégicos o emergentes para el desarrollo regional. Las referidas actividades económicas figuran en el anexo III.

Una subvención adicional de hasta el 2% de la inversión subvencionable para los proyectos de Alta y Media Tecnología que son los desarrollados por pymes cuya actividad se incluya en las actividades económicas que figuran en el anexo V.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 9 de abril de 2021 y se presentarán de forma telemática con firma electrónica.

Más información:

INSTITUTO DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE CASTILLA-LA MANCHA

CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA MISIÓN COMERCIAL VIRTUAL A LOS PAÍSES BÁLTICOS 2021

Objeto: Convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas en la misión comercial virtual a los países bálticos, que tendrá lugar del 3 al 28 de mayo de 2021. La finalidad de estas ayudas es fomentar entre los/as productores/as y agrupaciones de productores/as la producción y comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada, mediante la participación en regímenes de calidad, así como apoyar las actividades de información y promoción de los regímenes de calidad y certificación

Beneficiarios/as: empresas, personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as (RETA), clústeres, comunidades de bienes, cooperativas, agrupaciones y asociaciones de empresas con ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas. Podrán ser también beneficiarios los órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como sus asociaciones y fundaciones. La convocatoria va dirigida a empresas del sector industrial que desarrollen su actividad económica en Castilla-La Mancha

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el día 26 de febrero de 2021.

Cuantía: Se otorgará una ayuda por la participación en la acción del 75% de los gastos justificados por los conceptos Consultoría agenda de entrevistas, siendo el importe máximo de la ayuda de 1.725 €.

Más Información

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO

AYUDAS PARA EL INICIO Y MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y DEL FAMILIAR COLABORADOR, AFECTADAS POR EL COVID-19

Objeto: El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, de las personas físicas, socias de sociedades limitadas unipersonales, que desarrollen su actividad en dicha sociedad, así como a la incorporación de familiares colaboradores, afectados por la crisis económica que ha ocasionado el COVID-19.

Líneas de ayudas:

  • a) Línea 1: Subvenciones destinadas para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, cuyo objeto es impulsar y mantener el empleo por cuenta propia, compensando los gastos de inicio y mantenimiento de la actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.
  • b) Línea 2: Subvenciones al familiar colaborador del titular de la empresa, fomentando la inserción laboral de familiares de la persona trabajadora autónoma principal, mediante la prestación de servicios en el negocio familiar.

Beneficiarios/as:

  • a) Línea 1: Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, que realicen la actividad en nombre propio, incluyendo a las personas trabajadoras autónomas integradas en comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica, siempre que lo soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales. Sociedades limitadas unipersonales, cuando la persona física que las constituya desarrolle su actividad en la sociedad.
  • b) Línea 2. Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas los familiares colaboradores de las personas trabajadoras autónomas.

Cuantía de las ayudas: la cuantía de la subvención a recibir por cada persona beneficiaria tanto en la línea 1 como en la 2 es de 3.000 €.

Plazo y forma de solicitud: Las solicitudes se presentarán de forma telemática y con firma electrónica. Y el plazo está abierto hasta el 28 de febrero de 2021.

Más información:

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

SUBVENCIONES PARA FOMENTAR LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS DE CALIDAD DIFERENCIADA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL PARA CASTILLA-LA MANCHA 2014/2020

Objeto: Fomentar entre los/as productores/as y agrupaciones de productores/as la producción y comercialización de productos agroalimentarios de calidad diferenciada, mediante la participación en regímenes de calidad, así como apoyar las actividades de información y promoción de los regímenes de calidad y certificación

Beneficiarios/as:

  • Podrán ser personas beneficiarias del régimen de ayudas a la medida de participación en programas de calidad diferenciada, aquellos agricultores, tanto personas físicas o jurídicas o grupos de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, reúnan los requisitos establecidos en el artículo 4.2 de la orden de bases, en los términos previstos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Podrán ser personas beneficiarias del régimen de ayudas a la medida de actividades de información y promoción de programas de calidad diferenciada, las agrupaciones de productores que tengan comprendido en su fin u objeto social la representación de los agentes que participan en los citados programas.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 8 de febrero de 2021

Cuantía de las ayudas: Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán cofinanciadas al 75% por el Feader, el 17,5% por la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el 7,5% por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Más información:

JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO.

AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS AGRARIAS PARA JÓVENES Y A LAS INVERSIONES EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS Y GANADERAS EN EL MARCO DE LAS SUBMEDIDAS 6.1 Y 4.1 DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL PERIODO DE PROGRAMACIÓN 2014-2020

Objeto: Establecer, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la creación de empresas agrarias por personas jóvenes y apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas: fomentar la incorporación a la actividad agraria de jóvenes mediante la creación de empresas agrarias, propiciando con ello el relevo generacional por medio de personas empresarias jóvenes y suficientemente formadas, como titulares, cotitulares o personas socias de explotaciones agrarias, facilitando con ello la modernización de las explotaciones en todos los aspectos para convertirlas en más innovadoras, competitivas, rentables y viables.

 Beneficiarios/as: Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas jóvenes, que en el momento de presentar la solicitud de ayuda tengan cumplidos 18 años de edad y no hayan cumplido 41 años, se instalen como titulares por primera vez en una explotación agraria, que alcance la condición de prioritaria en el momento de finalización del expediente de instalación, cuenten con la capacitación y formación adecuadas y ostenten el control efectivo sobre la misma, que cumplan los requisitos, las condiciones de admisibilidad y las obligaciones correspondientes.

 Cuantía: Se establece una ayuda básica de 27.000 €. Este importe se podría ver incrementado, sin superar en ningún momento los 50.000 € en los casos y cantidades siguientes:

  • a) 10.000 € si la instalación genera una UTA o más de empleo asalariado fijo adicional, además de la mano de obra aportada por el joven agricultor. A tal efecto el contrato deberá tener una duración de, al menos, un año ininterrumpido, debiendo verificarse su duración y mantenerse en vigor los citados contratos en el momento de la certificación final. No dará derecho al incremento de la ayuda la contratación de la persona cedente de la explotación.
  • b) 10.000 € adicionales si las inversiones previstas en el Plan Empresarial contribuyen a un uso sostenible y eficiente de los recursos naturales y a la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, sobre todo en los ámbitos del agua y la energía, y la inversión financiable según los criterios del artículo 21 supera los 36.000 €.
  • c) 1.000 € si las incorporaciones incluyen la participación en programas de I + D + i. Estos programas deberán estar avalados por alguna Administración Pública.
  • d) 2.000 € si la persona que se incorpora es o será miembro de una entidad asociativa prioritaria (Eapir, EAP de interés supra autonómico) o Agrupación de Productores de productos agroalimentarios que transforme y comercialice el producto procedente de sus personas socias o en una entidad integrada en alguna de estas figuras, lo que se comprobará documentalmente en la certificación final de la ayuda

En una misma explotación no podrá percibirse más de una ayuda íntegra para la creación de empresas agrarias por jóvenes durante el plazo de los cinco años siguientes a la fecha de su concesión.

Plazos: Las solicitudes para acogerse a las ayudas contempladas en la presente Orden y los plazos y documentación necesaria se establecerán en la convocatoria correspondiente, estableciéndose un plazo mínimo de presentación de solicitudes de dos meses. La solicitud, así como cualquier documentación o trámite relacionado con el expediente se presentará sólo por medios electrónicos.

Más información

AYUDAS DESTINADAS A LA RECUPERACIÓN Y FORTALECIMIENTO DEL COMERCIO MINORISTA DE CASTILLA-LA MANCHA ANTE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19, PARA EL EJERCICIO 2020

Objeto: Promocionar, reactivar y potenciar la actividad comercial minorista de nuestra región, consolidar el tejido empresarial existente, estimular el empleo en el sector e incrementar su competitividad y rentabilidad.

Líneas de ayudas:

  • a) Línea para la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista: Esta línea tiene por objeto la realización de proyectos que refuercen la seguridad del establecimiento comercial minorista en la lucha contra el COVID-19, la incorporación de nuevas tecnologías al comercio minorista, destinadas a la mejora de la gestión empresarial, así como el fomento de la presencia en internet a través del comercio electrónico, y apoyar al comerciante en la mejora de su imagen comercial, de manera que les produzcan un valor añadido y mejoren su competitividad.
  • b) Línea para la promoción del comercio minorista. Esta línea tiene por objeto incentivar a las asociaciones de comerciantes para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos comerciales minoristas, con la finalidad de que éstos reactiven o afiancen su actividad comercial y ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.

Beneficiarios/as: Podrán ser beneficiarias/os:

  • a) En la línea para la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista: personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo recogido en la convocatoria. No podrán ser beneficiarias de esta línea las asociaciones de comerciantes y federaciones de las mismas previstas en la letra b).
  • b) En la línea para la promoción del comercio minorista: asociaciones de comerciantes y federaciones de las mismas cuyos asociados sean personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo de la convocatoria.

Cuantía de las subvenciones: La cuantía de la subvención que podrá concederse para ambas líneas no superará el 70% del gasto que se considere subvencionable

Plazo y presentación de solicitudes: hasta el 18 Ene 2021. Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica.

Más información:

  • Web
  • Teléfono: 925 265 691
  • Correo electrónico: serviciodecomercioyartesania@jccm.es

AYUDAS DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA Y COMERCIAL Y A LA DIGITALIZACIÓN DEL SECTOR ARTESANO ANTE LA CRISIS DE LA COVID-19, PARA EL EJERCICIO 2020

Objeto: Contribuir a la recuperación económica del sector artesano ante la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Líneas de ayudas:

  • a) Línea de digitalización del sector artesano. Tiene por objeto subvencionar actuaciones destinadas a la transformación digital del sector y al fomento de la presencia en internet a través del comercio electrónico o venta online.
  • b) Línea de inversión en talleres artesanos. Tiene por objeto subvencionar actuaciones que garanticen el adecuado cumplimiento de las medidas de seguridad contra la propagación de la COVID-19, sirvan para modernizar los talleres artesanos y mejoren la capacidad productiva, la innovación y la competitividad del sector.
  • c) Línea de promoción del sector artesano. Tiene por objeto subvencionar actuaciones de comercialización de productos artesanos y actuaciones para fomentar la visibilidad del sector.

Beneficiarios/as: Podrán acceder a la condición de personas o entidades beneficiarias de las ayudas:

  • a) En las líneas de digitalización y de promoción del sector artesano: personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las asociaciones artesanas y federaciones de las mismas. Asimismo, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica.
  • b) En la línea de inversión en talleres artesano: podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden las personas o entidades previstas en la letra a) anterior, a excepción de las asociaciones artesanas y federaciones de las mismas.

Cuantía de las subvenciones: La cuantía de la subvención que podrá concederse por cada línea y actuación subvencionable será el 70% de la inversión subvencionable aprobada, con un máximo de 5.000 euros de subvención por beneficiario en cada una de ellas, siempre que no se superen los límites establecidos en el artículo 15. 3 de la Orden 176/2020, de 30 de octubre. Las cuantías se incrementarán en un 20%, en los supuestos previstos en el artículo 15. 2 de la Orden 176/2020, de 30 de octubre.

Plazo y presentación de solicitudes: hasta el 18 Ene 2021. Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica.

Más información:

  • Web
  • Teléfono: 925297992 – 925330117
  • Correo electrónico: andresr@jccm.es – jjgomez@jccm.es

CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA EL ESTÍMULO AL CONSUMO DE SERVICIOS TURÍSTICOS, CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19

Objeto: El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a promocionar e incentivar el consumo de servicios turísticos en la Región.

Línea 1: Ayudas a la promoción y comercialización de productos y servicios turísticos que tengan por objeto estimular el consumo de servicios turísticos en la región.

Línea 2: Ayudas para financiar las bonificaciones en el precio final del servicio de alojamiento a la persona consumidora.

Beneficiarias/os:

Beneficiarias/os de las subvenciones de la línea 1, asociaciones que representen intereses profesionales de los ámbitos turísticos de la restauración, alojamientos turísticos, campings, del turismo activo y ecoturismo, y las asociaciones de profesionales del sector turístico.

Podrán ser beneficiarias/os de las subvenciones de la línea 2, todas aquellas pymes y personas autónomas que presten los servicios de alojamiento turístico en hoteles y hostales y las agencias de viajes que comercialicen estancias en estos alojamientos. También podrán acceder a la condición de beneficiario/a las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, presten estos servicios.

Cuantía de la subvención:

  1. En la línea 1 se subvencionará el 90% del gasto subvencionable, con los siguientes límites:
    1. Una subvención de hasta 15.000 euros cuando la asociación tenga más de 100 asociados.
    2. Una subvención de hasta 7.000 euros cuando la asociación tenga de 51 hasta 100 asociados.
    3. Una subvención de hasta 5.000 euros cuando la asociación tenga de 20 hasta 50 asociados.
    4. Una subvención de hasta 2.000 euros cuando la asociación tenga hasta 19 asociados.
  2. En la línea 2 las cuantías de las ayudas máximas por cada bonificación realizada a las personas consumidoras sobre los precios de los servicios de alojamiento comercializados por establecimientos hoteleros o agencias de viajes, serán las siguientes, sin que en ningún caso el importe de la ayuda por cada bonificación pueda superar el importe del descuento aplicado.
    1. Para hostales y hoteles de 1 estrella la cuantía será de un máximo de 12 euros. El máximo de ayuda por establecimiento será de 4.000 euros.
    2. Para hoteles de 2 y 3 estrellas la cuantía será de un máximo de 20 euros. El máximo de ayuda por establecimiento será de 5.000 euros.
    3. Para hoteles de 4 y 5 estrellas la cuantía será de un máximo de 30 euros. El máximo de ayuda por establecimiento será de 6.000 euros.

 Plazo y forma de presentación: 10 días desde el día siguiente a la publicación del extracto (hasta el 4 de diciembre de 2020) y se presentarán telemáticamente con la firma electrónica.

Más información

 

BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA Y COMERCIAL Y A LA DIGITALIZACIÓN DEL SECTOR ARTESANO ANTE LA CRISIS DE LA COVID-19

Objeto: Ayudar a la promoción de la actividad productiva y comercial y a la digitalización del sector artesano ante la crisis de la covid-19.

Líneas de subvención:  Las líneas de subvención reguladas en la presente orden son las siguientes:

  1. Línea de digitalización del sector artesano.
  2. Línea de inversión en talleres artesanos.
  3. Línea de promoción del sector artesano.

Beneficiarios/as:

  1. En las líneas de digitalización y de promoción del sector artesano, podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden, las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las asociaciones artesanas y federaciones de las mismas. Asimismo, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica.
  2. En la línea de inversión en talleres artesanos, podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden las personas o entidades previstas en el apartado 1, a excepción de las asociaciones artesanas y federaciones de las mismas.

 Cuantía de las subvenciones: Podrá concederse por cada línea y actuación subvencionable será el 70% de la inversión subvencionable aprobada, con un máximo de 5.000 euros de subvención por beneficiario/a.

  • El importe máximo a recibir en el caso de que se solicite subvención por más de una línea o actuación subvencionable será de 6.000 euros por beneficiario/a, salvo en el supuesto de que los/as beneficiarios/as sean asociaciones artesanas y federaciones de las mismas, en cuyo caso el importe máximo a recibir será de 10.000 euros.

Plazo: Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria. Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica

Más información

 

SUBVENCIONES PARA PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y PYMES DESTINADAS A FOMENTAR EL TRABAJO A DISTANCIA COMO MODALIDAD DE ORGANIZACIÓN LABORAL, CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19

Objeto: Fomentar el trabajo a distancia como modalidad de organización laboral, con motivo de la crisis sanitaria del covid-19.

Beneficiarios/as: personas trabajadoras autónomas que cuenten con al menos un asalariado a su cargo y las pymes, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha.

Cuantía de la subvención:

  • 700 euros por cada transformación de puestos de trabajo presenciales en puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia,
  • 3.000 euros por la realización de contratación nueva de un puesto de trabajo cuya prestación laboral se realice a distancia.

Plazo y forma de presentación solicitudes: hasta el 7 de noviembre de 2020, y telemáticamente con firma electrónica.

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CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES EN CASTILLA-LA MANCHA

Objeto: regular la concesión directa de subvenciones, de carácter excepcional, en el marco del programa de promoción de cooperativas y sociedades laborales de Castilla-La Mancha.

Líneas de subvención:

  • a) Línea 1. Subvenciones para la promoción, cuyo objeto es subvencionar las siguientes actuaciones:
    • 1º. La constitución de la cooperativa o sociedad laboral.
    • 2º. La incorporación de socios/as trabajadores/as o de trabajo.
    • 3º. La realización de actividades de promoción y difusión de la economía social.
  • b) Línea 2. Subvenciones a la inversión, en la modalidad de préstamo retornable sin interés, cuyo objeto es subvencionar inversiones en proyectos empresariales, que redunden en la creación y consolidación de cooperativas y sociedades laborales.
  • c) Línea 3. Subvenciones para la mejora de la competitividad, en la modalidad de préstamo retornable sin interés, cuyo objeto es subvencionar los siguientes tipos de proyectos:
    • 1º. Proyectos de innovación.
    • 2º. Proyectos para la promoción de la calidad.
    • 3º. Proyectos para la promoción del diseño.
    • 4º. Proyecto para la realización de planes estratégicos de empresa.
    • 5º. Proyectos para la contratación de servicios de asistencia técnica.
  • d) Línea 4. Subvenciones para el fomento de la comercialización, en la modalidad de préstamo retornable sin interés, cuyo objeto es subvencionar las siguientes actuaciones:
    • 1º. Estrategias comerciales en el ámbito del comercio interior.
    • 2º. Proyectos empresariales de ínter cooperación.

Beneficiarios/as: cooperativas y las sociedades laborales que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa. (Ver en la normativa que regula las ayudas los requisitos de consideración de pyme).

Asimismo, podrán ser beneficiarias:

  • Organizaciones representativas de la economía social, entendiéndose como tales las uniones, asociaciones, federaciones y confederaciones de cooperativas y sociedades laborales, así como aquellas entidades que tengan como objeto la promoción del cooperativismo, para realización de actividades de promoción y difusión de la economía social recogidas en la línea 1.
  • Las agrupaciones de cooperativas y sociedades laborales, para la realización de proyectos empresariales de ínter cooperación recogidos en la línea 4.

Plazo de solicitud: hasta el 15 de noviembre de 2020

Cuantía: En función de las distintas actuaciones subvencionables, se establecen las siguientes cuantías de subvención:

Línea 1:

  • a) Para la constitución de cooperativas y sociedades laborales: 1.100 euros.
  • b) Para la incorporación de socios/as trabajadores/as o de trabajo, a jornada completa, se establecen las siguientes cuantías, que serán objeto de minoración proporcional a la jornada realizada cuando la incorporación sea a tiempo parcial:
    • 1º. 5.500 euros, por cada persona desempleada o trabajador/a asalariado/a que se incorpore como socio/a trabajador/a o de trabajo
    • 2º. 7.000 euros cuando, en los supuestos indicados en el párrafo 1º, la persona incorporada sea una mujer desempleada, así como cuando se trate de mujeres desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento, o que lleven inscritas en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha, durante un periodo ininterrumpido de, al menos, tres meses anteriores a la fecha de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
    • 3º. 10.000 euros, en el caso de personas desempleadas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, y de 8.000 euros en el caso de personas desempleadas en situación de exclusión social.
    • 4º. 3.500 euros en el caso de desempleados/as que no se encuentren en alguna de las situaciones anteriores si son hombres, y de 4.000 euros si son mujeres.
  • c) Para la realización de acciones de promoción y difusión de la economía social: el 100% del coste subvencionable, con el límite máximo de 20.000 euros, por proyecto.

En las líneas 2, 3 y 4: La cuantía de la subvención será del 35 % de la inversión aprobada, pudiéndose incrementar hasta 15 puntos porcentuales si se acredita la concurrencia de una serie de supuestos previstos en la norma que regula estas ayudas.

Más información

PLAN ADELANTE DE CASTILLA LA MANCHA

PLAN ADELANTE

El Plan adelante 2016-2019 es la estrategia de fortalecimiento empresarial de Castilla-La Mancha. Está destinado a mejorar la competitividad de nuestras empresas, impulsando su capacidad para crecer y, con esto, la creación y la consolidación del empleo.

¿Qué busca este Plan?

La creación de nuevas empresas, que se fortalezcan las que están en pleno funcionamiento, que innoven y que comercialicen, que se internacionalicen las que quieran ir más allá así como mejorar su acceso a la financiación.

LÍNEAS DE SUBVENCIÓN:

AYUDAS A LA CONSOLIDACIÓN DE PROYECTOS

  • Objeto: La consolidación de proyectos, cuyo objeto es aumentar la competitividad de las iniciativas económicas desarrolladas por personas trabajadoras autónomas, a través del asesoramiento y la formación técnica desarrollados por entidades especializadas.
  • Destinatarias/os: trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio o formen parte en su calidad de autónomas de comunidades de bienes.
  • Importe de la subvención: entre 3.000 y 5.300 euros dependiendo de las características.
  • Plazo de solicitud: del 25 de mayo al 30 de noviembre de 2019.

AYUDAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE PERSONAS DESEMPLEADAS COMO TRABAJADORAS AUTÓNOMAS

  • Objeto: Ayudar al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, cuyo objeto es impulsar el empleo por cuenta propia, mediante el inicio de una actividad económica en Castilla-La Mancha, compensando los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.
  • Destinatarias/os: trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio o formen parte en su calidad de autónomas de comunidades de bienes.
  • Importe de la subvención: entre 3.500 euros a 5.800 euros.
  • Plazo de solicitud: del 25 de mayo al 30 de noviembre de 2019.

¿Cómo te puedes informar?

A través de Fademur en Castilla-La Mancha, entidad de asesoramiento y tutorización a emprendedores homologada dentro del Plan Regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento.

Trabajamos en torno a seis ejes, que apoyarán a las empresas en sus áreas fundamentales de trabajo.

 

GOBIERNO REGIONAL DE CASTILLA LA MANCHA

AYUDAS PARA FAVORECER LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL DEL TITULAR DE LA ACTIVIDAD EMPRENDEDORA

El objetivo es promover las condiciones óptimas para conciliar la vida personal, laboral y familiar en el trabajo autónomo. Estas ayudas están dirigidas a personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o que siendo trabajadoras autónomas formen parte de comunidades de bienes.

  • Cuantía de la subvención: La cuantía de la subvención para la presente línea será el equivalente al coste salarial y de Seguridad Social, derivado de la contratación efectuada, con el límite de 1.000 euros al mes, por el tiempo de duración del permiso correspondiente.
  • Plazo límite de presentación de solicitudes: 30 noviembre de 2018.
  • Más información

SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR EL AUTOEMPLEO, LA CREACIÓN DE EMPRESAS Y EL EMPRENDIMIENTO. AYUDAS PARA LA CONSOLIDACIÓN DE PROYECTOS.

El objetivo es la consolidación de proyectos, cuyo objeto es aumentar la competitividad de las iniciativas económicas desarrolladas por personas trabajadoras autónomas, a través del asesoramiento y la formación técnica desarrollados por entidades especializadas.

Las subvenciones se dirigen a personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia y personas físicas que formen parte de comunidades de bienes.

  • Plazo límite de presentación de solicitudes: 30 de noviembre de 2018.
  • Más información

SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR EL AUTOEMPLEO, LA CREACIÓN DE EMPRESAS Y EL EMPRENDIMIENTO. AYUDAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE PERSONAS DESEMPLEADAS COMO TRABAJADORAS AUTÓNOMAS.

El objeto de estas ayudas es apoyar al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, cuyo objeto es impulsar el empleo por cuenta propia, mediante el inicio de una actividad económica en Castilla-La Mancha, compensando los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.

Dirigido a las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia o personas físicas que formen parte de comunidad de bienes.

  • Plazo límite de presentación de solicitudes: 30 noviembre de 2018.
  • Más información
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA

FOMENTO DEL EMPLEO Y EL AUTOEMPLEO

RESOLUCIÓN DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2018 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y EL AUTOEMPLEO EN LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, AÑO 2018

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones para favorecer la generación de empleo en la provincia de Guadalajara, mediante la concesión de ayudas económicas a autónomos y empresas, en dos líneas de actuación:

  • LINEA 1: Fomento del Empleo: ayudas a la contratación
  • LINEA 2: Fomento del autoempleo: ayudas al autoempleo

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 30 de noviembre  de 2018.

Más información

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE CASTILLA LA MANCHA

PLAN ADELANTE CASTILLA LA MANCHA

El Plan Adelante 2016-2019 una estrategia de fortalecimiento empresarial de Castilla-La Mancha. Está destinado a mejorar la competitividad de nuestras empresas, impulsando su capacidad para crecer y, con esto, la creación y la consolidación del empleo además de mejorar su acceso a la financiación.

Trabajamos en torno a seis ejes, que apoyarán a las empresas en sus áreas fundamentales de trabajo; Creación, inversión, Innovación, Comercialización, Internacionalización, y Financiación. Incorpora una sección con todas las ayudas destinadas al fomento del empleo.

CONVOCATORIA AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN Y MEJORA DEL COMERCIO MINORISTA EN CASTILLA LA MANCHA

Se convocan las ayudas destinadas a impulsar la modernización, mejora y promoción del comercio minorista en Castilla-La Mancha. Línea 1. Modernización y mejora del comercio minorista

  • Destinatari@s: Personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial minorista.
  • Más información
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL

AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS AGRARIAS POR JÓVENES

Se han publicado las bases que regulan las ayudas a la creación de empresas agrarias por jóvenes en Castilla-la Mancha.

INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA LA MANCHA

CONVOCATORIA DE PREMIOS Y MUESTRA: MUJERES EN EL ARTE “AMALIA AVIA”

La finalidad de esta convocatoria es promover y fomentar la visibilidad de las mujeres en el ámbito de la cultura, dando a conocer el potencial artístico de la misma en la región mediante la exposición itinerante de las obras seleccionadas en el territorio de Castilla-La Mancha.
Además, se pretende homenajear a ‘Amalia Avia’, pintora realista castellano-manchega de los años 50 nacida en Santa Cruz de la Zarza, que junto con otras pintoras de la época reinventó el género del bodegón.
El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha concederá un único premio por cada categoría (dibujo y pintura, escultura y otras categorías) en la que se presenten las mujeres artistas, que está dotado con 2.000 euros.
Las solicitudes pueden presentarse durante dos meses y deberán estar acompañadas por el currículum de la artista  y las fichas técnicas de las obras que presente, además debe aportar la imagen de las mismas en formato digital y en color.

Más información

CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

SUBVENCIONES DESTINADAS A EMPRESAS PARA FOMENTAR LA PROMOCIÓN PROFESIONAL DE LA MUJER EN CASTILLA Y LEÓN (2023)

Concesión de subvenciones en régimen de concesión directa para incentivar la promoción profesional de las mujeres en empresas de hasta 500 trabajadores/as que desarrollen su actividad en Castilla y León, con la finalidad de facilitar la promoción profesional de mujeres trabajadoras por cuenta ajena en empresas privadas para contribuir a que la participación de mujeres y hombres en el mercado de trabajo se realice con igualdad plena de oportunidades.

Beneficiarios/as: Empresas privadas y personas físicas empleadoras que en su totalidad tengan hasta 500 trabajadores/as.

Gastos subvencionables: Será subvencionable la novación de contratos de trabajo que suponga una promoción profesional de carácter indefinido. En el supuesto de los contratos temporales, dentro del periodo subvencionable, deberá producirse la conversión del contrato temporal en indefinido.

Cuantía que se subvenciona: La cuantía de la subvención será con carácter general de 2.000 euros. Esta cuantía se incrementará hasta 2.800 euros si la trabajadora desarrolla su actividad en las profesiones y ocupaciones con menos índice de empleo femenino.

Plazo de presentación: hasta el 31 de octubre de 2023.

Más información

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO

SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR EL AUTOEMPLEO EN CASTILLA Y LEÓN (2023)

Beneficiarios/as: Personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y cumplan los requisitos.

Requisitos:

– Haberse dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, entre el día 5 de noviembre de 2022 y el día 2 de octubre de 2023, ambos inclusive.

– Estar desempleada e inscrita en el Servicio Público de Empleo como demandante de empleo.

Gastos subvencionables: adquisición de activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y puesta en marcha de una nueva actividad.

Cuantía que se subvenciona:

Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de 5.000 €.

– En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.

– La acreditación de cursos de formación se subvencionará con el 75% del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.400 €.

Plazo de presentación: hasta el 16 de octubre de 2023.

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SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE INVERSIONES EN EL MARCO DEL COMPONENTE 13 2KIMPULSO A LA PYME”, INVERSION 4 “APOYO AL COMERCIO”, PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO: FONDO TECNOLÓGICO (2023)

Financiar inversiones en el marco del Componente 13 “Impulso a la Pyme”, Inversión 4 “Apoyo al Comercio”, Actuación 1.2 “Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, mediante dos líneas de ayuda:

  1. Línea destinada a las pequeñas y medianas empresas del sector comercial.
  2. Línea destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial., de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases y en las correspondientes convocatorias.

Beneficiarios/as:

  • Personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas y cumplan los requisitos establecidos.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y las entidades asociativas o federaciones y confederaciones que las mismas constituyan, con domicilio social en Castilla y León que cumplan los requisitos establecidos

Gastos subvencionables: inversiones en activos materiales e inmateriales que tengan relación directa con las opciones de crecimiento empresarial del solicitante.

Cuantía que se subvenciona: La cuantía de la subvención será por cada empresa o por cada asociación del sector comercial solicitantes del 100% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 200.000 euros por solicitante. No serán subvencionables las solicitudes cuyo presupuesto subvencionable sea inferior a 5.000 euros.

Plazo de presentación: hasta el 20 de octubre de 2023

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CONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA DE CASTILLA Y LEÓN

SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS DE CREACIÓN DE EMPRESAS (2023)

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación, destinadas a facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.

Beneficiarios/as: Autónomos y Pymes que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad.

Gastos subvencionables: adquisición de activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y puesta en marcha de una nueva actividad.

Cuantía que se subvenciona: mínima del proyecto 10.000 € y máxima de 150.000€.

Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León (10 de agosto de 2023), y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

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CONSEJERÍA DE ASUNTOS EUROPEOS, ENERGÍA Y TURISMO

SUBVENCIONES A INVERSIONES PARA CRECIMIENTO EMPRESARIAL DENTRO DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE ÁVILA EN EL MARCO DEL CENTRO DE TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO, INNOVACIÓN Y EMPRENDIMIENTO DEL PROGRAMA TERRITORIAL DE FOMENTO PARA ÁVILA Y SU ENTORNO 2020-2024.

Objeto: promover inversiones que promuevan mejoras de la competitividad de empresas existentes.

Beneficiarios/as: Autónomos y PYMES que realicen proyectos de inversión para crecimiento empresarial en el territorio de Ávila.

 Gastos subvencionables: ayudas para inversiones en activos materiales e inmateriales que tengan relación directa con las opciones de crecimiento empresarial del solicitante.

Importe presupuestado: 59.842€.

Plazo de presentación: hasta el 28 de octubre de 2023.

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

CONVOCATORIA EN CONCURRENCIA NO COMPETITIVA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN EN FERIAS INTERNACIONALES DE LAS PYMES DE CASTILLA Y LEÓN

Las subvenciones reguladas en esta convocatoria tienen por objeto la concesión de ayudas destinadas a financiar la participación en ferias y exposiciones internacionales de las pymes y autónomos de Castilla y León con el fin de mejorar su competitividad.

Beneficiarios/as: Autónomos y Pymes con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León, que realicen proyectos de participación en ferias o exposiciones internacionales, pertenecientes a los sectores económicos indicados en esta convocatoria.

Gastos subvencionables: Serán subvencionables las acciones consistentes en la participación en ferias, exposiciones y congresos de carácter internacional que se celebran en el extranjero, así como en las ferias que tienen lugar en España, siempre que estén incluidas en el Calendario Oficial de Ferias Comerciales Internacionales que, con carácter anual, aprueba el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Cuantía que se subvenciona: mínima del proyecto 10.000 € y máxima de 150.000€.

Plazo de presentación finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA- CONSEJERÍA DE ASUNTOS EUROPEOS, ENERGÍA Y TURISMO.

BASES REGULADORAS DE LA LÍNEA DE AYUDAS A LA INVERSIÓN DESTINADAS A LA CREACIÓN Y EL DESARROLLO DEL TEJIDO INDUSTRIAL, A PROYECTOS E INVERSIONES EN SECTORES QUE REPRESENTEN OPORTUNIDADES PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA PROVINCIA DE ÁVILA.

Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas reguladoras y la convocatoria de la línea de ayudas a la inversión destinadas al apoyo a las inversiones del Tejido Industrial de la provincia de Ávila, que faciliten la creación de nuevas empresas y la consolidación de actividades empresariales ya existentes, en el medio rural de la provincia de Ávila en sectores que representen oportunidades para el desarrollo económico.

Beneficiarios/as: cualesquiera personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o comunidades de bienes, que cumplan las condiciones para ser consideradas como pequeña y mediana empresa –pyme–, siempre que ambos, el domicilio social y el domicilio fiscal de la Empresa, el Autónomo o Comunidad de Bienes se encuentren en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Ávila.

 Cuantía que se subvenciona: el importe total de las ayudas que se concedan no podrá exceder del crédito que se consigne en el Presupuesto Ordinario de la Diputación que ascenderá a seiscientos cincuenta mil euros (650.000 €).

Plazo de presentación: hasta el 19 de octubre de 2023.

Más información y solicitud de ayudas:

https://www.diputacionavila.es/bops/2022/27-12-2022/27-12-2022_288622.pdf

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS (SODEBUR)

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A GASTOS DE ASENTAMIENTO EN MUNICIPIOS RURALES DE LA PROVINCIA DE BURGOS 2023

La finalidad es facilitar el asentamiento poblacional de personas trabajadoras en los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Burgos.

Beneficiarios/as: personas que se hayan instalado en poblaciones menores de 20.000 habitantes a lo largo de 2022 (trabajadoras/es por cuenta propia o ajena).

 Gastos subvencionables: los gastos de transporte de mobiliario y enseres, así como los gastos generados durante doce meses asociados al alojamiento: recibos de alquiler, recibos de suministro y seguro de vivienda. También serán subvencionables los siguientes gastos asociados a la adquisición de la vivienda: notaría, registro y gestoría.

Cuantía que se subvenciona: ayudas individuales del 70% de los gastos presentados, con un importe máximo de 10.000 euros.

Plazo de presentación: hasta el 6 de noviembre de 2023.

Más información y solicitud de ayudas:

Convocatoria de SUBVENCIONES dirigidas a GASTOS DE ASENTAMIENTO en municipios rurales de la provincia de Burgos 2023 – Sodebur – Agenbur

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.

SUBVENCIONES PARA FINANCIAR PROYECTOS EMPRESARIALES DIRIGIDOS A FOMENTAR LA INNOVACIÓN EN EL ÁMBITO TECNOLÓGICO DE LAS PYMES, COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER) (2023). 

Objeto: Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar proyectos empresariales dirigidos a fomentar la innovación en las pymes de Castilla y León, en centros de trabajo de Castilla y León.

Beneficiarios/as: autónomos/as y pymes que tengan un centro de trabajo en Castilla y León.

Gastos subvencionables: Se consideran proyectos subvencionables la contratación de los servicios de asesoramiento y asistencia técnica.

  • Asesoramiento en materia de innovación y servicios de apoyo en los procesos de diseño de producto, innovación en procesos, certificados de calidad y medioambientales.
  • Asistencia técnica en la realización de actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) e Innovación Tecnológica (IT).

En ningún caso, se consideran subvencionables la formación y los estudios de mercado.

Requisitos: Las PYMES deberán tener un centro de trabajo en Castilla y León, y realizar proyectos empresariales considerados como subvencionables

Cuantía: La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje fijo mínimo del 50% y un máximo del 70% sobre el coste subvencionable. Se establece un límite máximo al presupuesto subvencionable de 20.000 € por cada proyecto en aquellas empresas de menos de 10 trabajadores, y de 40.000 € para las empresas entre 10 y 50 trabajadores.

Plazo de presentación: Comenzará el día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma

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 DIPUTACION DE VALLADOLID

Objeto: Fomentar la transformación digital de trabajadores/as autónomos/as y microempresas, mediante el apoyo a adquisición de equipamiento y/o dispositivos tecnológicos de uso exclusivamente profesional. Favorecer el uso de las nuevas tecnologías por parte de autónomos/as y microempresas a fin de que pueda redundar en un apoyo a su proceso de digitalización, así como en un mayor éxito comercial.

Beneficiarios/as: Autónomos/as y empresas.

Importe presupuestado: 120.000 euros.

Cuantía máxima por beneficiario/a: El 80% del coste de la inversión (sin incluir el IVA), con un máximo de ayuda subvencionable de 2.000 euros.

Gastos subvencionables: Los gastos de inversión (sin incluir el IVA) para la adquisición de equipamiento y/o dispositivos tecnológicos, siempre que estos sean de uso exclusivamente profesional, tales como sistemas digitales de caja, escáner de código de barras, terminal TPV táctil, PDA, GPS, etc. Los solicitantes podrán incluir la adquisición de uno o varios dispositivos digitales en una misma solicitud, debiendo especificar el/los bien/es en dicha solicitud.

Se admitirán gastos realizados desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023. No es subvencionable la adquisición de ordenadores, tablets y smartphone.

Requisitos: Los/as trabajadores/as autónomos/as que estén dados de alta y tengan su centro productivo o de trabajo en un municipio de la provincia de Valladolid con población inferior a 20.000 habitantes.

Las microempresas que estén constituidas y tengan su centro productivo o de trabajo en un municipio de la provincia de Valladolid con población inferior a 20.000 habitantes.

Plazo de presentación: Hasta el 31 de octubre de 2023, incluido.

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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL APOYO A LA ADAPTACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL, AÑO 2023.

CONVOCATORIA DEL XVI PREMIO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL ÁMBITO EMPRESARIAL, AÑO 2023. 

Objeto de la convocatoria: Premiar las políticas activas en el ámbito empresarial que fomenten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como la iniciativa emprendedora de las mujeres en el medio rural.

Consta de dos modalidades: 1ª Modalidad: Entidades empresariales, con personalidad jurídica propia (sociedades anónimas, sociedades limitadas, sociedades comanditarias, cooperativas, etc.). 2ªModalidad: Empresarias autónomas o comunidades de bienes integradas por mujeres, tengan o no personal contratado.

Beneficiarios/as: Podrán ser beneficiarias las empresas y/o empresarias que desarrollen su actividad empresarial en algún municipio de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes.

Premios:

Modalidad 1 (Entidades empresariales):

  • Premio en metálico por importe de 4.000 euros.
  • Entrega en acto institucional, de la escultura ganadora del concurso «Artistas por la Igualdad», año 2023.

Modalidad 2 (Empresarias autónomas):

  • Premio en metálico por importe de 4.000 euros.
  • Entrega en acto institucional, del grabado ganador del concurso «Artistas por la Igualdad», año 2023.

Los premios estarán sometidos a las retenciones que legalmente procedan.

Plazo de presentación: hasta el 15 de septiembre de 2023, inclusive.

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INSTITUTO PARA LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN

SUBVENCION DIRECTA A FONDO PERDIDO HASTA EL 70%

Características principales de la Subvención:

  • Inversión mínima: 3.000 Euros.
    Plazo de resolución ICE: 6 meses máximo.
    Inicio Implantación de Sistemas: Proyectos iniciados con  posterioridad el 4 de enero de 2023.
    Cuantía subvencionable: desde el  50% al 70% del total (Implantación + Certificación), según las características de la empresa.
    Tipo de subvención: importe a fondo perdido.
    Forma presentación: Vía telemática, documentación administrativa y técnica.
    Normas: ISO 9001, ISO 14001, ISO 45001, ISO 27001, IATF 16949, UNE EN 9100 (entre otras), así como la certificación y diagnóstico de cumplimiento de ODS.
    Aplicable únicamente a nuevas Certificaciones.

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. INSTITUTO PARA LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL

SUBVENCIONES PARA CREACIÓN DE EMPRESAS COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER), AÑO 2022

Objeto: Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a facilitar la financiación de los proyectos empresariales promovidos por emprendedores, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculados al mismo.

Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales y gastos necesarios para la creación y la puesta en marcha de una nueva actividad.

En la provincia de Soria, designada zona escasamente poblada por Decisión de la Comisión Europea (Decisión CE (2022) 1524), para evitar o reducir la despoblación, se consideran subvencionables los primeros gastos de funcionamiento de la empresa, que incluye los costes de personal y servicios contratados de comunicaciones, energía, mantenimiento, alquileres y administración, durante la ejecución del proyecto.

Beneficiarios/as: Emprendedores que creen una empresa y realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de una nueva actividad subvencionable en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos indicados en la convocatoria.

Cuantía: La cuantía de la subvención se determinará como un porcentaje fijo del 50% sobre el coste subvencionable, pudiendo aplicar un porcentaje adicional del 5% o 10% en el caso de aplicación de uno de los criterios de valoración de las bases reguladoras.

Podrán alcanzar el 100% del coste aquellos proyectos ubicados en zonas incluidas en un Plan de Recuperación Medioambiental y Socioeconómica de Municipios afectados por el incendio de la Sierra de la culebra, u otros Planes aprobados por órgano competente.

Plazo de presentación de solicitudes: del 2 de agosto de 2022 y finaliza el día de la publicación de la Convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma. El plazo de solicitud permanece abierto actualmente.

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JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

AYUDAS PARA PROMOVER EL DIMENSIONAMIENTO Y PLANIFICACIÓN DEL COOPERATIVISMO AGROALIMENTARIO, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN

Objetivo: La finalidad de las ayudas convocadas en esta orden es facilitar los procesos de dimensionamiento empresarial de las cooperativas agroalimentarias y de explotación comunitaria de la tierra y del ganado de Castilla y León, para adquirir una dimensión que les dote de competitividad en los mercados de productos agrarios.

Beneficiarios/as: Podrán resultar beneficiarias de estas ayudas las cooperativas agroalimentarias y de explotación comunitaria de la tierra y del ganado de Castilla y León, que realicen cualquiera de las actividades subvencionables descritas en el artículo 2 de la Orden AGR/418/2020, de 26 de mayo, por la que se establecen las Bases Reguladoras del Régimen de ayudas para promoción del dimensionamiento y planificación del cooperativismo agroalimentario, en la Comunidad de Castilla y León. Dichas bases reguladoras han sido modificadas por la Orden AGR/702/2021, de 1 de junio.

Plazo de solicitud: Las solicitudes deberán presentarse desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León, hasta las 14:00 del 30 de septiembre de 2022

Cuantía: Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación 0302G/412A01/77033/0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para 2022, por una cuantía de cuatrocientos treinta mil euros (430.000,00 €)-

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

PROGRAMA PREE5000. INCENTIVOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN ENERGETICA DE EDIFICIOS EXISTENTES EN CASTILLA Y LEON.

OBJETO: Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen por objeto, de acuerdo con el RD 691/2021, de 3 de agosto, fomentar la rehabilitación energética exhaustiva y rentable de edificios en municipios de reto demográfico de Castilla y León, con el fin último de mejorar la eficiencia energética del parque inmobiliario existente para reducir su consumo de energía final e incorporar energías renovables, contribuyendo así activamente a la sostenibilidad ambiental, mediante la reducción del nivel de emisiones de dióxido de carbono, a la cohesión social y a la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.

Las actuaciones subvencionables se encuadrarán en una o varias de las tipologías que se indican a continuación y deberán cumplir con los requisitos específicos que se establecen en el artículo 17 y en el Anexo IV, del RD 691/2021, de 3 de agosto:

  • Tipología 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Tipología 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, limatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
  • Tipología 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

BENEFICIARIOS/AS: Los beneficiarios, incluidos en el listado de beneficiarios previsto en el artículo 15.1 del RD 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográficos (Programa PREE 5000) incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas, siempre que tengan residencia fiscal en España, son los siguientes: Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos, entidades locales de Castilla y León, sector público institucional correspondiente a Administraciones Públicas de Castilla y León (excepto las de la propia Administración Autonómica), comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

PLAZO DE SOLICITUD: Concluirá en todo caso a la finalización de la vigencia del programa prevista en el RD 691/2021, de 3 de agosto, que según su redacción inicial es el 31 de diciembre de 2023, momento a partir del cual no serán admitidas más solicitudes.

CUANTIA: La cuantía destinada a financiar las subvenciones convocadas asciende a un total inicial de 6.125.000 €, que podrá ser ampliado en otros 4.375.000 €, incluidos en la comunicación de crédito asignado a la comunidad autónoma por parte de IDAE, pero no generados aún en el presupuesto de la misma.
El cálculo y cuantía de la subvención para cada una de las actuaciones subvencionables se recoge los Anexos I y IV del RD 691/2021, de 3 de agosto

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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURA

AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y ADQUISICIÓN DE COMPETENCIAS EN EL MARCO PDR DE CASTILLA Y LEON 2014-20 Y DEL PLAN ANUAL DE FORMACIÓN AGRARIA Y AGROALIMENTARIA DE ESTA CONSEJERIA, COFINANCIADAS POR EL FEADER

OBJETO: Convocar la concesión de subvenciones para el año 2022 para la realización de acciones de formación profesional y adquisición de competencias en el marco de la submedida 1.1 “Apoyo a las acciones de formación profesional y adquisición de competencias” del PDRCyL 2014-20 y del Plan Anual de Formación Agraria y Agroalimentaria de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, cofinanciadas por el FEADER

BENEFICIARIOS/AS: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, siempre que reúnan los requisitos establecidos, las entidades, organizaciones o personas jurídicas, con o sin ánimo de lucro, directamente relacionadas con los sectores agrario, forestal, agroalimentario y/o con el medio rural, prestadoras de los servicios de formación, que estén constituidas como mínimo dos años antes de la fecha de publicación de la orden de convocatoria e incluyan entre sus fines estatutarios la formación

PLAZO DE SOLICITUD: El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza el día 15 de mayo de 2022.

CUANTIA: Estas ayudas serán cofinanciadas por la Unión Europea a través del FEADER, por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León y por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Los gastos derivados de las correspondientes concesiones se imputarán a la estructura presupuestaria 03.02.G/322C01/7701C, siendo el importe previsto en esta convocatoria de dos millones de euros (2.000.000 €)

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ORDEN DE 21 DE ABRIL DE 2022, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y ADQUISICIÓN DE COMPETENCIAS.

Beneficiarios/as: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: Fabricación de bebidas Industria de la alimentación Silvicultura y explotación forestal

Presupuesto total de la convocatoria: 2,000,000.00 €

Plazo: 15/05/2022

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JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. CONSEJERÍA DE EMPLEO E INDUSTRIA.

AYUDAS PARA LA REESTRUCTURACION Y RECONVERSION DE VIÑEDOS EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEON PARA 2022

OBJETO: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

BENEFICIARIOS/AS: Viticultores/as y futuros/as viticultores/as, cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación y cumplan los requisitos especificados en el punto cuarto de la orden de convocatoria.

PLAZO DE SOLICITUD: El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza el día 28 de abril de 2022.

CUANTIA: Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 3101G.412B01.47036.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2023, por el importe de créditos que se asignen mediante Conferencia Sectorial del Ministerio de Agricultura. Pesca y Alimentación.

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UDAS PARA LAS INVERSIONES DE CREACIÓN, MEJORA O AMPLIACIÓN, A PEQUEÑA ESCALA, DE INFRAESTRUCTURAS EN SUPERFICIES PASTABLES PARA MEJORAR LA BIOSEGURIDAD DE LAS EXPLOTACIONES GANADERAS (SUBMEDIDA 7.2)

OBJETO:

Convocar las ayudas en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, sobre «Servicios básicos y renovación de poblaciones en las zonas rurales», y más concretamente en su Submedida 7.2: «Apoyo a las inversiones en la creación, mejora o ampliación de todo tipo de pequeñas infraestructuras, incluidas las inversiones en energías renovables y ahorro de energía». Estas subvenciones permitirán proteger al ganado doméstico del riesgo de enfermedades, minimizando en lo posible la influencia de la fauna silvestre, como reservorio y fuente de contagio, preservando la sanidad en el medio natural.

BENEFICIARIOS/AS:

Entidades Locales, que sean titulares o gestores de pastos de aprovechamiento común en el ámbito territorial de Castilla y León.

PLAZO DE SOLICITUD:

Desde el 22 de marzo al 20 de abril.

CUANTIA:

El proyecto de inversión dispondrá de una ayuda que será del 100% del coste elegible, con un importe máximo de 50.000 €.

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AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LA MIEL EN CASTILLA Y LEON

OBJETO: Se convocan, para el año 2022, las ayudas para la mejora de la producción y comercialización de la miel en la Comunidad de Castilla y León.

BENEFICIARIOS/AS: Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas, con al menos 150 colmenas, incluidas aquellas de titularidad compartida establecida en la Ley 35/2011, de 4 de octubre.

Las cooperativas apícolas y organizaciones representativas con personalidad jurídica propia en las que se verifiquen al menos 150 colmenas, en la medida que sus apicultores integrantes cumplan los requisitos establecidos.

PLAZO DE SOLICITUD: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y comenzará el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castila y León. Es decir, será hasta el 30 de abril.

CUANTIA: Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 0304G.412A01.77039 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2021, por el importe correspondiente de los créditos que se asignen mediante la Conferencia Sectorial del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Este importe estará participado en un 50% por los fondos FEAGA y, como máximo, en un 25% con los fondos del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación. No obstante, si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, se podrá ampliar la dotación inicial en una cuantía adicional de hasta un 50%, sin necesidad de nueva convocatoria.

  • Asistencia técnica hasta el 100% del gasto
  • Lucha contra agresores y enfermedades de la colmena hasta el 100%
  • Apoyo para el análisis de la miel hasta el 90%
  • Racionalización de la trashumancia hasta 80%
  • Medidas repoblación cabaña apícola hasta el 90%
  • Mejora calidad productos apícolas hasta el 100%

 

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SOLICTUD ÚNICA DE AYUDAS PAC 2022

OBJETO: Se convocan pagos directos a la agricultura y a la ganadería en el año 2022, a otros regímenes de ayudas por superficie, a determinadas ayudas cofinanciadas por el FEADER en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.

BENEFICIARIAS/OS: Los titulares de explotaciones agrarias o forestales ubicadas en la Comunidad de Castilla y León, que dispongan de unidades de producción susceptibles de ser beneficiarias de las ayudas directas de la Política Agraria Comunitaria financiadas por fondos FEAGA, así como de las medidas asimiladas al sistema integrado de gestión y control financiadas con fondos FEADER desarrolladas en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020: ayudas de agroambiente y clima, agricultura ecológica, ayudas a zonas con limitaciones naturales y ayudas al mantenimiento de superficies forestadas

PLAZO DE SOLICITUD: Del 1 de febrero al 30 de abril de 2022.

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AYUDAS DEL PLAN AGRICULTURA Y GANADERÍA JOVEN DE CASTILLA Y LEÓN PARA 2021

OBJETO: Convocar, para el año 2021, las diferentes líneas de ayuda del Plan Agricultura y Ganadería Joven de Castilla y León 2021-2023 En concreto se convocan las siguientes líneas de ayuda:

  1. a) Medida de ayudas de asistencia técnica.
  2. b) Medida de incentivos para adquirir la condición de socio de una Entidad Asociativa Prioritaria de Carácter Regional.
  3. c) Medida de la promoción de la titularidad compartida.
  4. d) Apoyo a formación especializada en el sector agrario.
  5. e) Medida de acercamiento a la actividad agraria.

Las ayudas convocadas en esta orden tienen como finalidad común el apoyo y la promoción de los jóvenes del sector agrario, a través de la modernización y el incremento de competitividad de sus explotaciones.

BENEFICIARIAS/OS: Podrán acceder a las líneas de ayuda, los solicitantes que a la fecha de solicitud de ayuda ejecuten alguna de las actividades subvencionables que se recogen en las bases y cumplan los siguientes requisitos:

  1. a) Figurar en situación de alta en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León regulado por el Decreto 19/2015, de 5 de marzo.
  2. b) En el supuesto de solicitantes personas físicas, que el solicitante cumpla la definición de agricultor o ganadero joven.
  3. c) En el supuesto de solicitantes personas jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles y unidades económicas sin personalidad jurídica titulares de una explotación agraria de titularidad compartida, que al menos uno de los miembros de la entidad, cumpla la definición de agricultor o ganadero joven.
  4. d) Los solicitantes de la medida de promoción de la titularidad compartida, tendrán derecho a la ayuda siempre y cuando estén inscritos en el Registro de Titularidad Compartida, por primera vez, desde el 1 de enero de 2021.
  5. e) Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
  6. f) No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  7. g) Si el solicitante tiene la consideración de empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de Página 2 de 2 la Administración de la Comunidad de Castilla y León, para poder ser beneficiario de la ayuda deberá acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o, en su caso, la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. La acreditación y justificación de lo establecido en este apartado, se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del citado Decreto 75/2008, en la convocatoria y en la resolución de concesión de la subvención.
  8. h) Serán obligaciones de los beneficiarios, además de las previstas en la presente orden y la correspondiente convocatoria, las establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 24 de diciembre de 2021 hasta el 15 de junio de 2022

CUANTIA: La cuantía a percibir será, como máximo del 80% de los costes incurridos para la realización del estudio.  El importe máximo de la subvención por beneficiario no superará los 5.000 euros.

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AYUDAS PARA LA CREACIÓN Y/O MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS EN SUPERFICIE PASTABLES PARA MEJORA DE BIOSEGURIDAD

OBJETO: convocar, en régimen de concesión directa, subvenciones a las inversiones de creación, mejora o ampliación, a pequeña escala de infraestructuras en superficies pastables para mejorar la bioseguridad de las explotaciones ganaderas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 (Submedida 7.2), cofinanciadas por el FEADER (B.O.C. y L. n.º 133, CV: BOCYL-D-22032022-7 http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979 – ISSN 1989-8959 Boletín Ofcial de Castilla y León Núm. 56 Martes, 22 de marzo de 2022 Pág. 12906 de 3 de julio de 2020). Dicha orden fue modificada por Orden AGR/90/2022 de 7 de febrero (B.O.C. y L. n.º 33, de 17 de febrero de 2022).

 

BENEFICIARIAS/OS: Entidades Locales, titulares o gestores de pastos comunales en el ámbito territorial de castilla y leon.

PLAZO DE SOLICITUD: 20 de abril del 2022

CUANTIA: 100% del coste máximo 50.000€, (Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 0304G.412C01.76024 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2021, por un importe de un millón doscientos mil euros (1.200.000,00 €). Este importe está participado en un 53% por el FEADER, un 14,10% por el MAPA y un 32,90% por la Junta de Castilla y León.)

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SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL ESTABLECIMIENTO DE LA ORGANIZACIÓN PREVENTIVA DE PERSONAS EMPRENDEDORAS (2022)

Objeto: Convocar para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones públicas dirigidas a contribuir a la financiación del coste del establecimiento de la organización preventiva a través de un servicio de prevención, por parte de las personas emprendedoras en Castilla y León.

Beneficiarias/os: Personas físicas o jurídicas privadas y con ánimo de lucro cuya fecha de declaración censal de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores no sea anterior en más de dos años respecto a la fecha de publicación de esta convocatoria

Plazo de solicitud: Desde el 14 de febrero de 2022 hasta el 31 de agosto de 2022

Cuantía: La cuantía de la subvención será el 85% del coste subvencionable, en el caso de conciertos con servicios de prevención ajenos, y de 200 € por trabajador/a, en el caso de servicios de prevención mancomunados, en ambos casos con límite de 1.000 € beneficiario/a.

  • En el caso de víctimas del terrorismo, o de violencia de género, la cuantía de la subvención será el 100% del coste subvencionable con un límite de 1.000 euros por beneficiario/a.
  • El importe de las subvenciones, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.

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SUBVENCIONES DIRIGIDAS A PERSONAS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS QUE TRASLADEN SU ACTIVIDAD ECONÓMICA A CASTILLA Y LEÓN, PROCEDENTES DE OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS (2021- 2022)

Objeto: Convocar, en régimen de concesión directa, subvenciones para el periodo 2021- 2022, con el objeto de contribuir al desarrollo económico mediante el fomento del empleo autónomo, facilitando el establecimiento de trabajadores autónomos que trasladen su actividad a Castilla y León desde cualquier otra comunidad autónoma, consolidando sus negocios en nuestro territorio.

Beneficiarias/os: Personas trabajadoras por cuenta propia que hayan realizado su actividad económica en una comunidad autónoma distinta a Castilla y León, y cumplan los requisitos.

Plazo de solicitud: Desde el 30 de octubre de 2021 hasta el 30 de junio de 2022

Cuantía: La cuantía de la subvención a percibir por cada trabajador por cuenta propia será de 6.000 euros. Dicha cuantía se podrá incrementar en 2.000 euros, si se establece en un municipio de menos de 5.000 habitantes que diste más de 15 km. de una capital de provincia, y en otros 2.000 euros si la beneficiaria es mujer.

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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, A TRAVÉS DE ADQUISICIÓN, ADAPTACIÓN O RENOVACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO

Objeto: subvenciones públicas dirigidas a la adquisición, adaptación o renovación de equipos de trabajo para las empresas, con la finalidad de mejorar sus condiciones de trabajo, adecuándolas a criterios de mayor eficacia de la gestión de la seguridad y salud laboral, PROG I.

Beneficiarios/as: personas, físicas o jurídicas, privadas con ánimo de lucro, agrupaciones de ambas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque carezcan de personalidad jurídica, lleven a cabo las acciones objeto de la subvención y cumplan los requisitos establecidos en la Base 2.2 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras. Igualmente, deberán cumplir con lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal.

Periodos subvencionables:

  1. a) La inversión de los gastos subvencionables, deberá estar comprendida entre el día 1 de septiembre de 2019 y el día 31 de agosto de 2021, ambos inclusive.
  2. b) La totalidad del pago de los gastos subvencionables, deberá efectuarse en el plazo comprendido entre el 1 de septiembre de 2019 y el 31 de agosto de 2021, ambos inclusive.

Cuantía: La cuantía de la subvención será del 50 % respecto del gasto subvencionable, no pudiendo en ningún caso superar los 20.000 euros por beneficiario/a.

Plazo y forma de presentación de solicitudes: hasta el 31 de enero de 2021. Las solicitudes se formalizarán de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es., así como a través, del Portal Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Castilla y León, con dirección www.trabajoyprevencion.jcyl.es. Se dirigirán a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.

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SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO DEL ESPÍRITU EMPRENDEDOR A TRAVÉS DE LAS ORGANIZACIONES REPRESENTATIVAS DEL TRABAJO AUTÓNOMO Y DE LA ECONOMÍA SOCIAL (2020).

  • OBJETO: Convocar para el año 2020, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para contribuir a los gastos derivados de las actividades de fomento del espíritu emprendedor realizadas por las entidades asociativas de los/as trabajadores/as autónomos/as y de las empresas de economía social.
  • BENEFICIARIOS/AS: Entidades asociativas intersectoriales de trabajadores/as autónomos/as y entidades asociativas de economía social, que tengan ámbito de actuación en Castilla y León.
  • PLAZO: Desde el 17 de junio de 2020 hasta el 15 de julio de 2020.

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SUBVENCIONES PARA PROMOVER LA AFILIACIÓN DE LAS MUJERES DEL MEDIO RURAL EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES/AS POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS/AS, A TRAVÉS DEL SISTEMA ESPECIAL PARA TRABAJADORES/AS POR CUENTA PROPIA AGRARIOS (2020).

  • OBJETO: Convocar, para el año 2020 en régimen de concesión directa, subvenciones para el abono de las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes a las mujeres que hubiesen obtenido la ayuda al amparo de convocatorias anteriores en la Seguridad Social. Serán subvencionables las cuotas satisfechas a la Seguridad Social por la beneficiaria con motivo de su inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020. La subvención se concederá por un período máximo de doce meses, con el límite de tres convocatorias sucesivas por beneficiaria.
  • BENEFICIARIOS/AS: Las mujeres del medio rural beneficiarias de las subvenciones convocadas en los años 2017 y 2018.
  • CUANTÍA: Serán subvencionables las cuotas satisfechas por la beneficiaria al Régimen Especial de Trabajadores/as por Cuenta Propia o Autónomos/as, a través del Sistema Especial para Trabajadores/as por Cuenta Propia Agrarios, por alguno de los importes siguientes:
    • a) El 20% de la cuota por contingencias comunes de cobertura obligatoria, calculada en función de la base mínima de cotización y el tipo de cotización que establezca la legislación estatal, en los supuestos de mujeres de 40 o menos años de edad.
    • b) El 50% de la cuota por contingencias comunes de cobertura obligatoria, calculada en función de la base mínima de cotización y el tipo de cotización que establezca la legislación estatal, en caso de mujeres de 41 y hasta 54 años.
    • c) El 75% de la cuota por contingencias comunes de cobertura obligatoria, calculada en función de la base mínima de cotización y el tipo de cotización, en caso de mujeres que tengan 55 años o más, víctimas del terrorismo o de violencia de género.
    • Se considerará la edad que tenga la solicitante en el momento de la incorporación, permaneciendo el porcentaje que corresponda invariable durante las convocatorias sucesivas a las que pudiera acceder.
  • PLAZO: Desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 15 de octubre de 2020.
  • CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: La cuantía de la subvención no podrá superar los 30.000 € para las actuaciones descritas en la letra a), ni los 10.000 € para las referidas en las letras b) y c) de las actuaciones subvencionables.

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SUBVENCIONES AL PAGO DE CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL A TRABAJADORES/AS BENEFICIARIOS/AS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO EN LA MODALIDAD DE PAGO ÚNICO (2020).

Se convocan subvenciones para el año 2020 consistentes en el pago de cuotas de la Seguridad Social a los/as trabajadores/as que tengan concedida la prestación por desempleo de nivel contributivo en su modalidad de pago único total.

Las solicitudes se resolverán por orden cronológico de presentación desde que el expediente esté completo. Se entenderá que un expediente está completo cuando contenga toda la documentación e informaciones previstas en las normas que regulan la convocatoria.

  • BENEFICIARIOS/AS: Trabajadores/as que tengan reconocida la prestación por desempleo en su modalidad de pago único total.
  • CUANTÍA: Serán subvencionables las cuotas satisfechas, por alguno de los importes siguientes:
    • a) El 50% de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad Social como trabajador/a por cuenta propia, calculada sobre la base mínima de cotización o de la que corresponda, si es inferior.
    • b) El 100% de la aportación del trabajador/a en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social por cuenta ajena.
  • PLAZO:
    • DEL 13 DE JUNIO AL 16 DE JULIO DE 2020: para las cuotas satisfechas desde el 1 de septiembre de 2019 hasta el 31 de marzo de 2020, ambas inclusive.
    • DEL 1 DE SEPTIEMBRE AL 15 DE OCTUBRE DE 2020: para las cuotas satisfechas desde el 1 de abril de 2020 hasta el 31 de agosto de 2020, ambas inclusive.

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SUBVENCIONES PARA LA INCORPORACIÓN DE SOCIOS/AS TRABAJADORES/AS O DE TRABAJO EN COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES. (2020).

  • OBJETO: Fomentar la creación y desarrollo de cooperativas y sociedades laborales con ánimo de lucro, favoreciendo la incorporación de socios trabajadores o de trabajo, con carácter indefinido, en las mismas cooperativas y sociedades laborales de desempleados/as, y de trabajadores/as con contrato de trabajo de carácter temporal en las mismas cooperativas o sociedades laborales en las que se integran como socios/as.
  • BENEFICIARIO/AS: Cooperativas y las sociedades laborales con domicilio social en Castilla y León y que tengan ánimo de lucro.
  • CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: La cuantía de la subvención por cada uno de los hechos subvencionables en la siguiente:
    • Programa I.– La cuantía de la subvención será de 5.500 euros por cada persona perteneciente a los colectivos de los párrafos a), b), c), d) y h), del punto 1.1 del apartado sexto de la orden de convocatoria que se incorpore a jornada completa, como socio/a trabajador/a o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral. Si la persona incorporada pertenece a cualquiera de estos cinco colectivos y es mujer, la cuantía de la subvención será de 7.000 euros. Cuando la persona incorporada sea una mujer desempleada que se incorpora como socia trabajadora o de trabajo a jornada completa en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento la cuantía de la subvención será de 7.000 euros. En el caso de personas con discapacidad, la cuantía de la ayuda será de 10.000 euros y en el caso de personas desempleadas en situación de exclusión social la cuantía será de 8.000 euros, siempre que en ambos casos la incorporación sea a jornada completa.
    • Programa II. – El importe de la subvención se determinará mediante la aplicación de criterios objetivos recogidos en la orden de convocatoria, sin que pueda rebasarse el 50 por ciento del coste de adquisición de activos, excluidos impuestos.
  • PLAZO: Desde el 13 de junio de 2020 hasta el 10 de julio de 2020.

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SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN DE COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES (2020).

  • OBJETO: Apoyar el desarrollo de proyectos de creación y consolidación de este tipo de empresas de la economía social mediante una mejora de la competitividad a través de la financiación de proyectos de inversión. Podrán ser objeto de subvención las inversiones en instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, mobiliario, equipos para proceso de información, así como los activos inmateriales vinculados con las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, debiendo ser realizadas por cooperativas o sociedades laborales, con socios/as trabajadores/as o de trabajo, y resultar necesarias para su puesta en funcionamiento o ampliación. La aportación del beneficiario a la financiación de las inversiones debe ser como mínimo del 25 %. Los bienes adquiridos sólo podrán utilizarse por el personal de la entidad para la realización de las actividades que justificaron la concesión de la subvención y deberán encontrarse en los centros de trabajo o instalaciones de la entidad.
  • BENEFICIARIOS/AS: Cooperativas y sociedades laborales con ánimo de lucro y domicilio social en Castilla y León.
  • CUANTÍA: El importe de la subvención se determinará mediante la aplicación de criterios objetivos recogidos en la Orden de convocatoria, sin que pueda rebasarse el 50% del coste de adquisición de activos, excluidos impuestos.
  • PLAZO: Desde el 13 de junio de 2020 hasta el 15 de julio de 2020.

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JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN.

  • OBJETO: Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, 120 ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación por las Universidades Públicas de Castilla y León, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil, en las dos modalidades siguientes:
    • a) Tipo A: 46 ayudas a conceder a titulados/as en formación profesional.
    • b) Tipo B: 74 ayudas a conceder a titulados/as universitarios/as. Estas ayudas subvencionarán los gastos que generen los contratos, incluyendo los salarios y las cuotas de la Seguridad Social.
  • BENEFICIARIOS/AS: Jóvenes, que, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los requisitos.
  • CUANTÍA: La ayuda máxima por año completo para cada uno de los contratos que se formalicen será de 18.500 €, con independencia de la modalidad de puesto.
  • PLAZO: Hasta el 3 de julio de 2020.

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA.

CONVOCATORIA 2020 DE AYUDAS A PYMES Y AUTÓNOMOS DEL MEDIO RURAL ABULENSE, PARA MEJORAR SU LIQUIDEZ, SUBVENCIONANDO LOS INTERESES DERIVADOS DE OPERACIONES DE CRÉDITO INTEGRADOS EN LA LÍNEA DE AVALES ICO-COVID-19.

  • Objeto: ayuda económica para hacer frente a los intereses que se deriven de las operaciones de crédito integradas en la línea de avales ICO-COVID-19.
  • Beneficiarios/as: podrán ser beneficiarios/as de esta convocatoria:
    • Las PYMES que tengan su centro de trabajo en municipios de menos de 10.000 habitantes del medio rural de la provincia de Ávila y que así lo acrediten.
    • Los/as Autónomos/as que tengan su centro de trabajo en municipios de menos de 10.000 habitantes del medio rural de la provincia de Ávila y que así lo acrediten.
  • Gastos subvencionables: Los gastos subvencionables atenderán:
    • El tipo de interés nominal (TAE) subvencionable será de un máximo del 2,5 %
    • El interés subvencionado se realizará sobre un importe máximo de 15.000€ de capital, independientemente de que el préstamo solicitado sea mayor.
  • Cuantía de la subvención:La cuantía máxima de la subvención se corresponderá con los intereses a liquidar a través del préstamo a la entidad financiera en el período comprendido entre el 18 de marzo al 31 de diciembre de 2020.
  • Plazo de presentación: 30 de septiembre de 2020.

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BASES REGULADORAS CONVOCATORIA DE LINEAS DE AYUDAS A LA INVERSIÓN DESTINADAS AL MANTENIMIENTO DEL TEJIDO INDUSTRIAL, A PROYECTOS E INVERSIONES EN SECTORES QUE REPRESENTEN OPORTUNIDADES PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA PROVINCIA DE ÁVILA Y A LAS ADAPTACIONES REALIZADAS COMO CONSECUENCIA DE LA CRISIS SANITARIA COVID-19. (ANUALIDAD 2020).

  • Objeto: Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la línea de ayudas a la inversión destinada al mantenimiento del tejido industrial, a proyectos e inversiones en sectores que representen oportunidades para el desarrollo económico de la provincia de Ávila y a las adaptaciones realizadas como  consecuencia de la crisis sanitaria covid-19.
  • Finalidad de la convocatoria: Constituye la finalidad de esta subvención apoyar las inversiones del tejido industrial de la provincia de Ávila, que:
    • Faciliten la creación de nuevas empresas y la consolidación de actividades empresariales ya existentes, en el medio rural de la provincia de Ávila.
    • Contribuyan a la adaptación del tejido industrial de la provincia de Ávila a las nuevas medidas laborales de seguridad y prevención en el trabajo derivadas de la crisis sanitaria covid-19.
  • Beneficiarios/as: cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que cumpla las condiciones para ser considerada como Pyme, y cuyo domicilio social y fiscal se encuentre en la provincia de Ávila, en municipios de menos de 20.000 habitantes, Asimismo, podrán ser beneficiarios/as, en las mismas condiciones, las comunidades de bienes que cumplan las condiciones para ser consideradas como Pyme.
  • Cuantía: El importe máximo de la subvención a percibir por solicitante 10.000 euros. Las inversiones realizadas y objeto de subvención no podrán ser inferiores a 1.000 €.
  • Presentación de las solicitudes y plazos: La presentación de la documentación que tengan que aportar los interesados se realizará a través de la sede electrónica de la Diputación de Ávila en la siguiente dirección: https://www.diputacionavila.es/sede-electronica/ El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

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CONSEJERÍA DE EMPLEO E INDUSTRIA. JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.

SUBVENCIONES DE APOYO A LAS PYMES COMERCIALES AFECTADAS POR LAS MEDIDAS DE GESTIÓN DE LA CRISIS DEL COVID-19

  • Objeto: Financiación de proyectos de inversión dirigidos a la digitalización de los establecimientos comerciales minoristas de la Comunidad, a su adaptación ante la situación de emergencia derivada del COVID-19 y a garantizar el abastecimiento de productos de carácter cotidiano en su medio rural, de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases y en la presente convocatoria. A los efectos de las presentes subvenciones se entiende por abastecimiento de productos de carácter cotidiano la venta de alimentación, droguería y perfumería.
  • Beneficiarios/as: Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, afectadas por las medidas de gestión de la crisis del COVID-19 y que cumplan los requisitos establecidos en la Normativa correspondiente.
  • Importe: La cuantía por cada establecimiento comercial será de un 50% del presupuesto aceptado. En el supuesto de proyectos ejecutados en, o vinculados a, establecimientos comerciales ubicados en un municipio con población inferior a 5.000 h. de un 60% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:
    • No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 1.000 €.
    • El presupuesto máximo aceptado por cada establecimiento para el que se solicite será:
      • Para la adquisición de vehículos de 15.000 €.
      • Para el resto de gastos en su conjunto de 10.000 €.
  • Plazo: Desde el 19 de mayo hasta 2 de noviembre de 2020.

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SUBVENCIONES PÚBLICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL FRENTE A RIESGOS BIOLÓGICOS Y LA ASISTENCIA PARA LABORES DE DESINFECCIÓN Y LA EVALUACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE PUEDAN SER POBLACIÓN DE RIESGO FRENTE AL COVID-19 (2020)

  • Objeto: La financiación de acciones destinadas de una parte, a la adquisición de equipos de protección individual frente a riesgos biológicos, asistencia externa para labores de desinfección de los equipos, instalaciones y personas, exclusivamente en respuesta a la situación de contingencia, y la asistencia de un servicio de prevención ajeno para la evaluación de los puestos de trabajo que puedan ser población de riesgo frente al COVID-19.
  • Beneficiarios/as: Las personas, físicas o jurídicas, privadas con ánimo de lucro, agrupaciones de ambas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
  • Importe: La cuantía de la subvención será del 80 % respecto del gasto subvencionable, no pudiendo en ningún caso superar los 2.000 euros por beneficiario.
  • Plazo: Desde el 20 de mayo de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020.

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS Y ASOCIACIONES CON MARCAS DE GARANTÍA O MARCAS COLECTIVAS CON SEDE EN LA PROVINCIA DE ÁVILA QUE PROMUEVAN EL RECONOCIMIENTO DE UNA FIGURA DE CALIDAD AGROALIMENTARIA

Objeto: Fomento de la producción y comercialización de productos agrícolas y alimenticios de calidad de la provincia de Ávila, incentivar la mejora de los mismos, haciendo cada vez más hincapié en la calidad, aumentando así el valor de la producción agrícola y facilitando el ajuste de la demanda a los gustos del consumidor, fomentando a su vez la confianza de los consumidores en la producción agraria de calidad, así como la inducción a los agentes económicos y consumidores a comprar el producto de que se trate.

Beneficiarios/as: los órganos de gestión de las Indicaciones Geográficas Protegidas de productos agrícolas y alimenticios de la provincia de Ávila y las Asociaciones que tengan registrado en la Oficina Española de Patentes y Marcas el registro de una Marca de Garantía o Marca Colectiva de productos agrícolas o alimenticios de la provincia de Ávila.

Actuación: Actividades relacionados con la gestión y mejora de la actividad de la entidad.

Cuantía: 15.000,00 €.

Plazo de presentación: hasta el 27 de mayo de 2020

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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

ORDEN AGR/351/2020, DE 22 DE ABRIL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN AYG/636/2018, DE 15 DE JUNIO, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A PRÉSTAMOS GARANTIZADOS POR EL INSTRUMENTO FINANCIERO DE GESTIÓN CENTRALIZADA FEADER 2014-2020, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA Y LEÓN 2014-2020, COFINANCIADO POR EL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL (FEADER).

Objeto: La presente orden tiene por objeto regular el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la suscripción de préstamos garantizados por el instrumento financiero de gestión centralizada FEADER 2014-2020, en adelante instrumento financiero, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, en adelante PDR CyL 2014-2020.

Finalidad de los préstamos garantizados:

  1. Los préstamos a que se refiere esta orden estarán destinados a apoyar proyectos en el marco de las siguientes medidas del PDR CyL 2014-2020:
    • Inversiones en explotaciones agrícolas (Medida 4.1).
    • Inversiones en transformación/comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas (Medida 4.2).
    • Creación de empresas por jóvenes agricultores (Medida 6.1).
    • Inversiones en tecnologías forestales y en transformaciones, movilización y comercialización de productos forestales (Medida 8.6).
    • Capital circulante para explotaciones agrícolas, cooperativas agrarias y otras entidades asociativas agrarias, industrias agrolimentarias y forestales, en el marco de las medidas excepcionales en respuesta al brote de COVID-19, que se solicite hasta el 31 de diciembre de 2020.
  1. Asimismo, en el marco de las medidas 4.2 y 8.6, se podrá solicitar el reconocimiento de derecho a préstamo para proyectos de la metodología LEADER, que fueran elegibles en las medidas anteriores, en los mismos términos establecidos para dichas medidas en el Anexo II de la Orden.

Beneficiarios/as: personas físicas y jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que cumplan los requisitos establecidos en los Anexos I, II y III de la orden correspondiente.

Para la medida excepcional en respuesta al brote de COVID-19 (Capital circulante), se consideran interesadas en el procedimiento regulado en esta orden, todas las personas físicas y jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica (sociedades civiles sin personalidad jurídica, comunidades de bienes y entidades de titularidad compartida) que cumplan la condición de pequeña y mediana empresa (PYME).

En el caso de que se solicite préstamo para inversión y capital circulante: se deberán formalizar dos préstamos cuando se cumplan las siguientes condiciones simultáneamente:

  • El importe de capital circulante por el que se va a solicitar préstamo es mayor del 70% de la suma del importe del préstamo de la inversión más el capital circulante.
  • El importe de capital circulante por el que se va a solicitar préstamo es mayor de 100.000 euros.
  • La duración del préstamo previsto es mayor de 5 años.

En cualquier caso, cuando el importe de capital circulante por el que se va a pedir préstamo, supere los 200.000 euros se deberán formalizar dos préstamos.

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AYUNTAMIENTO DE MOMBELTRÁN

AYUDAS PARA AUTONOMOS Y PYMES

Por Resolución de la Alcaldía, de fecha 17 de abril de 2020, se aprueba la Convocatoria de Subvenciones destinadas a pymes y autónomos del municipio de Mombeltrán afectados por la crisis del COVID-19 y la declaración del estado de alarma.

  1. Objeto: Subvenciones para autónomos de determinados sectores de actividad del municipio de Mombeltrán afectados por la crisis originada por el COVID-19.
  2. Plazo: El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de la provincia de Ávila.
  3. Importe: Importe total de la convocatoria: 20.000,00 € (veinte mil euros) Importe individual: 1. Afectados por cierre actividad: 400,00 €. 2. Afectados por disminución de al menos 50 % ingresos respecto últimos 6 meses: 200,00 €.
  4. Beneficiarias: Empresarios autónomos afectados por la crisis producida por el COVID-19
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.

DECRETO/LEY 2/2020, DE 16 DE ABRIL DE MEDIDAS URGENTES Y EXTRAORDINARIAS PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS Y EMPRESAS DE CASTILLA Y LEÓN FRENTE AL IMPACTO SOCIAL Y ECONÓMICO DEL COVID-19

El 18 de abril de este año se ha publicado el Decreto-ley 2/2020, de 16 de abril de medidas urgentes y extraordinarias para la protección de las personas y empresas de Castilla y León frente al impacto social y económico del COVID 19. En el texto se implementan la mayoría de las líneas de ayudas a trabajadores, autónomos y compañías incluidas en el plan de choque afectado por el Consejo del Diálogo Social, así como las específicamente diseñadas para la industria cultural y el turismo. Algunas de estas ayudas son las que se detallan a continuación:

 

  1. Apoyo a los/as autónomos/as establecidos/as en Castilla y León, con o sin empleados/as a su cargo, y cuyos negocios, sin haber cesado en su actividad, se hayan visto afectados/as por las medidas adoptadas frente al COVID 19:
    • Las ayudas y subvenciones irán destinadas a financiar los gastos derivados de los créditos que hayan sido suscritos con entidades financieras o puedan ser suscritos a lo largo de los 6 meses siguientes a la entrada en vigor del decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19.
    • Estas ayudas y subvenciones serán tramitadas bien por la Consejería de Economía y Hacienda o por alguna de las entidades públicas dependientes de la misma en los plazos y de acuerdo con el procedimiento que se detallará en las correspondientes bases reguladoras.
  2. Ayudas para promover durante 6 meses la extensión de la reducción de las cuotas de la Seguridad Social para consolidación del trabajo autónomo para los que hayan acabado la reducción de las cuotas o la extensión de las mismas en las fechas próximas al inicio o finalización de la declaración del estado de alarma declarada como consecuencia del COVID 19.
    • Las solicitudes de los/as interesados/as se presentarán en el plazo que se determine en la convocatoria y en función de las correspondientes bases reguladoras.
  3. Ayudas para la reincorporación de los/as autónomos/as que hayan cesado su actividad por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19. (Programa REINCORPÓRATE):
    • La cuantía de la ayuda será del 40% de la cuota de cotización a la Seguridad Social sobre la base mínima de cotización correspondiente, durante los tres primeros meses de la reincorporación.
    • Las solicitudes se presentarán en el plazo que se determine en la convocatoria y en función de las correspondientes bases reguladoras.
    • La resolución de las solicitudes será por el orden de presentación mientras exista crédito adecuado y suficiente para atender la correspondiente solicitud
  4. Subvenciones para generar nuevas oportunidades de emprendimiento para aquellas personas trabajadoras que pierdan su empleo durante la crisis y decidan emprender una nueva actividad por cuenta propia:
    • Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas las personas físicas que inicien una nueva actividad económica por cuenta propia y mantengan dicha actividad al menos 12 meses. Las subvenciones serán de la siguiente cuantía:
      • Por inicio de actividad: 5.000€.
      • Por contratación de servicios externos para el desarrollo de su actividad relacionados con la digitalización y /o el teletrabajo: hasta 3.000€
      • Por formación en teletrabajo, nuevas tecnologías y venta online: hasta 2.000€.
    • Estas subvenciones serán tramitadas y resueltas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León en los plazos y de acuerdo con el procedimiento que se detallarán en las correspondientes bases reguladoras.
  5.  Ayudas a autónomos/as que hayan cesado en la actividad por cuenta propia y no perciban prestación ni subsidio por desempleo o cese de actividad (Programa Personal de Integración y Empleo)
    • Los/as beneficiarios/as han de haber cotizado al menos entre 90 y 359 días.
    • La cuantía de la ayuda es del 80% del IPREM.
    • La duración de la ayuda es proporcional al tiempo trabajado.
    • Estas ayudas serán tramitadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León en los plazos y de acuerdo con el procedimiento previsto que se detallan en las correspondientes bases reguladoras. 
  6. Subvenciones a empresas para la contratación de trabajadores/as desempleados/as
    • Las subvenciones previstas en este artículo irán destinadas a prestar apoyo económico a las empresas que contraten a las personas trabajadoras inscritas como desempleadas no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León durante el período de duración del estado de alarma decretado en España por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
    • Podrán ser beneficiarios/as de estas subvenciones los trabajadores por cuenta propia y las empresas que tengan menos de 250 personas trabajadoras en situación de alta en Seguridad Social en la fecha de inicio del contrato subvencionable y contraten a los/as trabajadores/as desempleados/as destinatarios/as de las ayudas, y, además, cumplan los siguientes requisitos:
      1. Que la contratación sea indefinida ordinaria a tiempo completo y se mantenga durante al menos 2 años desde la fecha de inicio.
      2. Que mantengan el nivel de empleo de la empresa beneficiaria al menos 6 meses desde la fecha de inicio del contrato subvencionable.
    • La cuantía de la subvención será de 10.000 € por trabajador/a contratado/a a tiempo completo.
    • Estas subvenciones serán tramitadas y resueltas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León en los plazos y de acuerdo con el procedimiento que se detallarán en las correspondientes bases reguladoras
  7. Acceso preferente, en las ayudas a la inversión en la industria agroalimentaria, de todas las empresas afectadas en sus plantillas por el COVID-19
    • El objetivo de este acceso preferente es apoyar las inversiones productivas para la transformación, desarrollo y comercialización de la producción agroalimentaria.
    • Serán beneficiarias de estas medidas las empresas de transformación y comercialización de los productos agrarios y de la alimentación que se comprometan a mantener el volumen de empleo que mantenían con anterioridad a la declaración del estado de alarma.
    • Cuantía de las ayudas:
      • Proyectos de hasta 2.000.000 €: La ayuda máxima será de 640.000 €.
      • Proyectos de más de 2.000.000 €: La ayuda máxima será de 1.100.000 €, pudiendo alcanzar los 3.000.000 € en los casos de reincorporación de trabajadores afectados por ERTE por fuerza mayor.
    • La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, de acuerdo con los procedimientos previstos en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, adaptará los criterios de selección de operaciones, las bases reguladoras, las convocatorias y los plazos para priorizar las ayudas

Más información (BOCYL)

Más información (Anuncio)

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA. JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.

PROGRAMA ADE RURAL

El objetivo de este Programa es la atención y seguimiento a las consultas y proyectos planteados por emprendedores y/o empresas, con la finalidad de ayudar a que éstos implanten su idea de negocio y/o materialicen sus inversiones en el ámbito rural de Castilla y León.

Disponen de microcréditos y apoyo financiero para inversión empresarial. Además, realizan asesoramiento a través de las oficinas comarcales (SAC) de la Consejería.

Más información

SUBVENCIONES A LA TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS AGRARIOS, SILVÍCOLAS Y DE LA ALIMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA Y LEÓN 2014-2020 COFINANCIADO POR EL FEADER

Se busca apoyar a las inversiones destinadas a alguno de los siguientes fines:

  • Transformación y/o comercialización de productos agrícolas
  • Otras transformaciones agrícolas
  • Inversiones de uso polivalente destinadas a la transformación y/o comercialización de productos agrícolas, como a otras transformaciones agrícolas

Plazo: presentación de solicitudes hasta el 20 de diciembre de 2018

Más información

AYUDAS PARA PROMOVER Y FOMENTAR LAS FUSIONES E INTEGRACIONES EN EL COOPERATIVISMO AGRARIO Y AGROALIMENTARIO (2018)

El objeto de estas ayudas es facilitar los procesos de la fusión e integración de sociedades cooperativas del ámbito agroalimentario y de explotación comunitaria de la tierra y del ganado de Castilla y León, que les permitan mejorar su estrategia empresarial y la gestión de sus recursos, dotándose de una dimensión que les permita competir en los mercados.

Dirigidas a Cooperativas agroalimentarias y de explotación comunitaria de la tierra y del ganado de Castilla y León, y cooperativas integradoras, que cumplan los requisitos.

Plazo: presentación de solicitudes hasta 19 de noviembre de 2018

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JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Subvenciones para el establecimiento de la organización preventiva de emprendedores 85% del servicio de prevención, máximo 1.000€ (personas emprendedoras que se hayan dado de alta en los 2 años anteriores) Plazo abierto hasta 1 Sep. 2018.

Subvenciones Pago de cuotas de la Seguridad Social a trabajadores beneficiarios de la prestación por desempleo en la modalidad de pago único 50% cuota de la Seguridad Social trabajadores por cuenta propia y 100% por cuenta ajena BOCYL 29/12/2017 11/05/2018 y 31/08/2018.

Programa II: Fomento de la contratación indefinida del primer trabajador por parte de trabajadores por cuenta propia.

  • FECHA DE PUBLICACIÓN: 1 de junio de 2018.
  • OBJETO: Fomentar la contratación indefinida ordinaria del primer trabajador por parte de los trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas) establecidos en Castilla y León.
  • Más información

Concesión de las ayudas para la Mejora de la Producción y Comercialización de la Miel. Consejería de Agricultura y Ganadería. Junta de Castilla y León.

ORDEN AYG/550/2018, de 22 de mayo

Líneas subvencionables:

Tendrán la consideración de subvencionables aquellas actividades o inversiones encaminadas a:

  • LÍNEA A: Información y Asistencia técnica apícola a los apicultores y organización de apicultores.
  • LÍNEA B: Lucha contra los agresores y enfermedades de la colmena, preferentemente contra la varroosis.
  • LÍNEA C: Racionalización de la trashumancia.
  • LÍNEA D: Medidas de apoyo para el análisis de la miel.
  • LÍNEA E: Medidas de apoyo a la repoblación de la cabaña apícola.
  • LÍNEA H: Mejora de la calidad de los productos apícolas.

Más información

Subvenciones destinadas a financiar Proyectos Empresariales dirigidos a favorecer la incorporación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en las PYMES de Castilla y León. Consejería de Economía y Hacienda.

ORDEN EYH/655/2018, de 7 de junio

Más información

BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A PROMOVER LA AFILIACIÓN DE MUJERES DEL MEDIO RURAL EN RETA A TRAVÉS DEL SE TCPA

ORDEN EMP/713/2018, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden EMP/382/2016, de 4 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a promover la afiliación de las mujeres del medio rural en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.

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BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A PROMOVER LA AFILIACIÓN EN EL RETA DE LOS MUNICIPIOS MINEROS DE LEÓN Y PALENCIA

ORDEN EMP/714/2018, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden EMP/816/2015, de 29 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a promover la afiliación en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de los habitantes de municipios mineros de León y Palencia muy afectados por la reestructuración de la minería del carbón.

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JUVENTUD CYL

Microcréditos para el emprendimiento: jóvenes menores de 35 años. Autoempleo o autónomos 60.000€ renta anual máx. Hasta 25.000€ (95%inversión) 6,25% interés. 72 cuotas máximo.

Más información

 

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN (ECYL)

SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS POR CUENTA PROPIA

EXTRACTO de la Resolución de 20 de abril de 2018, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia, en la Comunidad de Castilla y León para el año 2018.

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SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR EL AUTOEMPLEO DE LOS JÓVENES INCLUIDOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL

EXTRACTO de la Resolución de 20 de abril de 2018, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar el autoempleo de los jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en la Comunidad de Castilla y León para el año 2018.

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SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE POR CUENTA AJENA, PARA EL AÑO 2018

Extracto de la resolución de 16 de mayo de 2018, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones, cofinanciadas por el fondo social europeo, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena, para el año 2018

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SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2018 DIRIGIDAS AL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE POR CUENTA AJENA DE PERSONAS CUYA SITUACIÓN DE DESEMPLEO PROVENGA DE DESPIDOS COLECTIVOS

Extracto de la resolución de 16 de mayo de 2018, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones para el año 2018 dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena de personas
cuya situación de desempleo provenga de despidos colectivos producidos en la Comunidad de Castilla y León.

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SUBVENCIONES DIRIGIDAS A FOMENTAR LA CONTRATACIÓN TEMPORAL Y LA AMPLIACIÓN DE LA JORNADA EN EL SECTOR DE AYUDA A DOMICILIO

Extracto de la resolución de 16 de mayo de 2018, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones dirigidas a fomentar la contratación temporal y la ampliación de la jornada en el sector de ayuda a domicilio, para el año 2018.

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ADE FINANCIA (Iberaval)

Microcréditos ICE Emprendedores (ámbito rural y urbano) Inicio de actividad después de 01/01/2017. De 6.000-50.000€, Inversión y circulante. Amortización12- 72 meses, carencia, garantía personal. Eur+3% máximo. Bonificación máx.2%.

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CÁMARA DE COMERCIO (Burgos)

600€ para jóvenes del Sistema de Garantía Juvenil, que hayan recibido orientación del plan PICE.

Plazo de finalización: 31/12/2018

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CÁMARA DE COMERCIO (Valladolid)

CONVOCATORIA XPANDE PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA EXPANSIÓN INTERNACIONAL DE LAS PYME, A TRAVÉS DE PLANES DE INTERNACIONALIZACIÓN, ASÍ COMO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID

5.320€ fase de asesoramiento y 4.500€ de ayuda, empresas de municipios de menos de 20.000 habitantes (BOP 28/05/2018 31/08/2018)

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CONVOCATORIA XPANDE DIGITAL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA INTERNACIONALIZACIÓN A TRAVÉS DE PLANES DE ACCIÓN EN MARKETING DIGITAL INTERNACIONAL, ASÍ COMO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID

2.700€ fase de asesoramiento y 2.000€ de ayuda, empresas de municipios de menos de 20.000 habitantes (BOP 28/05/2018, 31/08/2018)

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GENERALITAT VALENCIANA

SUBVENCIONES\FOMENTO DEL EMPLEO FOMENTO DEL EMPLEO DIRIGIDO AL EMPRENDIMIENTO. AYUDAS A PERSONAS DESEMPLEADAS QUE ACCEDAN A SU EMPLEO A TRAVÉS DE LA CREACIÓN DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL COMO PERSONAL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN PROYECTOS INNOVADORES.

  • Objeto de la ayuda: Establecer para el año 2018 subvenciones en concepto de renta de subsistencia a las personas desempleadas que acceden a su empleo a través de actividad empresarial independiente, mediante su establecimiento como personal autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores.
  • Destinatari@s: Las personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente Centro Servef, Que hayan iniciado la actividad autónoma a partir del 1 de enero de 2018 hasta el 1 de octubre de 2018.
  • Más información

Ayuda destinada al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, por el que se otorga una subvención por la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción.

AYUDAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA NUEVA COOPERATIVA O SOCIEDAD LABORAL PARA EL EJERCICIO 2018. ECONOMÍA SOCIAL.

  • Objeto de la ayuda: La concesión de subvenciones destinadas a la constitución de una nueva cooperativa o sociedad laboral, siempre que cuente, al menos con dos personas socias trabajadoras o de trabajo efectivamente incorporadas a la misma.
  • Destinatari@s: Las nuevas cooperativas o sociedades laborales constituidas durante el segundo semestre del año 2017, o en el año 2018 con anterioridad a la presentación de la correspondiente solicitud, siempre que, en la fecha de la solicitud, se mantenga en activo efectivamente incorporadas a la prestación laboral al menos a dos personas socias trabajadoras o de trabajo.
  • Plazo: Hasta el 13/07/2018
  • Más información

AYUDAS PARA LA INCORPORACIÓN DE DESEMPLEADOS COMO SOCIOS TRABAJADORES O SOCIOS DE TRABAJO A COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES PARA EL EJERCICIO 2018. ECONOMÍA SOCIAL.

  • Objeto de la ayuda: La concesión de subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación, con carácter indefinido y en centros de trabajo ubicados en el territorio de la Comunitat Valenciana, como socios trabajadores o de trabajo, en cooperativas y sociedades laborales, preexistentes o de nueva constitución, de desempleados y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios.
  • Destinatari@s: Cooperativas y sociedades laborales, preexistentes o de nueva constitución, para la actuación de incorporación, con carácter indefinido y en centros de trabajo ubicados en el territorio de la Comunitat Valenciana, como socios trabajadores o socios de trabajo, de desempleados o de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integren como socios, siempre que cumplan los requisitos.
  • Plazo: Hasta el 24/08/2018
  • Más información
SECRETARÍA GENERAL DE CULTURA

DECIMOQUINTA EDICIÓN DE LOS PREMIOS NACIONALES DE ARTESANÍA

Objetivo: Apoyar, fomentar y promocionar la creatividad artística en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el campo de la creación contemporánea, dentro del ámbito de las Artes Visuales, contribuyendo así al desarrollo cultural de la región.

Beneficiarios/as: AUTONOMO/A

Plazo de solicitud: Del 20/06/2022 al 15/07/2022

Cuantía:

  1. Gastos de creación y difusión artística directamente relacionados con la actividad subvencionada. Como los gastos generales (alquiler, personal, mensajería, material de carácter no permanente, etc.) directamente vinculados a la actividad subvencionada.
  2. La publicidad contratada, en su caso, para la difusión del proyecto.
  3. Los tributos serán subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
  4. Los costes indirectos habrán de imputarse por el beneficiario al proyecto o la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al periodo en que efectivamente se realiza el proyecto o la actividad. El importe máximo de estos costes en ningún caso superará el 5 % de la ayuda concedida.

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DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESA

AYUDAS PARA FAVORECER EL RETORNO DE EXTREMEÑOS EN EL EXTERIOR

Objetivo: Becas para facilitar el retorno de extremeños que, o bien se encuentren actualmente fuera de la región, o bien han regresado a Extremadura recientemente, posibilitando su asentamiento en la misma a través de la creación de una empresa.

Beneficiarios/as: Jóvenes de 14 a 40 años.

Plazo de solicitud: del 20/05/2022 al 19/07/2022

Cuantía: 5.600 €

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MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

DECIMOQUINTA EDICIÓN DE LOS PREMIOS NACIONALES DE ARTESANÍA 

Objetivo:  prestigiar la artesanía, presentándola en un entorno de calidad y excelencia; reconocer los méritos de aquellos profesionales y empresas artesanas que destaquen por su creatividad, responsabilidad social y medioambiental, adaptación al mercado y capacidad de innovación, conservando al mismo tiempo las características específicas que las definen como tales; y reconocer la labor de las instituciones, organismos y empresas cuyas actuaciones hayan contribuido a alcanzar los objetivos que se persiguen con la constitución de dichos premios.

Beneficiarios/as: Premio Nacional de Artesanía y Premio Producto: podrán ser propuestas en esta categoría las personas físicas o jurídicas que actúen en España, cuya actividad esté dedicada a la producción artesana de objetos, ya sean éstos de carácter utilitario, decorativo o artístico, de acuerdo con la definición de artesanía contemplada en la correspondiente ley de la comunidad autónoma donde se desarrolle.

  • Premio al Emprendimiento: podrán ser propuestas en esta categoría las personas físicas o jurídicas que actúen en España, cuya actividad económica en el sector de la artesanía tenga un recorrido formal inferior a cinco años desde la fecha de la convocatoria, y esté dedicada a la producción artesana de objetos, ya sean éstos de carácter utilitario, decorativo o artístico, de acuerdo con la definición de artesanía contemplada en la correspondiente ley de la comunidad autónoma donde se desarrolle.
  • Premio Promociona Sector Privado: podrán ser propuestas en esta categoría las personas físicas o jurídicas privadas, que actúen en España, que hayan contribuido de modo significativo a la promoción de la artesanía.
  • Premio Promociona Sector Público: podrán ser propuestas en esta categoría las entidades u organismos públicos, que actúen en España, que hayan contribuido de modo significativo a la promoción de la artesanía.

Plazo de solicitud: 22 de julio de 2022

Cuantía:

  • Premio Nacional de Artesanía al conjunto de una obra consolidada, con una dotación de 7.000 EUR.
  • Premio Producto, para aquellos productos o colecciones realizados y comercializados en los dos años anteriores a la convocatoria, dotado con 3.000 €.
  • Premio al Emprendimiento, que reconoce a la persona emprendedora o empresa emprendedora que haya destacado por la introducción de nuevos conceptos en el sector, así como su capacidad de aportar soluciones novedosas, dotado con 3.000 €.
  • Premio Promociona en sus dos vertientes, para entidades públicas y para entidades privadas, para instituciones que contribuyan de manera significativa a la promoción y puesta en valor de la artesanía, dotado con 3.000 €.

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RED RURAL NACIONAL

JUVENTUD ENREDADA

Objetivo: Visibilizar iniciativas y asociaciones de jóvenes llevadas a cabo en el medio rural para motivar el asociacionismo y la participación juvenil en proyectos que repercutan favorablemente sobre las comunidades del medio rural.

Beneficiarios/as: Jóvenes de 14 a 40 años.

Plazo de solicitud: del 15/06/2022 al 18/07/2022

Cuantía: Los resultados de la primera fase con los 5 proyectos semifinalistas serán difundidos a través de las herramientas de comunicación de la Red Rural Nacional, así como los resultados de la segunda fase, que además serán difundidos en la VI Feria Nacional para la Repoblación de la España Rural (PRESURA 2022), donde la RRN contará con un espacio propio.

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INJUVE

CONVOCATORIA CERTAMEN NACIONAL DE JÓVENES EMPRENDEDORES 2022

Objetivo: Apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las solicitudes, con independencia del sector en el que se promuevan. Para ello, a los diez primeros seleccionados les será concedida una ayuda económica que les facilite la consolidación del proyecto de empresa promovido por cada uno de ellos.

Beneficiarios/as: Mujeres y hombres menores de 35 años

Plazo de solicitud: 1 del 5 de junio al 12 de julio

Cuantía: 20.000 euros.

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UPA Y SYNGENTA

PREMIOS SOSTENIBLES POR NATURALEZA 2022

Objetivo: Premiar iniciativas que demuestren una mejora de la sostenibilidad en la explotación agrícola en sus tres pilares: ambiental, económico y social.

Beneficiarios/as: Agricultores/as y ganaderos/as de todo el Estado español.

Plazo de solicitud:  15/07/2022

Cuantía: El premio será de 2.000 euros por categoría. (Retribución que tendrá la consideración fiscal de rendimiento de la actividad agraria no exento en el IRPF y estará sujeta a retención del 2% en modelo 190: clave H-01)

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ESCUELA DE ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL

PREMIOS SOSTENIBLES POR NATURALEZA 2022

Objetivo: impulso de la innovación abierta, a través de casos de éxito de colaboración empresa y startup, que ayuden al crecimiento y transformación digital de las empresas vinculadas a cualquier sector mediante el trabajo de resolución de los retos de innovación.

Beneficiarios/as: PYME

Plazo de solicitud: del 21/06/2022 al 21/07/2022

Cuantía: La intensidad de la ayuda concedida será del 100% del importe bruto de los costes subvencionables del proyecto hasta una cuantía máxima de 40.000 €. La financiación de dichas ayudas se aplicará a los gastos de contratación de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación en la medida en que estén dedicados al proyecto de innovación abierta del programa Activa Startups. Sólo podrán considerarse financiables aquellos conceptos que correspondan a la naturaleza de la actividad a financiar y resulten estrictamente necesarios, con base en la descripción de las actuaciones aportada en la memoria de solicitud.

El gasto para esta convocatoria es de un máximo de 480.000 € que será aportado por la Fundación EOI con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, integrándose en la inversión 2, «Crecimiento», del Componente 13, Impulso a la pyme.

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SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO

NUEVOS PROYECTOS TERRITORIALES PARA EL REEQUILIBRIO Y LA EQUIDAD. EMPRENDIMIENTO Y MICROEMPRESAS”, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA.

Objetivo: Realización de iniciativas que promuevan la evaluación de las capacidades y oportunidades de mantenimiento e incremento del empleo de pymes, microempresas y personas trabajadores autónomas, así como de empresas de emprendimiento colectivo, mediante su colaboración en la realización de evaluaciones de la gestión del empleo o de planes estratégicos de crecimiento para facilitar la transición productiva de su actividad hacia la economía verde y digital.

Beneficiarios/as:

  • Sublínea 2.1: microempresas privadas y personas trabajadoras autónomas.
  • Sublínea 2.2: Las cooperativas y sociedades laborales

Plazo de solicitud: Apertura: 1 de marzo de 2022 Cierre: 28 de febrero de 2023

Cuantía:  4.145 euros

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DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESA

AYUDAS DESTINADAS A PROMOVER LA CONTINUIDAD DE LAS PYMES DE EXTREMADURA

Objetivo: Favorecer la continuidad de las Pymes extremeñas a través de la planificación del relevo empresarial, bien mediante la elaboración del protocolo de empresa familiar y de un plan de continuidad, o a través de la elaboración de un plan de relevo externo, cuando el relevo se pretenda realizar a trabajadores de la empresa.

Beneficiarios/as:  Autónomo/a, Cooperativa, Pyme

Plazo de solicitud: Apertura: 13/05/2022 y Cierre: 13/06/2022

Cuantía:  Se subvencionará el 80 % de los gastos subvencionables, con los siguientes límites:

  • Para empresas con menos de 10 trabajadores, el gasto máximo subvencionable será de 6.000 €.
  • Para empresas con 10 trabajadores y menos de 50, el gasto máximo subvencionable será de 8.000 €.
  • Para empresas con 50 trabajadores o más, el gasto máximo subvencionable será de 10.000 €.

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INJUVE

AYUDAS INJUVE PARA LA CREACIÓN JOVEN

Objetivo: Bases reguladoras de la concesión de las Ayudas INJUVE para la Creación Joven, en adelante Ayudas, cuya finalidad es fomentar la actividad creadora e investigadora de los jóvenes, facilitar la promoción y la difusión de sus creaciones, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la ayuda a proyectos a desarrollar, con proyección supra autonómica, nacional o internacional.

Beneficiarios/as: Autónomo/a, pymes

Plazo de solicitud: apertura 08/04/2022 y cierre el 06/05/2022

Cuantía: La cuantía económica individualizada de cada una de las ayudas será la siguiente en función de la línea de actuación:

  • a) Producción de obra. Cuantía máxima: Cinco mil euros (5.000 €).
  • b) Movilidad de obra producida y/o creadores. Cuantía máxima: Cinco mil euros (5.000 €).
  • c)Investigación. Cuantía máxima: Tres mil euros (3.000 €).
  • d)Comisariado de proyectos para la Sala Amadís. Cuantía máxima: Siete mil euros (7.000 €).
  • e) Emprendimiento para la creación emergente. Cuantía máxima: Diez mil euros (10.000 €).

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DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

AYUDAS ESTATALES DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN DENTRO DEL PLAN DE IMPULSO DE LA SOSTENIBILIDAD Y COMPETITIVIDAD DE LA AGRICULTURA Y LA GANADERÍA (III) EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

Objetivo: La ejecución de proyectos de inversión dentro del plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación:

  • a) Actuación 1 – Mejora de la eficiencia energética en edificios, naves e instalaciones auxiliares de las explotaciones agrícolas y ganaderas. No se considerarán instalaciones auxiliares las relacionada con los equipos de bombeo y riego en la propia explotación.
  • b) Actuación 2 – Valorización energética de estiércoles y de biomasa agrícola.

1º Inversiones en plantas de biogás de pequeña capacidad.

2º Medidas en materia de gestión de biomasa agrícola con destino final energético.

3º Las ayudas se dirigirán a la adquisición de maquinaria, destinada al acopio y acondicionamiento de biomasa agrícola, así como a la construcción de centros logísticos e inversiones en estructuras de almacenamiento de la misma

Beneficiarios/as: Autónomo/a, cooperativa y pymes

Plazo de solicitud: hasta el 13/05/2022

Cuantía:  La intensidad máxima de las ayudas, para cada una de las actuaciones subvencionables, será la siguiente:

  • a) Para las inversiones correspondientes a la actuación 1 el 30% del coste elegible
  • b) Para las inversiones correspondientes a la actuación 2 el 45% del coste elegible

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SERVICIO DE FOMENTO DEL EMPLEO

AYUDAS CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES TITULADAS

Objeto: Programa de acompañamiento hacia el empleo estable de personas jóvenes tituladas de Extremadura. Ayudas destinadas a la contratación laboral de personas jóvenes, menores de 30 años, con titulación universitaria o de formación profesional, durante 6 meses. Estas personas deberán haber iniciado con anterioridad un itinerario personalizado de empleo en el SEXPE o entidades colaboradoras.

Beneficiarios/as: Empresas, personas trabajadoras autónomas, profesionales colegiados que, en su condición de empleadoras, realicen contrataciones conforme a lo establecido en la norma. Agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes

Cuantía:  1.500 euros contrataciones del grupo de cotización 1; 9.500 euros contrataciones del grupo de cotización 2; 8.650 euros para restantes grupos de cotización

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GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL

AYUDAS BAJO LA METODOLOGÍA LEADER, PERIODO DE PROGRAMACIÓN DE DESARROLLO RURAL 2014-2020

Objeto: es incentivar las actuaciones que fomenten el desarrollo local en el marco del PDR de Extremadura 2014- 2020 y que buscan fomentar la inversión, la diversificación económica y la creación de empresas y empleo, estimular la innovación y el desarrollo y transferencia de conocimientos.

Beneficiarios/as: Autónomo/a, Cooperativa, Organismos, Pyme

Plazo de solicitud: 25/10/2022

  • Cuantía: Se consideran proyectos subvencionables aquellos que obedezcan a la siguiente tipología:
    • Proyectos de nueva creación.
    • Proyectos de ampliación, modernización o mejora.
    • Proyectos de traslado
    • Ayudas: Inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.
    • Ayudas: Inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.

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SECRETARÍA GENERAL DE POBLACIÓN Y DESARROLLO RURAL

AYUDAS 2022 ENFOQUE LEADER A INVERSIONES EN LA CREACIÓN Y DESARROLLO DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES NO AGRÍCOLAS EN ZONAS RURALES (SUBMEDIDA 19.2.3 PDR), S/ VI CONVOCATORIA (PDR 2014-2020) G.A.L. ADESVAL.

Beneficiarios/as: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: Industria del papel, Industria del cuero y del calzado, OTROS SERVICIOS, Fabricación de material y equipo eléctrico, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados, Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p., Otras industrias manufactureras, HOSTELERÍA, Industria textil, Seguros, reaseguros y fondos de pensiones, excepto Seguridad Social obligatoria, Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos, Confección de prendas de vestir, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; REPARACIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR Y MOTOCICLETAS, CONSTRUCCIÓN, INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, Fabricación de muebles, Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo

Presupuesto total de la convocatoria: 500,000.00 €

Plazo: 16/07/2022

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SEXPE (SERVICIO DE ECONOMÍA SOCIAL Y AUTOEMPLEO). JUNTA DE EXTREMADURA.

NUEVOS PROYECTOS TERRITORIALES PARA EL REEQUILIBRIO Y LA EQUIDAD. EMPRENDIMIENTO Y MICROEMPRESAS”, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Objetivo: Mantenimiento del empleo y la colaboración en la realización de evaluaciones sobre las oportunidades de empleo, para facilitar la transición de su actividad hacia la economía verde y digital.

Beneficiarios/as:

-Sublínea 2.1: microempresas privadas (independientemente de su forma jurídica) y personas trabajadoras autónomas (en situación de alta en el RETA)

-Sublínea 2.2: cooperativas y sociedades laborales

Plazo de solicitud. Desde el 1/03/2022 hasta el 28/02/ 2023

Cuantía: 4.145 euros.

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DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESA

PROGRAMA PARA LA MEJORA COMPETITIVA DE LA PYME EXTREMEÑA

Objeto:  Subvenciones a fondo perdido para empresas con centro productivo en Extremadura, con la finalidad de financiar proyectos empresariales relacionados con:

  • la optimización de la gestión de la pyme
  • la implantación y certificación de normas y sistemas de calidad
  • la implementación de herramientas tecnológicas avanzadas
  • el desarrollo de envases y embalajes a través de acciones de diseño

Beneficiarios/as: Autónomo/a, Pyme

Plazo de solicitud: Desde el  08/01/2022 hasta el 07/04/2022

Cuantía:

Línea I: Optimización de procesos productivos: proyectos dirigidos a optimizar la gestión de la empresa para conocer su situación actual y los obstáculos que impiden su crecimiento, supervivencia o desarrollo y, en base a ello, diseñar y ejecutar un plan de mejora, mediante la aplicación de la metodología Lean Manufacturing, Lean Managemente, Lean Office… u otras de similares características y prestaciones.

– Entre 3 y 10 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 15.000,00 €

– Entre un número mayor de 10 y 20 trabajadores: 80 % del coste subvencionable con un límite de inversión subvencionable de 20.000,00 €

– Si el nivel de empleo es superior a 20 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de 25.000,00 €

Línea II: Implantación y certificación de normas y sistemas de calidad: proyectos dirigidos a implantar y certificar normas reconocidas institucionalmente relacionadas con la calidad,

gestión medioambiental, seguridad y salud en el trabajo, gestión de la I+D+i, gestión de la Seguridad de la Información, garantizar la seguridad alimentaria, sistemas de gestión de Compliance, sistemas de gestión para la digitalización, o que venga a suponer una optimización de la gestión de los procesos y una mejora en la competitividad de la empresa, o bien, sea un requisito necesario por exigencias del mercado internacional o del sector.

Conceptos subvencionables: gastos de consultoría externa especializada para implantación y gastos de certificación realizada por entidad acreditada.

– 80% de la inversión subvencionable con un límite de 6.000,00€ por norma o sistema.

– 80% de la inversión subvencionable con un límite de 9.000,00 € si el proyecto contemplase la implantación de dos normas que integren procesos comunes.

Línea III: Implantación de herramientas tecnológicas avanzadas: Desarrollo e Implantación de Soluciones Tecnológicas avanzadas dirigidas a posibilitar la gestión de todos los procesos de una empresa de una forma conjunta o integrada, a través de la implantación de herramientas ERP, CRM, SCM, MES, PLM, PDM, PPS, PDA, MDC u otras de naturaleza similar.

Conceptos subvencionables: Gastos de colaboraciones externas, por parte de consultoría especializada necesaria para la implantación de la solución tecnológica, así como la adquisición de las herramientas y licencias oportunas para el uso de la misma.

– 80 % para Colaboraciones externas e inversión inmaterial con los siguientes límites máximos:

⮚ 15.000 € empresas con nivel de empleo entre 3 y 10 trabajadores,

⮚ 20.000 € empresas con nivel de empleo mayor de 10 y hasta 20 trabajadores

⮚ 25.000 € empresas con nivel de empleo superior a 20 trabajadores.

⮚ 7.000 € Para las herramientas ERP de carácter modular, que integren solo algunos de los procesos de la empresa

– 40 % (de la colaboración externa e inversión inmaterial subvencionable) para adquisición de

herramientas.

Línea IV: Diseño de envases y embalajes: Acciones de diseño de envases y embalajes que constituyan una novedad relevante para la empresa respecto a los que ya viene utilizando.

Conceptos subvencionables: Gastos de consultoría externa especializada en materia de diseño y desarrollo de envases y embalajes, para la realización de los siguientes tipos de proyectos:

– Tipo 1: Diseño de un nuevo envase o embalaje que suponga una innovación en su sector, diferenciándose de su competencia directa, y además se trate de un envase o embalaje con un alto grado de personalización para la empresa, reflejando un elevado componente de diseño. El proyecto podrá contemplar también, el diseño o rediseño de la identidad gráfica de la empresa adaptada al nuevo envase o embalaje.

– Tipo 2: Diseño de un nuevo envase o embalaje basado en la incorporación de elementos ya existentes en el mercado, sobre los que se pretende realizar determinadas adaptaciones, así como la incorporación de la identidad gráfica de la empresa adaptada al nuevo envase o embalaje.

– 80 % de inversión subvencionable en proyectos de tipo 1 con un límite máximo de 9.000 €.

– 80 % de inversión subvencionable en proyectos de tipo 2 con un límite máximo de 4.000 €.

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SECRETARÍA GENERAL DE ECONOMÍA Y COMERCIO

AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DEL PEQUEÑO COMERCIO MINORISTA DE EXTREMADURA

Objeto: Ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista de Extremadura, con el fin de fortalecer y consolidar el tejido empresarial del comercio extremeño a través de la modernización, accesibilidad universal y mejora de la eficiencia energética de sus establecimientos comerciales, a fin de impulsar el equilibrio territorial de los comercios.

Tendrán la consideración de elegibles, las siguientes categorías de gastos:

  1. Adecuación Local Comercial
  2. Sistemas de Fidelización De Clientes
  3. Eficiencia Energética
  4. Gastos en Publicidad
  5. Gastos en la contratación de servicios profesionales para el asesoramiento en marketing en punto de venta, para la mejora de la reputación digital, para diseño de tienda y escaparatismo.
  6. Inteligencia Artificial

Beneficiarios/as: Autónomo/a, Cooperativa, Pyme

Plazo de solicitud desde el 26/10/2021 hasta el 25/10/2022

Cuantía: Las ayudas reguladas en el presente decreto consistirán en una subvención del 50% de los gastos elegibles, con un límite máximo global de ayuda por establecimiento de 30.000 euros.

En el caso de que el proyecto incluya inversiones en mejora de la accesibilidad indicadas en el apartado f) del artículo 3.1, la intensidad de la ayuda será de un 60%. El límite máximo de ayuda por establecimiento seguirá siendo de 30.000 euros.

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION

BECAS DE FORMACIÓN PRÁCTICA PARA TITULADOS UNIVERSITARIOS EN LAS ÁREAS DE DESARROLLO RURAL, INNOVACIÓN Y POLÍTICA FORESTAL 2022

Objetivo: Convocatoria, para el ejercicio 2022, de doce becas en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación establecidos por la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para la formación práctica en las áreas de conocimiento de desarrollo rural, innovación y política forestal.

Beneficiarios/as:  Titulaciones requeridas en esta convocatoria para poder optar a las presentes becas son, de acuerdo con lo establecido por el artículo 21.3 de la Orden APA/511/2019, de 26 de abril, graduado, diplomado licenciado, ingeniero técnico o superior o titulaciones equivalentes en las materias y especialidades siguientes:

  • Ingeniería agronómica, ingeniería de montes y veterinaria, especialidades a la que se destinarán siete becas.
  • Periodismo, derecho, economía, informática y estadística, materias a las que, en relación con el objeto de esta orden, se destinarán cinco becas

Plazo de solicitud: Del 11/04/2022 hasta el 29/04/2022

Cuantía: 1.150 euros brutos mensuales.  Dispondrán de una bolsa para viajes formativos de hasta 1.500 euros al año.

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MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

AYUDAS PÚBLICAS PARA LA MODERNIZACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DEL SECTOR DEL LIBRO

Objeto: Financiación de proyectos de inversión para mejorar la competitividad del sector del libro, mejorar su resiliencia e impulsar su transición digital.

Beneficiarios/as: Autónomo/a, Cooperativa, Gran Empresa, Pyme

Plazo de solicitud: Del 30/03/2022 hasta el 28/04/2022

Cuantía: El importe de estas ayudas no podrá, en ningún caso, ser de tal cuantía que supere el 80% del coste total del proyecto.

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AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN E INNOVACIÓN DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y CREATIVAS

Objeto: Mediante proyectos digitales y tecnológicos tienen por objeto modernizar e innovar las industrias culturales y creativas que actúen en alguno de los siguientes sectores: arquitectura, artes audiovisuales, artes escénicas, artes plásticas y visuales, artes interactivas, cine, diseño, gestión cultural, libros, moda, música y danza, nuevos géneros creativos multimedia, nuevos medios de comunicación, patrimonio cultural, publicidad, radio y televisión y turismo cultural.

Beneficiarios/as: Autónomo/a, Pyme

Plazo de solicitud: Desde el 07/04/2022 hasta el 25/10/2022

Cuantía: El importe máximo imputable a la convocatoria será de 2.940.000 €.

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INSTITUTO DE LA JUVENTUD (INJUVE)

AYUDAS INJUVE PARA LA CREACIÓN JOVEN

Objeto: Establecer las bases reguladoras de la concesión de las Ayudas Injuve para la Creación Joven, en adelante Ayudas, cuya finalidad es fomentar la actividad creadora e investigadora de los jóvenes, facilitar la promoción y la difusión de sus creaciones, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la ayuda a proyectos a desarrollar, con proyección supraautonómica, nacional o internacional.

Beneficiarios/as: Autónomo/a, Pyme y cooperativa

Plazo de solicitud:  Desde el 08/04/2022 hasta el 06/05/2022

Cuantía: La dotación de las Ayudas será la que se determine con carácter anual en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, con cargo a los créditos presupuestarios que se indicarán en cada convocatoria y su concesión quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dichos Presupuestos.

2. La cuantía económica individualizada de cada una de las ayudas será la siguiente en función de la línea de actuación:

a) Producción de obra. Cuantía máxima: Cinco mil euros (5.000 €).

b) Movilidad de obra producida y/o creadores. Cuantía máxima: Cinco mil euros (5.000 €).

c) Investigación. Cuantía máxima: Tres mil euros (3.000 €).

d) Comisariado de proyectos para la Sala Amadís. Cuantía máxima: Siete mil euros (7.000 €).

e) Emprendimiento para la creación emergente. Cuantía máxima: Diez mil euros (10.000 €).

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SEXPE (SERVICIO DE ECONOMÍA SOCIAL Y AUTOEMPLEO). JUNTA DE EXTREMADURA.

AYUDAS AL ESTABLECIMIENTO DE PERSONAS DESEMPLEADAS COMO TRABAJADORAS AUTÓNOMAS.

Objeto: Subvenciones dirigidas al fomento, consolidación y modernización del trabajo autónomo en Extremadura, mediante la constitución de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, así como el mantenimiento y modernización de las mismas, a través de los siguientes programas:

  • Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
  • Programa II: Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.
  • Programa III: Ayudas a personas trabajadoras autónomas que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I previstas en el presente decreto de bases reguladoras, para el mantenimiento y modernización de su actividad como autónomas.
  • Programa IV: Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Beneficiarios/as: Personas autónomas.

Plazo fin de solicitud: 30/03/2022

Cuantía: Las personas solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en este decreto para acceder a las ayudas de los Programas I, II, III o IV, podrán tener derecho, en atención a las condiciones de los programas y/o las características de las personas beneficiarias o causantes de las ayudas, a la siguiente subvención:

  1. Una subvención de 1.000,00 euros para las personas beneficiarias de las ayudas del Programa III.
  2. Una subvención de 5.000,00 euros para las personas desempleadas establecidas como autónomas de los Programas I y II que no se encuentren encuadradas en los siguientes apartados.
  3. Una subvención de 7.500,00 euros para las personas desempleadas establecidas como autónomas de los Programas I y II.
  4. Una subvención de 5.000,00 euros para las personas ocupadas encuadradas en el Régimen General de Trabajadores por cuenta ajena, beneficiarias de las ayudas del Programa IV.
  5. Una subvención de 9.000,00 euros, para las mujeres desempleadas establecidas como autónomas de los Programas I y II.

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DIRECCIÓN GENERAL DE AGENDA DIGITAL

SUBVENCIONES DESTINADAS A PROYECTOS DE COMERCIO ELECTRÓNICO Y TIC.

Objeto: Conceder en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, para el desarrollo de proyectos de comercio electrónico y TIC en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo el principal objetivo mejorar la productividad y competitividad mediante la aplicación de conocimientos y nuevas tecnologías en el ámbito empresarial y comercial.

Beneficiarios/as: personas autónomas, organismos y pymes

Plazo de solicitud: 31/03/2022

Cuantía:

El importe de la subvención consistirá en un porcentaje del 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 11.000 € por beneficiario, independientemente del número de servicios que se pretenda contratar. Asimismo, en el artículo 5 de la orden de convocatoria, se establecen unas cuantías e intensidades máximas para cada uno de los servicios subvencionables que puede recoger el Proyecto.

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DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO

PREMIOS AL FOMENTO DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

Objeto: Promocionar la investigación en materia de Prevención de Riesgos Laborales y reconocer, públicamente, la labor realizada por empresas, administraciones públicas, entidades y personas en el fomento de la mejora de las condiciones de trabajo y la prevención de los riesgos laborales en Extremadura.

Beneficiarios/as: Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que reúnan los requisitos establecidos.

Plazo: 01/04/2022

Cuantía: Los premios no van acompañados de dotación económica alguna, al tratarse de galardones de honor y consistirán en diploma acreditativo y placa o figura conmemorativas.

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INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE EXTREMADURA

CONVOCATORIA PREMIOS NACIONALES DE JUVENTUD 2022

Objeto: Estimular y reconocer la trayectoria y el esfuerzo de aquéllos jóvenes que por su dedicación en su trabajo y su implicación personal, ponen de manifiesto su compromiso en distintos ámbitos de la sociedad.

Beneficiarios/as: jóvenes que no superen los 30 años.

Plazo fin de solicitud: 20/04/2022

Cuantía: 5000€

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL. JUNTA DE EXTREMADURA.

PROGRAMA PARA LA MEJORA COMPETITIVA DE LA PYME EXTREMEÑA. ORGANISMOS.

Objeto: Subvenciones a fondo perdido para empresas con centro productivo en Extremadura, con la finalidad de financiar proyectos empresariales relacionados con:

  • la optimización de la gestión de la pyme
  • la implantación y certificación de normas y sistemas de calidad
  • la implementación de herramientas tecnológicas avanzadas
  • el desarrollo de envases y embalajes a través de acciones de diseño.

Beneficiarios/as: Las Pymes con independencia de cuál sea su forma jurídica, incluidos los autónomos y autónomas, que vayan a realizar un proyecto dirigido a la mejora competitiva de una actividad que se desarrolle en un centro productivo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Cuantía:

  • Línea I: Optimización de procesos productivos:
    • Entre 3 y 10 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 15.000,00 €
    • Entre un número mayor de 10 y 20 trabajadores: 80 % del coste subvencionable con un límite de inversión subvencionable de 20.000,00 €
    • Si el nivel de empleo es superior a 20 trabajadores: 80% del coste subvencionable con un límite máximo de 25.000,00 €.
  • Línea II: Implantación y certificación de normas y sistemas de calidad:
    • 80% de la inversión subvencionable con un límite de 6.000,00€ por norma o sistema.
    • 80% de la inversión subvencionable con un límite de 9.000,00 € si el proyecto contemplase la implantación de dos normas que integren procesos comunes.
  • Línea III: Implantación de herramientas tecnológicas avanzadas:
    • 80 % para Colaboraciones externas e inversión inmaterial con los siguientes límites máximos:
      • 15.000 € empresas con nivel de empleo entre 3 y 10 trabajadores,
      • 20.000 € empresas con nivel de empleo mayor de 10 y hasta 20 trabajadores
      • 25.000 € empresas con nivel de empleo superior a 20 trabajadores.
      • 7.000 € Para las herramientas ERP de carácter modular, que integren solo algunos de los procesos de la empresa
    • 40 % (de la colaboración externa e inversión inmaterial subvencionable) para adquisición de herramientas.
  • Línea IV: Diseño de envases y embalajes:
    • 80 % de inversión subvencionable en proyectos de tipo 1 con un límite máximo de 9.000 €.
    • 80 % de inversión subvencionable en proyectos de tipo 2 con un límite máximo de 4.000 €.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 7 de abril de 2022

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AYUDAS PARA PROYECTOS DE COMERCIO ELECTRÓNICO Y TIC EN EXTREMADURA.

Objeto: Subvenciona las inversiones y gastos que estén directamente relacionados y sean necesarios para la implantación de los servicios de comercio electrónico como: redacción de proyecto técnico, tienda online, desarrollo de aplicación móvil para comercio online y big data aplicado al comercio online.

También se incluyen los servicios de E-Logística, marketplace, marketing online, gestión de presencia en Internet (community manager), mejora de imagen digital y proveedor de servicios de pago.

Beneficiarias/os: autónomos/as y pymes, que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores. También agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica propia puedan llevar a cabo los proyectos para los que se destinan las ayudas.

Cuantía: En esta convocatoria la intensidad máxima es del 80% para todos los servicios y con un máximo de 12.000 euros por beneficiario, al margen del número de servicios que se pretendan contratar.

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 31 de marzo de 2022

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RED.ES

AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS DEL SEGMENTO I (10-50 EMPLEADOS), DENTRO DEL PROGRAMA KIT DIGITAL.

Objeto: Ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento I (10-50 empleados), dentro del Programa KIT DIGITAL

Beneficiarios/as: pymes

Cuantía: El importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 €). Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para el Segmento I son los siguientes:

  • Sitio Web y Presencia en Internet (10<50 empleados): 2.000 €
  • Comercio electrónico (10<50 empleados): 2.000 €
  • Gestión de Redes Sociales (10<50 empleados): 2.500 €
  • Gestión de Clientes (10<50 empleados): 4.000 € (incluye 3 usuarios)
  • Business Intelligence y Analítica (10<50 empleados): 4.000 € (incluye 3 usuarios)
  • Gestión de Procesos (10<50 empleados): 6.000 € (incluye 10 usuarios)
  • Factura Electrónica (10<50 empleados): 1.000 € (incluye 3 usuarios)
  • Servicio y herramientas de Oficina Virtual (10<50 empleados): 250 € por usuario (hasta 48 usuarios)
  • Comunicaciones Seguras (10<50 empleados): 125 € por usuario (hasta 48 usuarios)
  • Ciberseguridad (10<50 empleados): 125 € por dispositivo (hasta 48 dispositivos)

Plazo de solicitud: Del 15 de marzo de 2022 y estará abierta durante 6 meses o hasta que se acaben los fondos.

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AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA.

PROGRAMA CRISOL FORMACIÓN.

Objeto: Asesoramiento laboral y búsqueda de empleo.

Beneficiarios/as: personas desempleadas y en riesgo de exclusión social.

Plazo de inscripción: de lunes a viernes de 8:00 a 15:00

Cuantía: no cuantía. Asesoramiento

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DIPUTACIÓN DE CÁCERES.

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES Y PROYECTOS DE ACCIÓN SOCIAL.

Objeto: establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de las entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan sede en la provincia de Cáceres, destinadas a la realización de proyectos de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y proyectos de acción social, en municipios de la provincia de Cáceres de menos de 20.000 habitantes.

El objeto, por tanto, es la regulación de subvenciones para la ejecución de los proyectos que se enumeran a continuación:

Línea 1. Proyectos de IGUALDAD. Proyectos dirigidos a promover la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres, la sensibilización y la prevención de la violencia de género o que vayan destinados a facilitar la participación social de las mujeres y superar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo.

Línea 2. Proyectos de ACCIÓN SOCIAL. Proyectos que contemplen actividades de prevención, sensibilización, formación, detección, investigación y /o asistencia a personas o grupos en situaciones de vulnerabilidad social y/o de exclusión que favorezcan actuaciones de inclusión y promoción social, políticas y acciones para garantizar la cohesión social, la promoción de la igualdad de derechos y deberes entre todas las personas y su diversidad.

Las entidades sólo podrán presentar solicitud a UNA de las dos líneas de subvenciones. En el caso de presentar más de una, sólo se tendrá en cuenta la primera que tenga entrada en el registro.

Beneficiarios/as: organizaciones sin ánimo de lucro o asociaciones.

Plazo: 4 de marzo de 2022

Cuantía: Línea 1. Proyectos de IGUALDAD dirigidos a promover la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres, la sensibilización y la prevención de la violencia de género o que vayan destinados a facilitar la participación social de las mujeres y superar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo, hasta un importe máximo de CIEN MIL EUROS (100.000,00 €).

Línea 2. Proyectos de ACCIÓN SOCIAL que contemplen actividades de prevención, sensibilización, formación, detección, investigación y /o asistencia a personas o grupos en situaciones de vulnerabilidad social y/o de exclusión que favorezcan actuaciones de inclusión y promoción social, políticas y acciones para garantizar la cohesión social, la promoción de la igualdad de derechos y deberes entre todas las personas y su diversidad, hasta un importe máximo de TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000,00 €).

El importe máximo a conceder a cada entidad beneficiaria será de 5.000,00€. Se concederá el 100% del proyecto presentado en función de la puntuación obtenida por las entidades seleccionadas a subvencionar.

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DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS. JUNTA DE EXTREMADURA.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ACTUACIONES PARA EL FOMENTO DE LA MOVILIDAD ELÉCTRICA EN EL ÁMBITO DE LA CCAA DE EXTREMADURA

Objeto: actuaciones destinadas la adquisición de vehículos eléctricos y al desarrollo de infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos. Con el objeto de mantener el carácter incentivador de las ayudas, sólo se considerarán las actuaciones subvencionables contempladas en el punto sexto de la convocatoria cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.

Líneas de ayudas:

Línea de ayudas 2: Ayudas para el impulso en la adquisición de vehículos eléctricos en la comunidad autónoma de Extremadura.

Modalidades:

B.3. Adquisición de vehículos eléctricos destinados al servicio público de transporte urbano colectivo (categorías M2 o M3).
B.4. Adquisición de vehículos eléctricos destinados al servicio público con efectos logísticos para los ciudadanos (categorías M2, N1, N2, N3, L7e, L6e, L3e o L2e).
B.5. Adquisición de vehículos eléctricos destinados a la policía local (categorías M1 o L3e), para servicio público con efecto logístico a los ciudadanos.

Líneas de ayudas 3: Ayudas para el impulso en la instalación de estaciones de recarga para vehículos eléctricos.

Modalidad: C.1. Estación de recarga de acceso público.

Beneficiarias/os:

Línea 2:

  • Modalidad B.3: municipios, entidades locales menores, mancomunidades integrales o empresas concesionarias de los servicios públicos correspondientes a esta modalidad.
  • Modalidad B.4: municipios, entidades locales menores, mancomunidades integrales o empresas concesionarias de los servicios públicos correspondientes a esta modalidad y las asociaciones sin ánimo de lucro cuando presten servicios sociales asistenciales y soliciten vehículos para la categoría M2, N1, L7e, y L6e.
  • Modalidad B.5: municipios y entidades locales menores.

Línea 3: Municipios, entidades locales menores, empresas privadas y comunidades de bienes.

 

Cuantía: La subvención total a recibir por cada beneficiario/a por solicitud será la suma correspondiente de las subvenciones a recibir por cada vehículo eléctrico comprendido en una misma solicitud.

Las intensidades máximas de ayuda sobre los gastos subvencionables por conceptos serán:

  • Entidades locales …………………………………………………. 80 %
  • Grandes empresas ……………………………………………….. 55 %
  • Medianas empresas …………………………………………….. 65 %
  • Pequeñas empresas …………………………………………….. 75 %
  • Asociaciones sin ánimo de lucro …………………………….. 30 %

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 25 de enero de 2021.

Más información:

 

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL – DIRECCIÓN GENERAL DE AGENDA DIGITAL

AYUDAS DESTINADAS A LA IMPLANTACIÓN DE SOLUCIONES DE TELETRABAJO Y EMPRENDIMIENTO DIGITAL EN EMPRESAS

Objeto: Contribuir al mantenimiento de la actividad empresarial y del empleo, y minimizar en lo posible el impacto social y económico de la crisis ocasionada por la COVID-19.

Beneficiarias/os:

  1. Tendrán la condición de beneficiario/a los/as autónomos/as o asimilados y PYMES extremeñas que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores.
  2. También podrán acceder a la condición de beneficiario/a las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. En estos casos, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios/as.

Plazo: El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será de seis meses: hasta el 19 de mayo de 2021, inclusive.

Cuantía: El importe de la subvención consistirá en un porcentaje de hasta el 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 6.000 euros por beneficiario/a, independientemente del número de servicios que se soliciten.

  • Modalidades de ayuda y cuantías asociadas a las mismas:
    1. Ayudas a la Implantación de soluciones de teletrabajo.
      1. Asistencia Técnica en la elaboración de un “Plan de adecuación particularizado al teletrabajo”: cuantía máxima subvencionable de 600 euros.
      2. Implantación de teletrabajo en la empresa: cuantía máxima subvencionable de 6.000 euros.
      3. Oficina en la nube: cuantía máxima subvencionable de 6.000 euros.
    2.  Ayudas al Emprendimiento Digital.
      1. Apoyo en la definición de planes de viabilidad de proyectos TIC: cuantía máxima subvencionable de 6.000 euros.
      2. Implantación de Soluciones TIC: cuantía máxima subvencionable de 6.000 euros.
      3. Ampliación del conocimiento de la empresa: cuantía máxima subvencionable de 6.000 euros.
      4. Campañas de concienciación sobre buenas prácticas y promoción del uso de las tecnologías: cuantía máxima subvencionable de 6.000 euros.
      5. Asistencia técnica en la elaboración de un “Plan de adecuación técnica de ciber-seguridad” para la empresa: cuantía máxima subvencionable de 600 euros.
      6. Afianzamiento de la Ciberseguridad: cuantía máxima subvencionable de 6.000 euros.

Más información

 

JUNTA DE EXTREMADURA

SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN PYME Y GRAN EMPRESA DEL SECTOR INDUSTRIAL EN EXTREMADURA. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS. CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD.

Objeto: Efectuar la convocatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura de las ayudas establecidas en el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

Beneficiarios/as:

  • a) Las empresas que tengan la consideración de PYME o de Gran Empresa cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los siguientes:07. Extracción de minerales metálicos.08. Otras industrias extractivas.09. Actividades de apoyo a la industria extractiva.10. Industria de la alimentación.11. Fabricación de bebidas.13. Industria textil.14. Confección de prendas de vestir. 15. Industria del cuero y del calzado.16. Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.17. Industria del papel.18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.19. Coquerías y refino de petróleo.20. Industria química.21. Fabricación de productos farmacéuticos.22. Fabricación de productos de caucho y plásticos.23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos.24. Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.27. Fabricación de material y equipo eléctrico.28. Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.29. Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.30. Fabricación de otro material de transporte.31. Fabricación de muebles.32. Otras industrias manufactureras.33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo.35. Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.36. Captación, depuración y distribución de agua.37. Recogida y tratamiento de aguas residuales.38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.
  • b) Las empresas de servicios energéticos entendiendo como tal la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios, siempre que actúen en función de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas indicadas en la letra a) anterior, lo que se acreditará conforme a lo dispuesto en la letra i) del apartado 1 del punto décimo de la presente convocatoria, repercutiendo en todo caso la ayuda prevista a la empresa donde se ejecute el proyecto.

Actuaciones subvencionables:

  • a) Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales
  • b) Implantación de sistemas de gestión energética.

Cuantía: La cuantía máxima de ayuda por solicitud será de 600.000 euros. La cuantía máxima de ayuda que podrá recibir un/a mismo/a beneficiario/a será de 1.000.000 euros. No obstante, la cuantía máxima de ayuda dependerá de la actuación a desarrollar y del tipo de empresa. (Ver normativa que rige la convocatoria de ayudas).

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el agotamiento de los fondos o hasta el 31 de diciembre de 2020.

Más información

AYUDAS DE HASTA 6.000 EUROS PARA LA IMPLANTACIÓN DEL TELETRABAJO Y EL EMPRENDIMIENTO DIGITAL. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL

Objeto: La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital, en empresas de Extremadura, según las siguientes modalidades de ayuda:

  1. Ayudas a la Implantación de soluciones de teletrabajo.
  2. Ayudas al Emprendimiento Digital.

Beneficiarios/as: autónomos/as o asimilados/as y Pymes extremeñas, que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores/as. También podrán acceder a la condición de beneficiario/a las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Cuantía. El importe de la subvención consistirá en un porcentaje de hasta el 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 6.000 euros por beneficiario/a, independientemente del número de servicios que se soliciten.

Plazo: El plazo de presentación de solicitudes será el que se establezca en la correspondiente convocatoria.

Más información:

 

AYUDAS DESTINADAS A PROMOVER LA CONTINUIDAD DE LAS PYMES DE EXTREMADURA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL.

Objeto: Convocatoria de ayudas dirigidas a favorecer la continuidad de las pymes extremeñas a través de la planificación del relevo empresarial, bien mediante la elaboración del protocolo de empresa familiar y de un plan de continuidad, o a través de la elaboración de un plan de relevo externo, cuando el relevo se pretenda realizar a trabajadores de la empresa, en la anualidad 2020.

Se subvencionarán los siguientes proyectos:

  • Desarrollo de Protocolos de Empresa Familiar
  • Planes de Relevo a trabajadores de la empresa.

Beneficiarios/as:  Autónomos/as, sociedades anónimas, sociedades limitadas, comunidades de bienes y sociedades civiles, que tengan su centro productivo en la región. En el caso de los proyectos referidos a la elaboración de un plan de relevo a trabajadores/as de la empresa deben ser pymes de más de 5 años de antigüedad.

Cuantía: La ayuda cubrirá el 80% de los gastos subvencionables, con un límite de 6.000 euros para empresas con menos de 10 trabajadores, mientras que para las de más de 10 empleados, la ayuda máxima será de 8.000 euros. Para empresas con 50 trabajadores o más, el gasto máximo subvencionable será de 10.000 euros.

Plazo: Del 18 de septiembre al 15 de octubre de 2020.

Más información:

 

AYUDAS INCENTIVOS AUTONÓMICOS A LA INVERSIÓN EMPRESARIAL EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA 2017/2020. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESA.

Objeto: El objeto de este decreto es establecer una línea de ayudas en forma de subvención directa para aquellas empresas que realicen inversiones en Extremadura, con la finalidad de apoyar la creación de nuevas empresas y la consolidación de las ya existentes, favoreciendo los proyectos de ampliación, modernización y traslado, y persiguiendo con ello el mantenimiento y creación de empleo en Extremadura, que es otro de los objetivos esenciales de este decreto.

Concretamente, el Decreto 185/2017 por el que se establecen los Incentivos Autonómicos, contempla tres líneas diferentes de ayudas: subvenciones por actividad, subvenciones por relevo generacional y subvenciones para la transformación y adaptación a la industria 4.0.

Líneas de ayudas:

  • Línea 1: Subvenciones por actividad: Para empresas de cualquier sector de actividad que vayan a realizar inversiones en activos fijos, a excepción de los sectores excluidos en el art 9.3 del Decreto.
  • Línea 2: Subvenciones por relevo generacional: Destinada a pequeñas empresas que den continuidad a otro establecimiento que de otra forma hubiese cerrado, ya sea por la jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular.
  • Línea 3: Subvenciones para la transformación y adaptación a la industria 4.0: Para la empresa industrial productiva, para implementar proyectos que promuevan su transformación digital y conlleven la introducción efectiva en sus sistemas de tecnologías digitales, de comunicaciones, tratamiento de datos, de inteligencia, análisis y de gestión.

Beneficiarios/as: Empresas, especialmente pymes de cualquier sector de actividad. Para la valoración del proyecto subvencionable, las actividades recogidas específicamente en art. 9.2 tendrán mayor intensidad de la ayuda.

Sectores prioritarios

  • Industrias extractivas y transformadoras.
  • Industrias manufactureras.
  • Industrias de reciclado de productos, siempre que tengan carácter industrial y que conlleven un proceso productivo que culmine en un producto semielaborado o totalmente elaborado.
  • Servicios de hospedaje: hoteles, hoteles-apartamentos, hoteles balnearios, albergues turísticos, campamentos de turismo y hoteles rurales.
  • Servicios técnicos de ensayos y análisis relacionados con el sector industrial.
  • Guarderías infantiles.
  • Residencias geriátricas.
  • Producción cinematográfica, artes escénicas y producción para televisión.

Cuantía: La financiación de las ayudas, cofinanciadas con fondos FEDER, pueden alcanzar hasta el 45%, el 35% y el 25% de la inversión subvencionable según se trate de pequeñas, medianas o grandes empresas respectivamente.

La cuantía de la subvención será como mínimo de 2.000 € para cada proyecto subvencionable.

Plazo: La convocatoria de ayudas permanece en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020.

Más información:

 

AYUDAS AL ESTABLECIMIENTO DE PERSONAS DESEMPLEADAS COMO TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y AYUDA FAMILIAR COLABORADOR. SERVICIO DE ECONOMÍA SOCIAL Y AUTOEMPLEO DEL SEXPE. 

  • Finalidad de la ayuda: Ayuda al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
  • Plazo solicitud: 26/04/2019 a 28/02/2020
  • Beneficiarios/as: Autónomo/a
  •  Sectores asociados: Agroalimentario, Artesanía, Comercio, Construcción, Cultura y Comunicación, Energético, Enseñanza, Industria, Minería, Servicios, Turismo, Otros
  • Alcance de la ayuda:
    1. De 8.000 euros: Mujeres.
    2. De 7.500 euros: * Desempleados/as con determinadas características definidas en la normativa que rige la convocatoria.
    3. De 5.000 euros para trabajadores/as desempleados/as que no se encuentren encuadradas en los apartados anteriores.

Más información

 

SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES EN ENERGÍAS RENOVABLES EN EXTREMADURA. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS.

  • Objeto: establecer las bases reguladoras y las normas de aplicación del régimen de subvenciones públicas para la adquisición de nuevas instalaciones de energías renovables.
  • Plazo de solicitud: 02/08/2018 a 01/08/2019.
  • Beneficiarios/as: Gran Empresa, Pyme, Autónomo/a, Organismos, Cooperativa

Más información

 

DIPUTACIÓN DE CÁCERES

JUVENTAS EMPRENDE: CONVOCATORIA ABIERTA EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN DIRECTA A DESEMPLEADOS/AS EN EL ÁMBITO DE LA GARANTÍA JUVENIL PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE EMPRENDIMIENTO, DIRIGIDOS A AFRONTAR EL RETO DEMOGRÁFICO EN LOS MUNICIPIOS DE MENOR POBLACIÓN (AYUDAS EMP-POEJ) FINANCIADOS POR FONDO SOCIAL EUROPEO.

Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se destinarán a la concesión directa de subvenciones a personas inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y residentes para la financiación de proyectos de autoempleo y emprendimiento.

Requisitos de los/as beneficiarios/as:

  1. Personas con edad comprendida entre los 16 y 29 años (ambos incluidos) incluidas personas con discapacidad.
  2. Personas empadronadas en el momento de la contratación en algún municipio que figure en Anexo I.
  3. Encontrarse en situación de desempleo y permanecer desempleado/a e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) hasta la fecha de solicitud de la subvención.
  4. No integradas en los sistemas de educación o formación independientemente de su nivel formativo.
  5. Estar inscritas y activas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del P.O. de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo.

Importe de las Ayudas: La cuantía de la subvención será de 8.100,00 euros por beneficiario/a, esta ayuda se corresponde con el 75% del importe del Salario Mínimo Interprofesional para el ejercicio 2019 por el número de meses de mantenimiento de doce meses. (900 € SMI*75%*12 meses).

Plazo de solicitud de ayudas: hasta el 28 de febrero de 2020.

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JUNTA DE EXTREMADURA

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE ANIMACIÓN COMERCIAL PARA EL EJERCICIO 2020. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL.

La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital ha puesto en marcha la convocatoria de ayudas destinadas a financiar proyectos de animación comercial para el ejercicio 2019 y 2020, con la finalidad de dinamizar y promocionar el comercio de proximidad y fomentar el asociacionismo comercial.

Esta ayuda subvenciona los gastos relacionados con el desarrollo de la actividad, tales como publicidad en medios de comunicación, cartelería, folletos, incluyendo los gastos de diseño, imprenta y reparto, arrendamiento de bienes y equipos (carpas, stands, megafonía, etc.) y contratación externa para determinadas actividades como animación, vigilancia o seguridad, limpieza, seguros y montaje de instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad.

Beneficiarios/as:

  1. Las entidades locales.
  2. Las asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio que cumplan los siguientes requisitos:

Las inversiones máximas subvencionables dependen del tipo de beneficiarios y del tamaño de la localidad.

Plazo de presentación de solicitudes:  hasta el 1 de octubre de 2020.

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AYUDAS PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE EXTREMADURA. SECRETARIA GENERAL DE ECONOMÍA Y COMERCIO.

Estas ayudas están dirigidas a facilitar el acceso de las empresas extremeñas de bienes y servicios a los mercados exteriores y estimular su participación en los eventos de comercio exterior, así como apoyar las actividades de promoción y de comercialización que acometan en estos mercados.

  • Beneficiarios/as: Gran Empresa, Pyme, Autónomo/a, Organismos, Cooperativa
  • Importe de la Ayuda: Las ayudas consistirán en una subvención del 40% de los gastos elegibles con un importe máximo de ayuda de 30.000 euros por convocatoria.
  • Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 31 de julio de 2020

Más información

 

AYUDAS PARA EL COMERCIO MINORISTA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL.

Estas ayudas tienen como finalidad la modernización del comercio, así como la incorporación de empresarios/as autónomos/as a la actividad comercial y la creación de microempresas y pequeñas y medianas empresas comerciales, en Extremadura.

Beneficiarios/as: Cooperativa, Pyme, Autónomo/a

Importe de las ayudas: Las ayudas consistirán en una subvención del 40 % de los gastos elegibles, con un límite máximo global por establecimiento de 20.000 euros. Entre los gastos elegibles se contemplan las obras de reforma del local, adquisición de mobiliario, elementos de decoración, gastos de elaboración de planes de ahorro energético, iluminación interior y exterior, adquisición de programas de gestión y equipamiento comercial y específico para la sala de ventas, entre otros.

Plazo de presentación: hasta el 22 de febrero de 2020.

Más información

 

SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA IGUALDAD DE GÉNERO EN EL EMPLEO. SERVICIO DE FOMENTO DEL EMPLEO. SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO.

Subvenciones dirigidas al fomento de la igualdad de género en el empleo mediante la aplicación de medidas de acción positiva que permitan avanzar en la consecución de la igualdad real en el ámbito del empleo entre hombres y mujeres.

Programas subvencionables:

  • Programa I: Ayudas destinadas a promover la contratación indefinida de mujeres en empleos masculinizados, entendiendo como tales los relacionados en el Anexo IV.
  • Programa II: Ayudas para la transformación de contratos indefinidos a tiempo parcial suscritos por mujeres en contratos indefinidos a tiempo completo.
  • Programa III: Ayudas para la contratación indefinida de mujeres que lleven más de 24 meses desempleadas después del nacimiento y/o adopción de un hijo/a.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 18/12/2020.

Durante la vigencia de la convocatoria, que será de un año a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria y del presente extracto en el DOE, las personas beneficiarias deberán presentar la solicitud de las subvenciones dentro del plazo de dos meses, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación o de la transformación objeto de los beneficios.

Beneficiarios/as: Organismos, Cooperativa, Pyme, Autónomo/a

Cuantía:

  1. Para los Programas I y III, la cuantía de la subvención establecida por contratación indefinida a jornada completa será de 9.000 euros.
  2. En el Programa III esta cuantía se reducirá proporcionalmente cuando la jornada sea a tiempo parcial.
  3. Para el Programa II, la cuantía de la subvención por la transformación en jornada completa del contrato suscrito a tiempo parcial con mujeres será de:
  • 4.000 euros en el caso de que la jornada parcial del contrato suscrito inicialmente sea igual o inferior al 50 %.
  • 3.000 euros en el caso de que la jornada parcial del contrato suscrito inicialmente sea superior al 50 % e igual o inferior al 75 %.

Más información

 

AYUDAS DESTINADAS AL FOMENTO DE LA COOPERACIÓN EMPRESARIAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL.

Período de selección: del 9 de agosto al 14 de octubre de 2019, ambos inclusive.

Ayudas para la puesta en marcha de un Programa de fomento de la cooperación empresarial, dirigido a favorecer la competitividad y crecimiento de las Pymes de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ya sea a través de la creación y/o consolidación y crecimiento de Agrupaciones Empresariales Innovadores (en adelante, AEI) o Clústeres pertenecientes a sectores estratégicos de la región, así como al desarrollo de proyectos colaborativos a abordar entre un grupo de Pymes.

Órgano gestor: Dirección General de Empresa. Paseo de Roma s/n. Mérida. Tel: 900 107 360 extremaduraempresa@juntaex.es

Más información

 

AYUDAS PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA EXTREMEÑA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL.

En concreto, estas ayudas, en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, se instrumentan a través de dos líneas; una destinada a acciones para la internacionalización de la empresa extremeña y, una segunda, como ayuda para contratación de técnicos en comercio exterior, por un periodo mínimo de 3 años.

  • Ayudas destinadas a acciones para la internacionalización.
  • Ayudas de contratación de técnicos en comercio exterior.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 31 de julio de 2020, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario.

Más información

AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS. SERVICIO DE FOMENTO DEL EMPLEO DEL SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO.

Ayudas destinadas a facilitar el mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas en los supuestos de riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento preadoptivo o permanente o riesgo durante la lactancia natural.

Destinatarios finales: Personas desempleadas.

Beneficiarios/as: Trabajadoras autónomas cuya actividad se desarrolle de forma individualizada.

Cuantía: El equivalente al coste de la contratación efectuada con el límite de 1.000 euros al mes.

Vigencia: hasta el 02/10/2020.

Órgano Gestor: Servicio de Fomento del Empleo del SEXPE.

Teléfonos: 927005201 y 927005174

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MICROCRÉDITOS DE HASTA 25.000 € PARA EMPRENDEDORES Y MICROPYMES SIN GARANTÍAS ADICIONALES.

Los microcréditos Jeremie tienen como objetivo facilitar el acceso a financiación bancaria a emprendedores y pequeñas empresas.

Una de las principales dificultades para lanzar un nuevo proyecto viable al mercado es la falta de garantías o avales. Con el objetivo de dar solución a esta problemática. La Junta de Extremadura ha creado un instrumento financiero que facilita estas garantías necesarias para la puesta en marcha o el crecimiento de nuevos proyectos empresariales en Extremadura

Los Microcréditos Jeremie están dirigidos a proyectos promovidos por personas emprendedoras, para la creación de una empresa o para micro pymes ya existentes, con menos de 3 años de antigüedad.

Tienen un importe máximo de 25.000 euros, con una duración entre 24 y 72 meses, con hasta 1 año de carencia y a un tipo de interés de Euribor más el 3,5%. Podrán destinarse a financiar inversiones y el activo circulante asociado a esas inversiones.

Plazo máximo de solicitud: hasta el 31/12/2026

Órgano emisor: El Fondo Jeremie Extremadura 2 es propiedad de la Junta de Extremadura, está gestionado por Extremadura Avante S.L.U. según el Acuerdo de Financiación del 29 de diciembre 2016, y para la ejecución del producto financiero de garantía sobre microcrédito ha seleccionado a la entidad Cajalmendralejo Sociedad Cooperativa de Crédito.

Beneficiarios/as:

  • Emprendedores/as (persona física, desempleadas o no) que pretenden desarrollar una nueva actividad empresarial o profesional en Extremadura, bajo cualquier forma jurídica.
  • Micro pymes (incluidos los/as autónomos/as) que hayan iniciado actividad empresarial o constituido la sociedad, como máximo tres años antes de la fecha de solicitud del microcrédito.
  • Emprendedores/as sociales, entendidos como aquellas personas físicas que se encuentran en situación de exclusión o riesgo de exclusión.

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO. JUNTA DE EXTREMADURA

ORDEN de 28 de febrero de 2019 por la que se establece la convocatoria de ayudas a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2019.

Podrá acceder a la subvención el joven agricultor o agricultora que se establece en una explotación agraria por primera vez como titular de la explotación. Podrá establecerse de forma individual o junto con otros agricultores y agricultoras, en cualquier forma jurídica.

Destinado a jóvenes agricultores o agricultoras que se establecen en una explotación agraria por primera vez como titulares de la explotación.

  • Plazo de finalización de presentación de solicitudes: hasta el 11 de abril de 2019.
  • Más información

 

DIPUTACIÓN DE CÁCERES

CONVOCATORIA PLAN EMPRENDE

El objeto de la presente convocatoria es el fomento de iniciativas, actividades o proyectos emprendedores que sean coherentes con las estrategias de desarrollo rural de la Diputación Provincial de Cáceres sobre todo en la lucha contra el despoblamiento y el programa «Diputación Desarrolla» de esta Institución, con incidencia en Entidades Locales con población inferior a 20.000 habitantes

  • Importe máximo por solicitud: 5000 €
  • Plazo: desde el 4 de septiembre de 2018 hasta el 3 de diciembre de 2018
  • Más información

CONVOCATORIA REHABILITA

El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones por parte de la Diputación Provincial de Cáceres para financiar obras de rehabilitación de viviendas del medio rural, en núcleos urbanos, que actualmente constituyan la vivienda habitual del solicitante, menor de 45 años e inclusive, en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes y en las Entidades Locales Menores, de la provincia de Cáceres.

  • Importe máximo por solicitud: 15000 €
  • Plazo: desde el 5 de octubre de 2018 hasta el 17 de diciembre de 2018
  • Más información

CONVOCATORIA EMPLEA 2018

El objeto de este Plan consiste en la creación de nuevo empleo a través de las ayudas que se concederán a las EELL y que consistirán en transferencias corrientes de la Diputación de Cáceres a las entidades locales beneficiarias, siendo subvencionables los gastos de personal que se deriven de las contrataciones a realizar.    Está dotado con un total de 6.444.000 euros y va destinado a financiar gastos de personal contratado por las entidades locales menores de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres, es decir, para fomentar el empleo de nueva creación en el medio rural por parte de las entidades locales. Cada beneficiario podrá obtener una subvención máxima de 12.000 euros, y se insta, desde la Diputación, a que las contrataciones favorezcan a personas desempleadas de larga duración, mujeres residentes en el municipio o personas proactivas en la búsqueda de empleo.

junta de extremadura.

CONVOCATORIA 4/18 DE AYUDAS PÚBLICAS BAJO LA METODOLOGÍA LEADER EN LA COMARCA DEL VALLE DEL JERTE PARA INVERSIONES EN TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS

La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de la comarca del Valle del Jerte de Extremadura: Barrado, Cabezuela del Valle, Cabrero, Casas del Castañar, El Torno, Jerte, Navaconcejo, Piornal, Rebollar, Tornavacas, Valdastillas.

El sistema de ayudas en el marco del eje LEADER tiene como finalidad la aplicación de estrategias innovadoras mediante la metodología LEADER, contribuyendo de esta manera al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.

  • Beneficiari@s: personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones conforme al artículo único del Decreto 58/2018, de 15 de mayo, por el que se modifica el artículo 11 del Decreto 184/2016, de 22 de noviembre, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER.
  • Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de enero de 2019
  • Más información
extremadura empresarial. junta de extremadura.

CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA COOPERACIÓN EMPRESARIAL

Las ayudas a la cooperación empresarial subvencionan hasta el 80% de proyectos desarrollados conjuntamente por al menos tres empresas que tengan necesidades comunes y que traten colaborativamente de superarlas.

Este programa de ayudas también fomenta la consolidación y crecimiento de Clústeres y Agrupaciones Empresariales Innovadores (AEI) de la región, así como la creación de nuevas AEI o Clústeres del sector industrial, agroindustrial, logística y distribución.

FOMENTO DEL EMPLEO EN EL ÁMBITO DE LA ECONOMÍA SOCIAL

Creación de empleo estable y apoyo técnico a sociedades cooperativas, sociedades laborales y sus entidades asociativas.

Finalidad de la ayuda:

El Programa I: Creación de empleo estable, subvenciona la incorporación de personas desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo a sociedades cooperativas y sociedades laborales, así como la transformación de contratos temporales de personas de su plantilla en contratos indefinidos, al tiempo que adquieren estas personas la condición de socias trabajadoras o de trabajo.

El Programa II: Apoyo técnico a Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales y sus Entidades Asociativas, subvenciona la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desarrollo de funciones técnicas propias de la titulación académica que posean y, asimismo, la contratación indefinida de personas trabajadoras para el desempeño de funciones de carácter gerencial o directivo, todo ello con el fin de mejorar la profesionalidad en la gestión de las Sociedades o Entidades.

Más información

 

AYUDAS DESTINADAS A LA ORGANIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE FERIAS COMERCIALES OFICIALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Organización y promoción de ferias comerciales oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Finalidad de la ayuda: Serán considerados subvencionables los gastos realizados por los beneficiarios, derivados de la promoción, organización y celebración de las Ferias Comerciales Oficiales.

Inscripción

CONVOCATORIA: PROGRAMA CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS SOCIALES. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESA Y COMPETITIVIDAD.

Un total de veinte empresas extremeñas pueden participar en el programa de Consolidación de empresas sociales para impulsar el crecimiento de su negocio, a través de un proceso de diagnóstico de la situación global de la empresa y la elaboración e implementación de un plan de acción para mejorar la competitividad. Las personas interesadas en esta iniciativa pueden ampliar información participando en las sesiones informativas que se celebran el 12 de junio en Cáceres (Edificio Embarcadero C/ Santa Cristina, s/n, Aldea Moret) y el 13 de junio en
Mérida (ESHAEX, Avda. del Río, s/n)
Teléfono de contacto: 924004447
CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESA E INNOVACIÓN

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA COMERCIALIZACIÓN DE LA ARTESANÍA GALLEGA Y SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2022

Objeto:  la concesión de subvenciones de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la comercialización de la artesanía gallega.

Plazo de presentación de las solicitudes: El plazo para presentar las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente al de la publicación, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Personas beneficiarias:

  1.  Titulares de talleres artesanales,
  2. Asociaciones profesionales y empresariales de artesanas/os de Galicia
  3. Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuantía:

  1. Para titulares de talleres artesanales: Participación como expositora/or en ferias o eventos de

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AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS AL FOMENTO DEL EMPLEO LÍNEA 1. AYUDAS A LA CONTRATACIÓN. ANUALIDAD 2022 PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO PLAN DE CAPACITACIÓN.

Beneficiarios/as: Empresas y personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de A Coruña, que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE.

Objeto: El objeto de esta línea es la concesión de ayudas a las empresas de la demarcación de la Cámara de Comercio de A Coruña que hayan contratado a jóvenes beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil, que hayan participado en el Plan de Capacitación, por un tiempo mínimo de 6 meses (180) días a tiempo completo.

Cuantía: El importe de las ayudas por cada joven contratado asciende a 4.950€.

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CONSELLERÍA DE EMPLEO E IGUALDAD

AYUDAS DESTINADAS A FOMENTAR EL ASOCIACIONISMO Y LA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES, Y SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2022.

Objeto: establecer las bases reguladoras y la convocatoria, para el año 2022, de las ayudas dirigidas a las asociaciones de mujeres y a las federaciones constituidas por estas, con la finalidad de fortalecer y consolidar el movimiento asociativo y potenciar la participación social y la calidad de vida de las mujeres gallegas.

Beneficiarias: Asociaciones de mujeres y federaciones constituidas por estas, sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos, condiciones y obligaciones previstos en esta convocatoria y en la normativa general de subvenciones, en particular:

  • Tener domicilio social en Galicia.
  • Estar legalmente constituidas.
  • Estar inscritas en el Área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS).

Cuantía: La cuantía máxima de la ayuda que se puede conceder al amparo de esta línea es de 6.000 €.

Plazo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

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AGENCIA GALLEGA DE INNOVACIÓN

AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA CAPACIDAD DE INNOVACIÓN DE LAS EMPRESAS EN GALICIA, A TRAVÉS DE LA FINANCIACIÓN DE LAS ACTIVIDADES INTEGRADAS EN PLANES DE INNOVACIÓN Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2022 (INNOVA PYME)

Beneficiarios/as: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: Actividades de investigación

Presupuesto total de la convocatoria: 2,800,000.00 €

Plazo: El correspondiente al mismo ordinal del día de publicación

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AGENCIA GALLEGA DE LA INDUSTRIA FORESTAL. XUNTA DE GALICIA

AYUDAS PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES FORMATIVAS NO REGLADAS Y DE DIVULGACIÓN QUE IMPULSEN EL CONOCIMIENTO, LA COMPETITIVIDAD Y LA INNOVACIÓN DE LA INDUSTRIA FORESTAL-MADERA DE GALICIA.

Objeto: Organización de acciones formativas que permitan mejorar y reforzar las habilidades profesionales para incrementar la competitividad, el conocimiento y que destaquen la importancia estratégica de la industria forestal-madera, el diseño, la innovación y el desarrollo sostenible.

Beneficiarias/os:

  1. a) Asociaciones, organizaciones, fundaciones de interés gallego y entidades sin ánimo de lucro, que tengan base asociativa y sean representativas o relacionadas con la cadena de valor de la industria forestal-madera.
  2. b) Agrupaciones empresariales innovadoras (AEI) representativas o relacionadas con la cadena de valor de la industria forestal-madera.
  3. c) Colegios profesionales cuando las actividades subvencionables se correspondan con su objeto y fines sociales, según lo dispuesto en sus estatutos.

Cuantía: Las actuaciones objeto de apoyo serán de dos tipos:

  • Proyectos tractores cuya inversión total subvencionable, tanto para las actividades formativas no regladas como para las actividades divulgativas, tendrá un mínimo de 15.000,00 euros y un máximo de 80.000,00 euros.
  • Proyectos singulares cuya inversión total subvencionable, tanto para las actividades formativas no regladas como para las actividades divulgativas, tendrá un máximo de 14.999,00 euros.

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 18 de marzo de 2022. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

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INSTITUTO GALEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE)

GALICIA RURAL EMPRENDE – CREACIÓN DE EMPRESAS PARA ACTIVIDADES NON AGRÍCOLAS EN ZONAS RURAIS (2022)

Objeto: puesta en marcha de actividades económicas no agrarias viables

Beneficiarios/as: Podrán optar a las ayudas para la primera puesta en marcha de actividades económicas no agrarias viables, los proyectos destinados a la creación de empleo en el medio rural, que deberán contribuir a la diversificación económica, el crecimiento del empleo, la sostenibilidad rural y el equilibrio territorial, tanto en términos económicos como sociales.

La definición de áreas rurales se hace eliminando aquellas áreas consideradas densamente pobladas (urbanas) en un territorio. En el caso de Galicia, solo los 7 municipios de los mayores núcleos de población de la Comunidad Autónoma (A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Vigo, Ferrol y Santiago de Compostela) tienen esta consideración. También se consideran inadmisibles las parroquias que se encuentren en municipios no urbanos pero que tengan parroquias que tengan esta característica (área densamente poblada). En el Anexo VII se incluye la relación de parroquias no elegibles a efectos de estas bases.

Cuantía: La ayuda consistirá en una prima cuyo importe básico se fija en 20.000 euros, pudiendo incrementarse hasta un máximo de 45.000 euros en las siguientes situaciones:

  • a) Creación de empleo indefinido (mínimo 1 puesto de trabajo UTA- Unidad de Trabajo por Año). La creación de empleo deberá ser adicional, además de la mano de obra correspondiente al beneficiario de la ayuda: 20.000 euros.
  • b) Ubicación en una zona con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas a las que se refiere el artículo 32 del Reglamento (UE) 1305/2013, y que figuran en el Anexo VI de las bases reguladoras: 5.000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 8 de marzo de 2022.

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IGAPE

Anuncio Xunta

CONSELLERÍA DE EMPLEO E IGUALDAD. XUNTA DE GALICIA.

AYUDAS PARA IMPLANTAR LA IGUALDAD LABORAL, LA CONCILIACIÓN Y LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL (RSE).

Objeto: Ayudas e incentivos a pymes, a personas trabajadoras autónomas con personas trabajadoras a cargo, para implantar la igualdad laboral, adoptar medidas de corresponsabilidad y de conciliación de la vida familiar, personal y labora), así como implantar sistemas de gestión de responsabilidad social empresarial (RSE), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Se diferencian tres grandes grupos o líneas de ayudas:

I: Elaboración e implantación de planes de igualdad.

II: Conciliación. Que, a su vez, comprende tres subgrupos o sublíneas:

  • Incentivos para fomento del teletrabajo: se incentivará la adopción de acuerdos laborales de teletrabajo.
  • Incentivos para el fomento de la flexibilidad horaria. Se incentivará la adopción de acuerdos laborales de flexibilidad horaria.
  • Subvenciones para la adquisición de elementos tecnológicos que posibiliten el teletrabajo.

III.Certificaciones de RSE. Se subvencionará la obtención de una certificación o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 4 de marzo de 2022.

Cuantía:

– Para los planes de Igualdad:

  • a) Hasta el 80 % de los costes que conlleve el proceso de diagnosis previa de la empresa con un máximo de 3.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 5.000 € en los demás supuestos.
  • b) Hasta el 80 % de los costes derivados de la elaboración de un plan de igualdad, con un máximo de 1.500 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 3.000 € en los demás supuestos.
  • c) Hasta el 80 % de los costes derivados de la implantación de las medidas prioritarias previstas en la primera fase del plan de igualdad con un coste máximo de 1.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta 2.000 € en los demás supuestos.
  • d) Una cuantía de 12.000 € por la contratación como mínimo de un año de una persona experta en igualdad (compatible con las ayudas de los apartados anteriores).

– Para el fomento de teletrabajo:

Las ayudas consistirán en un incentivo de 2.000 euros por persona trabajadora con un acuerdo de teletrabajo, bien por adaptación del contrato que tenga en la empresa o bien por la realización de un nuevo contrato para una persona no vinculada a la empresa, con el límite máximo de 8.000 euros por empresa.

El límite máximo se incrementará en 1.000 euros para aquellas empresas en las que la tasa de ocupación femenina sea por lo menos igual a la masculina. Este incremento no será aplicable a aquellas empresas que ya lo hayan obtenido en otras convocatorias.

– Para el fomento de la flexibilidad horaria:

Las ayudas consistirán en un incentivo de 8.000 euros por empresa solicitante. El límite máximo se incrementará en 1.000 euros para aquellas empresas en las que la tasa de ocupación femenina sea por lo menos igual a la masculina.

– Adquisición de elementos tecnológicos que faciliten el teletrabajo:

Las ayudas consistirán en una subvención de hasta el 80 % de la inversión, con el tope de 1.500 euros por persona trabajadora beneficiada y con el límite máximo de 20.000 euros por empresa. La ayuda se verá incrementada en un 10 % para aquellas empresas en las que la tasa de ocupación femenina sea al menos igual a la masculina

– Certificaciones de Responsabilidad Social Corporativa:

Será el pago del 80 % de los costes que conlleve el proceso de la certificación o verificación con un máximo de 2.000 € por empresa.

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XUNTA DE GALICIA

PRÉSTAMOS AVALADOS PARA O CRECEMENTO DAS PEMES (2021)

Objeto: Favorecer o acceso a préstamos a longo prazo para financiar investimentos produtivos e/ou circulante estrutural por parte das pemes galegas.

1.  Beneficiarios/as:   Poderán ser beneficiarias as pequenas e medianas empresas, que cumpran os seguintes requisitos:

  • Teñan o seu domicilio fiscal e desenvolvan a súa actividade económica en Galicia.
  • Cumpran os requisitos e condicións establecidos para a correspondente liña de financiamento, que se detallan no anexo I.

2. Tamén poderán acceder á condición de beneficiario as persoas físicas, as agrupacións de persoas físicas ou xurídicas, as comunidades de bens, as sociedades civís, ou calquera outro tipo de unidade económica ou patrimonio separado que, aínda carecendo de personalidade xurídica, cumpran os requisitos do anterior número 1.

3. Considéranse atendibles todas as actividades, salvo as que aparecen expresamente excluídas.

4. Non poderán ter a condición de beneficiarias:

  • As empresas suxeitas a unha orde de recuperación de axudas, consecuencia dunha decisión da Comisión Europea.
  • As empresas inmersas nun procedemento de insolvencia, ou que reúnan os requisitos para someterse a un procedemento de quebra ou insolvencia por petición dos seus acredores. En particular, entenderanse nesta situación ao atoparse declarados en concurso, salvo que en este adquirise a eficacia un convenio, ou cando concorra algunha das circunstancias previstas no artigo 2.4 da Lei 22/2003, do 9 de xullo, concursal. Tamén se encadrarán neste suposto aquelas empresas que estean en proceso de negociación cos seus acredores ao abeiro do artigo 5.bis da citada Lei 22/2003, salvo que adquirise eficacia un acordo de refinanciamento.
  • As entidades nas que concorra algunha das circunstancias previstas no artigo 10.2 da Lei 9/2007.

Cuantía: O Igape reavalará ata un máximo do 25 % do risco asumido polas SGR como primeiras avalistas.

O Igape poderá subvencionar a fondo perdido, mentres non se esgote a dispoñibilidade orzamentaria e mentres a beneficiaria non supere o seu límite de axudas de mínimis, un importe equivalente a 1,5 puntos porcentuais dos xuros dos préstamos concedidos ao abeiro desta modalidade de financiamento daquelas pemes cunha actividade especialmente afectada pola crise sanitaria e nas que se espera unha recuperación especialmente lenta, cuxos CNAE se relacionan no Anexo II, apartado a).

As axudas financeiras que se concedan ao abeiro destas bases terán a consideración de axuda de minimis

Plazo: O prazo de presentación de solicitudes comezará o día seguinte ao da publicación desta resolución no Diario Oficial de Galicia e finalizará o 30 de setembro de 2021, agás que se produza o suposto de esgotamento do crédito.

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DIPUTACIÓN DE LUGO

PLAN REANIMA LUGO

  • Objeto: el objeto de la presenta convocatoria es paliar y actuar de manera inmediata, ante las consecuencias derivadas de la crisis económica provocada por el COVID-19, e impulsar la actividad económica en el término municipal de Lugo, otorgando liquidez a las empresas de la ciudad para, contribuyendo a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, ayudar al mantenimiento de la actividad y así conseguir la debida protección del empleo.
  • Plazo: 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en Bog (Boletín Oficial de la Provincia de Lugo- 14 de abril)
  • Beneficiarios/as:
    • Línea 1.- Medidas para ayudar al impulso económico y la protección del empleo: Este subsidio puede ser solicitado por personas físicas o jurídicas, así como por comunidades de propiedad, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas para llevar a cabo las actividades. empresas que motivan la adjudicación de la subvención y que cumplen con los requisitos (empresas que han sido afectadas por el cierre decretado del estado de alarma, o no afectadas por el cierre, pero que han reducido su facturación hasta en un 75%).
    • Línea 2.-Medidas para ayudar a conciliar la vida familiar y laboral para situaciones derivadas de la crisis de salud causada por Covid-19: Las personas registradas en el Ayuntamiento de Lugo, trabajadores en los que concurren simultáneamente las siguientes situaciones, pueden solicitar este subsidio:
      • a) trabajen por cuenta propia y estén registrados en el régimen general de seguridad social el 1 de marzo de 2020, o trabajadores/as por cuenta propia que puedan ser beneficiarios de la línea 1, siempre que cumplan los requisitos indicados.
      • b) para demostrar una disminución en los ingresos que es el resultado de un procedimiento de regulación de empleo temporal, o por haber solicitado licencia o reducción de las horas de trabajo para el cuidado de niños dependientes menores de 12 años.
      • c) tener hijos dependientes menores de 12 años afectados por el cierre de las escuelas de Cuarto.
  • Importe de las ayudas: Los importes serán los siguientes:
    • Línea 1: Aquellas empresas y autónomos/as que cerraron, recibirán una cantidad fija de 1.200 euros. Si no cerraron, pero redujeron hasta un 75%, la cuantía fija será de 750 euros. Además, si no tramitan un ERTE recibirán, además, 600 euros por trabajador/a si la empresa tiene hasta 9 empleados/s; y de 450 euros si tiene entre 10 y 49 trabajadores/as. Se deben comprometer a no solicitar el ERTE en los tres meses posteriores a su concesión. Si se tramita un ERTE, además de las ayudas fijas, recibirán 180 euros por trabajador/a si la empresa tiene hasta 9 empleados/as, y de 120 euros si tiene entre 10 a 49 trabajadores/as.
    • Línea 2: el Ayuntamiento otorga una cuantía fija de 100 euros, que se incrementa a 150€ si fueran dos hijos a cargo o a 175 euros si fueran 3 o más hijos/as a cargo.
  • Plazo: 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en BOG (Boletín Oficial de la Provincia de Lugo- 14 de abril)
  • Teléfono: 900.270.900 (En horario de 8.00 horas a 20.00 horas de lunes a jueves, y de 8.00 horas a 15.00 horas los viernes)
  • Presentación: modelo de solicitud disponible en http://concellodelugo.gal/, las solicitudes se deben dirigir al Servizo e Desenvolvemento Local Sostible. Se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Concello de Lugo www.lugo.gal

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XUNTA DE GALICIA

SUBVENCIONES PARA LA INNOVACIÓN, LA DIGITALIZACIÓN Y LA IMPLANTACIÓN DE NUEVAS FÓRMULAS DE COMERCIALIZACIÓN Y DE EXPANSIÓN DEL SECTOR COMERCIAL Y ARTESANAL. DIRECCIÓN XERAL DE COMERCIO E CONSUMO. CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, EMPREGO E INDUSTRIA.

Objeto: la concesión de subvenciones para la innovación, la digitalización y la implantación de nuevas fórmulas de comercialización y expansión del sector comercial y artesanal.

Actuaciones subvencionables:

  1. Digitalización comercial.
  2. Proyectos de modernización integral del local comercial incluidas en un proyecto de decoración e interiorismo.
  3. Proyectos de expansión comercial.
  4. Participación o puesta en marcha de proyectos de tiendas efímeras o eventos pop up.
  5. Proyectos de puesta en marcha de concept stores.
  6. La adquisición de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal.

(Se recomienda ver la normativa para aclarar los gastos subvencionables de cada actuación y el Importe máximo de cada una)

Plazo de presentación: 22/02/2020 – 23/03/2020

Beneficiarias: comerciantes detallistas y titulares de talleres artesanos, dependiendo del tipo de actuación.

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SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES EN MATERIA DE ECOINNOVACIÓN COMERCIAL. DIRECCIÓN XERAL DE COMERCIO E CONSUMO. CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, EMPREGRO E INDUSTRIA.

Objeto: concesión de subvenciones para la ejecución de proyectos ecoinnovadores en el desarrollo de la actividad comercial.

Actuaciones subvencionables:

  1. Ecoenvases: soluciones sostenibles de empaquetado de producto y para su envío, en su caso, con la utilización de materiales cien por cien biodegradables. La inversión máxima subvencionable para este apartado será de 4.000 €, IVA excluido, y el porcentaje de la subvención será del 70 %.
  2. Economía circular: La subvención consistirá en una ayuda por beneficiario de 1.500 € para el impulso de proyectos ecoinnovadores que incluyan las actuaciones descritas en este apartado.
  3. Instalación de máquinas de reciclaje de envases con incentivos: La inversión máxima subvencionable será de 7.000 €, IVA excluido, y el porcentaje de subvención será del 50 % de la inversión máxima subvencionable.

Beneficiarias: comerciantes detallistas, los talleres artesanos y las asociaciones de vendedores de las plazas de abastos y centros comerciales abiertos previstos en el artículo 3 de la normativa que regula la convocatoria.

Plazo de presentación:  22/02/2020 – 23/03/2020

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AYUDAS A LAS INVERSIONES EN TECNOLOGÍAS FORESTALES, PROCESADO, MOVILIZACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FORESTALES. CONSELLERIA DE ECONOMÍA, EMPREGO E INDUSTRIA.

Esta resolución tiene por objeto establecer las bases que regulan las ayudas a las inversiones en tecnologías forestales, procesado, movilización y comercialización de productos forestales y realizar su convocatoria. Estas ayudas se convocan de acuerdo con el Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.

Beneficiarios/as: Podrán ser beneficiarios/as las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) del sector forestal radicadas en Galicia en relación con las inversiones realizadas en zonas rurales de acuerdo con los criterios de ubicación establecidos en el ámbito territorial del PDR 2014-2020 y descritos en el anexo XIII.

Plazo de presentación: 20/02/2020 al 20/03/2020

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SUBVENCIONES PARA ENTIDADES DE ACCIÓN VOLUNTARIA Y ENTIDADES LOCALES ENMARCADAS EN EL PROGRAMA SERVICIO DE VOLUNTARIADO JUVENIL

Serán subvencionables los proyectos de acción voluntaria presentados por entidades de acción voluntaria y entidades locales siempre que dicha acción voluntaria la desarrollen jóvenes de edades comprendidas entre los 16 y los 30 años.

En caso de que la solicitud la hubiesen presentado varias entidades locales conjuntamente, dichos ayuntamientos no podrán presentar solicitud de subvención a título individual para el mismo o distinto proyecto.

Requisitos:

Para poder ser beneficiarias/os de estas ayudas serán condiciones imprescindibles:

  1. Que las entidades de acción voluntaria y las entidades locales estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia en la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. No obstante, también podrán solicitar ayudas las entidades no inscritas que, en la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, hayan presentado la solicitud de inscripción en la sección de entidades del Registro de Acción Voluntaria de Galicia.
  2. Tener sede permanente o domicilio social en Galicia y desarrollar los programas subvencionables en la Comunidad Autónoma gallega a través de personas voluntarias.
  3. Tener debidamente contratados todos los seguros de responsabilidad civil y de accidentes de todas las personas voluntarias que participen en el proyecto presentado, durante todo el tiempo de ejecución de este.
  4. Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la consellería competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia.
  5. Haber cumplido la obligación de remisión al Consejo de Cuentas de las cuentas generales del último ejercicio, en el caso de las entidades locales.

Plazo de presentación de solicitudes: 04/02/2020 al 03/03/2020.

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SUBVENCIONES A ENTIDADES DE INICIATIVA SOCIAL SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ATENCIÓN SOCIAL INTEGRAL A PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXPLOTACIÓN SEXUAL, PREFERENTEMENTE INMIGRANTES, Y/O VÍCTIMAS DE TRATA DE SERES HUMANOS CON FINES DE EXPLOTACIÓN SEXUAL Y/O LABORAL, COFINANCIADAS POR EL PROGRAMA OPERATIVO FSE GALICIA 2014-2020

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y convocar para el año 2020 las subvenciones a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de atención social integral dirigidos a personas en situación de explotación sexual, preferentemente inmigrantes, y/o víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y/o laboral, en la Comunidad Autónoma de Galicia, con la finalidad de apoyar la recuperación y la integración social y laboral de estas personas.

Destinatarias: entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro.

Requisitos:

  • Estar inscritas en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, regulado por el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación y la inspección de los servicios sociales en Galicia.
  • Carecer de ánimo de lucro.
  • Tener su domicilio social en Galicia o delegación en la Comunidad Autónoma.
  • No encontrarse en ninguna de las situaciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incursas en las dichas circunstancias se realizará mediante declaración responsable de la persona representante de la entidad.
  • Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en esta resolución y en la normativa general de subvenciones.

Plazo de solicitud: 04/01/2020-03/02/2020

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CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO E INDUSTRIA. XUNTA DE GALICIA

PROGRAMA EMPLEA MUJER DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA Y FORMACIÓN DE MUJERES DESEMPLEADAS

Por medio de esta convocatoria las empresas tendrán la posibilidad de obtener ayudas para la contratación por cuenta ajena y la formación de mujeres desempleadas.

Se incluyen dos tipos de ayuda compatibles:

  1. Bono de contratación: subvención a la contratación indefinida inicial, a la contratación temporal con una duración inicial mínima de 12 meses, a la transformación de contratos temporales en indefinidos que deberán ser a tiempo completo y, en el caso de contratos indefinidos a tiempo parcial, se subvencionará el incremento de jornada que deberá alcanzar la jornada a tiempo completo ordinaria o la establecida en el convenio colectivo de aplicación.
  2. Bono de formación (opcional) dirigido a las mujeres contratadas por medio de esta orden para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo, excepto en los casos de incremento de la jornada y transformación de contratos temporales en indefinidos.

Beneficiarios/as: personas empleadoras y empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten mujeres desempleadas.

Plazo de presentación: 08/01/2020 al 30/09/2020.

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ORDEN de 19 de junio de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras del programa del bono de las personas autónomas y se procede a su convocatoria para el año 2019

Estas bases tienen por objeto fijar los criterios y requisitos para la concesión de ayudas del Programa del bono de las personas autónomas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia. 2 líneas de actuación para la mejora de la competitividad: a través de diferentes servicios y a través de diferentes inversiones.

  • Beneficiarias/os: personas trabajadoras autónomas, sociedades y comunidades de bienes.
  • Plazo de presentación de solicitudes: del 3 de julio al 2 de agosto de 2019
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SECRETARÍA XERAL DE EMPREGO. XUNTA DE GALICIA

AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN POR MATERNIDAD O PATERNIDAD DE LA PERSONA TRABAJADORA AUTÓNOMA

Mediante la presente ayuda se permitirá que la persona trabajadora por cuenta propia obtenga una compensación para la contratación de una persona durante un período máximo de un año, para favorecer la conciliación de su vida personal y laboral y facilitar la continuidad de su proyecto empresarial.

  • Beneficiarias/os: personas trabajadoras dadas de alta en el RETA cuyo centro de trabajo o domicilio social esté en la Comunidad Autónoma de Galicia que disfrutaran de un período de descanso por nacimiento y que en el plazo de los quince días siguientes al de su finalización realicen un contrato a una persona trabajadora por cuenta ajena.
  • Plazo de presentación de solicitudes: del 17/05/2019 al 30/09/2019.
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INSTITUTO GALEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA. XUNTA DE GALICIA

RESOLUCIÓN do 2 de abril de 2019 pola que se dá publicidade do acordo do Consello de Dirección que aproba as bases reguladoras das axudas para novos emprendedores, cofinanciadas polo Fondo Europeo de Desenvolvemento Rexional, no marco do programa operativo Feder Galicia 2014-2020, e se procede á súa convocatoria en réxime de concorrencia competitiva (Galicia Emprende).

Objetivo: Serán subvencionables os proxectos de creación de pequenas e medianas empresas por novos emprendedores, así como os proxectos de investimento para a ampliación en pequenas e medianas empresas xa creadas, sempre que cumpran os requisitos para seren consideradas nova peme. Contía das axudas: Con carácter xeral a subvención poderá chegar ata o 20 % dos custos subvencionables e ata o 30 % se o beneficiario é unha pequena empresa, agás os gastos do artigo 5.1.a)5º anterior, que poderán chegar ao 10 % no caso de medianas empresas e ao 20 % no caso de pequenas empresas.

  • Prazo de presentación de solicitudes:
    • Convocatoria 2019.1: del 22/04/2019 al 27/06/2019.
    • Convocatoria: 2019.2: del 28/06/2019 al 18/10/2019.
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RESOLUCIÓN do 19 de decembro de 2018 pola que se lle dá publicidade ao acordo do Consello de Dirección que aproba as bases reguladoras das axudas aos proxectos de investimento empresarial, cofinanciadas polo Fondo Europeo de Desenvolvemento Rexional, no marco do programa operativo Feder Galicia 2014-2020, e se procede á súa convocatoria en réxime de concorrencia non competitiva.

Obsectivo: Estimular a posta en marcha de proxectos de investimento empresarial en Galicia, coa finalidade principal de dinamizar a actividade económica na Comunidade Autónoma e potenciar o mantemento e creación de emprego, a través do desenvolvemento e mellora das empresas existentes, así como coa creación e posta en marcha de novas iniciativas empresariais. Contía das axudas: Contía das axudas A contía da axuda será o resultado de multiplicar a porcentaxe de subvención aprobada polo importe do investimento subvencionable.
A porcentaxe de subvención aprobada será a suma das porcentaxes obtidas na baremación dos seguintes criterios:

  1. Tamaño da empresa
  2. Mantemento do emprego no caso da comunidade autónoma de Galicia
  3. Creación de emprego estable na comundade autónoma de Galicia: en base ao compromiso de creación neta de postos de traballo con carácter indefinido durante o prazo de execución do proxecto.
XUNTA DE GALICIA. AXENCIA PARA A MODERNIZACIÓN TECNOLÓXICA DE GALICIA (AMTEGA)

SUBVENCIONES A EMPRESAS AISLADAS EN ZONAS RURALES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE BANDA ANCHA ULTRARRÁPIDA

Destinado a empresas privadas del medio rural que vayan a mantener su actividad durante al menos un año.

XUNTA DE GALICIA. DIRECCIÓN XERAL DE PESCA, ACUICULTURA E INNOVACIÓN TECNOLÓXICA. SUBDIRECCIÓN XERAL DE INNOVACIÓN TECNOLÓXICA. SERVIZO DE INNOVACIÓN TECNOLÓXICA DAS INDUSTRIAS

AYUDAS DESTINADAS A PYMES DEL SECTOR TRANSFORMADOR

Convocatoria para el año 2019 de ayudas destinadas a la realización de inversiones para PYMEs del sector transformador de los productos de la pesca y acuicultura que contribuyan a hacer de este sector un sector sostenible desde una perspectiva medioambiental, socialmente responsable, basada en el conocimiento y competitiva.

AYUDAS DEL IGAPE PARA NUEVOS EMPRENDEDORES, COFINANCIADO POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL, EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER GALICIA 2014-2020

RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2018 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para nuevos emprendedores, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (Galicia Emprende).

  • Beneficiari@s: Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio)
  • Plazo de solicitud: del 30/07/2018 al 25/10/2018
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AYUDAS PARA LA PUESTA EN MARCHA DE CASAS NIDO

ORDEN de 17 de julio de 2018 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido, parcialmente cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para los años 2018, 2019, 2020 y 2021.

  • Beneficiari@s: Las personas físicas que se establezcan como empresarias/os autónomas/os y las cooperativas de trabajo asociado.
  • Plazo: hasta el 01/09/2018
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AYUDAS DESTINADAS A LA CREACIÓN DE GRUPOS Y ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES EN EL SECTOR AGRÍCOLA
  • Destinatari@s: PYMES
  • Plazo: Hasta el 16 de mayo de 2018
  • Ver bases
  • Otros datos: Xunta de Galicia. Ayudas cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014- 2020, y se convocan para el año 2018.
PROGRAMA RESPONSABILÍZATE

Se ha puesto en marcha la Convocatoria 2018 del programa RESPONSABILÍZATE que comprende una serie de servicios dirigidos a pymes y trabajadores/as autónomos/as en el marco de la formación e implantación de la Responsabilidad Social Empresarial en el negocio.

INCENTIVOS ECONÓMICOS REGIONALES

Fomento del desarrollo económico regional a través del apoyo financiero a la implantación de proyectos empresariales en la Comunidad Autónoma de Galicia, con el objeto de corregir los desequilibrios territoriales existentes.

  • Destinatari@s: personas físicas o jurídicas, españolas o residentes
  • Sectores:
    1. Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción, que presenten atención a las mejoras medioambientales, que incluya tecnología avanzada, favorezca la introducción de las nuevas tecnologías y la prestación de servicios….
    2. Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio, de carácter innovador especialmente en lo relativo a las mejoras medioambientales.
  • Plazo: Hasta el 31/12/2018
  • Más información
AYUDAS A LAS INVERSIONES EN TECNOLOGÍAS FORESTALES, PROCESAMIENTO, MOVILIZACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS (COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL) EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL (PDR) DE GALICIA
BASES REGULADORAS DO PROGRAMA DO BONO DAS PERSOAS AUTÓNOMAS E SE PROCEDE Á SÚA CONVOCATORIA PARA O ANO 2018

Descripción: Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria pública de ayudas del Programa del bono de las personas autónomas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia (código de procedimiento TR341Q), y se procede a su convocatoria para el año 2018.

Estas bases tienen por objeto fijar los criterios y requisitos para la concesión de ayudas del Programa del bono de las personas autónomas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

AYUDAS PARA ASOCIACIONES DE AMIGOS DEL CAMINO DE SANTIAGO

Convoca: Sociedade Anónima de Xestión do Plan Xacobeo

As Axudas a Asociacións de Amigos do Camiño de Santiago (Código de procedemento PR990A) teñen por obxecto fomentar a estabilidade e consolidación das Asociacións de Amigos do Camiño de Santiago e aquelas outras entidades que teñan como finalidade a promoción do Camiño de Santiago e a súa peregrinación, como entidades imprescindibles no fomento da peregrinación xacobea, na acollida e hospitalidade no Camiño de Santiago e na promoción da cultura xacobea.

Plazo de solicitud: 16/06/2018-16/07/2018

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AYUDAS DESTINADAS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO A PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS TITULARES DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS Y GANADERAS

Convoca: Dirección Xeral de Gandaría, Agricultura e Industrias Alimentarias. Conselleria do Medio Rural.

Convócanse para o exercicio orzamentario 2018, en réxime de concorrencia competitiva, as axudas destinadas á prestación de servizos de asesoramento a persoas físicas ou xurídicas titulares de explotacións agrícolas ou gandeiras, cofinanciadas co Fondo Europeo Agrícola de Desenvolvemento Rural (Feader) no marco do PDR de Galicia 2014-2020, de acordo coas bases reguladoras establecidas no capítulo I desta orde.

Plazo de solicitud: 19/06/2018-18/07/2018

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BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA EMEGA PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO FEMENINO EN GALICIA

Convoca: Secretaría General de la Igualdad. Xunta de Galicia

RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2018, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa EMEGA para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en el año 2018.

El programa Emega comprende un conjunto de ayudas dirigidas a apoyar la puesta en marcha, la mejora y la reactivación de iniciativas empresariales constituidas por mujeres, junto con medidas complementarias para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como para tener acceso a servicios específicos de acompañamiento, asesoramiento y tutorización al objeto de facilitar la implantación y la consolidación de los proyectos empresariales promovidos por mujeres.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 4 de agosto de 2018

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CÁMARA DE FUERTEVENTURA

SUBVENCIÓN PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA ISLA DE FUERTEVENTURA.

Objeto: financiar parte de los gastos relacionados con la creación de nuevas iniciativas empresariales en la isla de Fuerteventura.

Plazo de solicitud: del 19 de diciembre de 2022 al 31 de enero de 2023

Beneficiarias/os: Personas físicas, jurídicas o agrupación de las mismas que promuevan proyectos empresariales y que cumplan los siguientes requisitos:

  • a) Establecer su ubicación y domicilio fiscal y social en la Isla de Fuerteventura. Cada solicitante sólo podrá percibir una única ayuda en cada convocatoria. En ningún caso se atenderá más de una solicitud por peticionario.
  • b) Estar considerada pequeña empresa, es decir, aquella que tiene menos de 50 empleados y una cifra de negocio anual no superior a los diez millones de euros.
  • c) Personas físicas o jurídicas de nueva constitución o que hayan iniciado su actividad a partir del 1 de enero del año anterior al de la convocatoria o el indicado en la misma. Se entenderá como inicio de la actividad la fecha fijada en el modelo 036 o 037 de la declaración censal de alta en actividades empresariales, profesionales y/o artísticas.
  • d) Estar empadronado, con una antigüedad de, al menos, 36 meses anteriores a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Las Palmas (B.O.P.) la correspondiente convocatoria, en alguno de los seis municipios de la isla.
  • e) Iniciativas cuyos proyectos presentados en el momento de la solicitud reúnan condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera.
  • f) Que la actividad empresarial no se haya realizado con anterioridad bajo otra titularidad o forma jurídica preexistente.
  • g) Generar puestos de trabajo a través de altas al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos y/o altas de trabajadores con contratos laborales. En ambos casos, estos trabajadores, deberán desarrollar su actividad en exclusiva en la nueva empresa.
  • h) En el caso de persona jurídica contemplar la actividad objeto de subvención en el objeto social

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SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN EN LA ISLA DE FUERTEVENTURA.

Objeto: financiar parte de los costes salariales y cuota empresarial a la Seguridad Social (hasta un máximo de SEIS meses) en que incurran las empresas de la isla de FUERTEVENTURA por efectuar nuevos contratos.

Beneficiarias/os: Personas físicas, jurídicas o agrupación de las mismas que promuevan proyectos empresariales y que cumplan los siguientes requisitos:

  • a) Tener ubicación y domicilio fiscal y social en la Isla de Fuerteventura. Cada solicitante podrá
    solicitar, como máximo, subvención para tres contrataciones.
  • b) Estar considerada pequeña empresa, es decir, aquella que tiene menos de 50 empleados y una cifra de negocio anual no superior a los diez millones de euros.
  • c) Personas físicas y/o jurídicas que hayan realizado las contrataciones entre el 01 de enero del año de la convocatoria y la fecha de resolución de la misma. Se entenderá como inicio de la actividad la fecha fijada en el modelo 036 o 037 de la declaración censal de alta en actividades empresariales, o cualquier otro documento legalmente reconocido que acredite el alta y vigencia de la actividad económica desarrollada.
  • d) El promotor y las personas contratadas deben estar empadronados con una antigüedad de, al menos 36 meses anteriores a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Las Palmas (B.O.P.) de la correspondiente convocatoria, en alguno de los seis municipios de la isla.
  • e) Generar puestos de trabajo a través de altas al Régimen General de la Seguridad Social

Plazo de solicitud: del 19 de diciembre de 2022 al 31 de enero de 2023

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GOBIERNO DE CANARIAS

AYUDA POR HECTÁREA PARA EL MANTENIMIENTO DEL CULTIVO DE VIDES DESTINADAS A LA PRODUCCIÓN DE VINOS CON DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA (DOP), PREVISTA EN EL PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS.

Objeto: Serán objeto de subvención los viticultores cuya superficie productiva esté ubicada en Canarias y dedicada al cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida (DOP) en la campaña 2022 (Acción I.3 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias)

Beneficiarias/os: Productores/as de Canarias de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida.

Cuantía:  Las subvenciones que se convocan están financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y de acuerdo con la ficha financiera del Programa para la campaña 2022, se le asigna un importe de tres millones setecientos treinta y cinco mil ciento sesenta euros (3.735.160,00 €). Dicha cuantía podrá modificarse por posteriores Decisiones de la Comisión Europea.

Plazo de solicitud: Fecha Inicio: 19/4/2022 00:00 Fecha Fin: 18/6/2022 23:59 Fecha Inicio: 19/6/2022 00:00 Fecha Fin: 13/7/2022 23:59

· Condición: Las solicitudes con entrada en la Administración en los 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación serán consideradas para la gestión y pago, pero la ayuda que se conceda se reducirá en 1% por cada día hábil fuera del plazo previsto, las presentadas con posterioridad al 13 de julio de 2022, serán desestimadas.

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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESOLUCIÓN CONCESIÓN AYUDA DIRECTA EXPL. AGRI. CALABACÍN, SANDIA, PEPINO Y TOMATE POR COVID 2019.

Beneficiarios/as: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: AGRICULTURA, GANADERÍA, CAZA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

Presupuesto total de la convocatoria: 900,000.00 €

Plazo: 30/04/2022

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SERVICIO CANARIO DE EMPLEO

NUEVOS PROYECTOS TERRITORIALES PARA EL REEQUILIBRIO Y LA EQUIDAD EN EMPRENDIMIENTO Y MICROEMPRESAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.

Beneficiarios/as: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector Beneficiario: otros servicios
Presupuesto total de la convocatoria: 14,054,439.00 €
Plazo: 90 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación del extracto en BOC

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MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO / FUNDACIÓN EOI (ESCUELA DE ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL)

CONVOCATORIA 2019 «AYUDAS A EMPRESAS INDUSTRIALES DE CANARIAS»

  • OBJETO: Estas ayudas tienen por objeto el impulso de la transformación digital de la industria española a través de las empresas industriales
  • PLAZO:  Hasta el 16 de septiembre de 2019
  • BENEFICIARIOS: Empresas de la Comunidad Autónoma de Canarias, cualquiera que sea su forma jurídica que, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en esta convocatoria, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva
  • IMPORTE: La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS (6.937,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.
  • Más información
AGENCIA CANARIA DE INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN Y SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN (ACIISI)

PROGRAMA DE BONOS DE INNOVACIÓN (INNOBONOS) DEL AÑO 2020, COFINANCIADO POR EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER CANARIAS 2014-2020

  • OBJETIVO: Los Innobonos consisten en pequeñas subvenciones a autónomos, pymes y empresas para la adquisición de servicios de proveedores especializados que faciliten la introducción de innovaciones en los procesos de negocio o que mejoren su posicionamiento tecnológico.
  • BENEFICIARIOS: Empresas, pymes y profesionales autónomos que desarrollen su actividad en Canarias. No podrán ser beneficiarias las personas jurídicas o físicas que sean proveedoras de servicios en el propio programa de bonos de innovación.
  • PLAZO:  Se establecen dos procedimientos de concesión:
    • Primer procedimiento: plazo de presentación de solicitudes del 5 al 19 de septiembre de 2019, 950.000 en bonos de innovación y 1.150.000 euros en desarrollo de la economía digital.
    • Segundo procedimiento: plazo de presentación de solicitudes del 1 al 15 de diciembre de 2019, 50.000 en bonos de innovación y 50.000 euros en desarrollo de la economía digital.
  • CUANTÍA: la intensidad de la ayuda será de un 70% del coste elegible del servicio con un máximo de 20.000,00 euros, excepto para los servicios 2.1 y 2.2, cuyo coste máximo subvencionable será de 12.000,00 euros.
  • Más información
SERVICIO CANARIO DE EMPLEO

AYUDAS Y SERVICIOS PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS Y FOMENTO DEL AUTOEMPLEO

El Servicio de Creación de Actividad Empresarial es un servicio público y gratuito, que se pone a disposición de los interesados a través de las Agencias de Empleo y Desarrollo Local ubicadas en las distintas Corporaciones Locales o entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local (Ayuntamientos, Cabildos Insulares, Mancomunidades…), que cuenten con Agentes de Empleo y Desarrollo Local (A.E.D.L,) subvencionados por el Servicio Canario de Empleo (S.C.E.), cuya misión principal es la de colaborar en la promoción e implantación de las políticas activas de empleo relacionadas con la creación de actividad empresarial.

COMITÉ DE LAS ORGANIZACIONES PROFESIONALES AGRARIAS (COPA)

PREMIO EUROPEO A LA INNOVACIÓN PARA LAS AGRICULTORAS 2018

El Comité de las Organizaciones Profesionales Agrarias (COPA), compuesto por 60 organizaciones de los Estados miembros de la Unión Europea entre las que se encuentran por parte española la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores (ASAJA)Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) y Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA), ha lanzado la quinta edición del premio a la innovación para las agricultoras, que llevará por título «Soluciones innovadoras para la sostenibilidad de la agricultura».

AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA (ADER)

CONVOCATORIA 2022 DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE EMPRENDEDORES PROGRAMA DE ADQUISICIÓN DE PRIMEROS ACTIVOS EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN DIRECTA

Beneficiarios/as:

  • Personas físicas, desempleadas o en activo, que se constituyan como empresario individual a partir del 1 de octubre de 2021, tengan su domicilio fiscal y centro de trabajo en La Rioja.
  • Las nuevas sociedades que se constituyan en La Rioja a partir del 1 de octubre de 2021, que tengan tanto el domicilio fiscal como el centro de trabajo en La Rioja.
  • Los nuevos empresarios individuales o los socios de las nuevas sociedades creadas no podrán haber ejercido por cuenta propia, como empresario individual o a través de una empresa tercera, la misma o similar actividad en los últimos tres años. Se entenderá por misma actividad la que se encuentre dentro de la misma Division de la CNAE aprobada por el RD 475/2007. El carácter de similar actividad se determinará por la ADER.

Programas

  • Gastos de constitución de la empresa.
  • Inversión en activos fijos nuevos.
  • Nuevas tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC).
  • Diseño.

Cuantía de las ayudas:

  1. Programa de Gastos de constitución de la empresa.
  • Gastos de constitución de la empresa (asesores, gestores, notaría, registrador) limitado a 250 euros para empresarios individuales y 500 euros para el resto de sociedades.
  • Cursos de creación de empresas y similares limitado a 500 euros
  • Gastos para la realización de informes sobre el estado de la técnica para estudios de patentes y otros informes y diagnósticos sobre propiedad industrial emitidos por la OEPM u organismo similar limitado a 1.000 euros.

Gasto máximo subvencionable: 2.000 euros.

  1. Programa de Inversión en activos fijos nuevos.
  • Reforma de locales e inmuebles e instalaciones de cualquier tipo (técnicas, fontanería, electricidad, seguridad, accesibilidad) para la adecuación física del local, incluso en aquellos casos en los que el local sea propiedad de terceros siempre que se acredite que el contrato de alquiler o cesión de uso se extiende por un período mínimo de cinco años a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Se tendrá en cuenta para su valoración el importe notificado a la Administración a través de la licencia de obras o documento equivalente.
  • Honorarios de redacción de proyecto de obra, instalaciones, interiorismo, decoración y dirección y certificación de final de obra.
  • Maquinaria, incluyendo troqueles, moldes, hormas y utillaje.
  • Mobiliario.
  • Los elementos de transporte exterior, excepto en el caso de que el beneficiario sea una nueva empresa cuya actividad sea la de transporte. El vehículo adquirido debe encuadrarse dentro de alguna de las siguientes categorías: Vehículos de transporte de categoría N, vehículos de motor destinados al transporte de mercancías que tengan por lo menos cuatro ruedas. Vehículos asimilables a la categoría M1: 30 Derivado de turismo y 31 Vehículo mixto adaptable.
  • Honorarios de redacción de patentes limitado a 3.000 euros.
  • Canon de franquicia limitado a 3.000 euros.
  • Derecho de traspaso limitado a 3.000 euros.

Exclusiones:

  • Construcción y compra de bienes inmuebles y la adquisición de terrenos.
  • Adquisición de vehículos no incluidos dentro de las categorías citadas.
  • Activo circulante, gastos de cualquier tipo y elementos fungibles.
  • Inversiones cuya base imponible expresada en la correspondiente factura sea igual o inferior a 300 euros.
  • Los activos fabricados por el propio solicitante.
  • El importe correspondiente al Impuesto del Valor Añadido (IVA), así como cualquier otro tipo de tasas o tributos.
  • La adquisición de bienes que se corresponden con el objeto social o actividad propia de la empresa que solicita la ayuda.
  1. Programa de Nuevas tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC).
  • Compra de ordenadores y demás conjuntos electrónicos (hardware) así como cualquier aplicación informática (software), incluyendo las páginas web que cumplan las prioridades 1 y 2 de la norma UNE 139.803. La subvención máxima por la página web será de 1.500 euros.
  • Instalaciones de red
  • Gastos de consultoría para la implantación de la LOPD, RGPD y la LSSI.

Exclusiones:

  • Inversiones cuyo importe expresado en la correspondiente factura sea igual o inferior a 300 euros, excepto para el concepto de LOPD, RGPD y LSSI.
  • Cualquier tipo de tributos, incluido el IVA, que no computarán a efectos de determinación de la inversión mínima subvencionable.
  • La adquisición de bienes que se correspondan con el objeto social o actividad propia de la empresa que solicita la ayuda.
  1. Programa de diseño.
  • La contratación de asesoramiento externo para la realización de imagen y manual corporativos, catálogos, elementos publicitarios, envases y embalajes, elementos de promoción en puntos de venta.
  • Gastos en consultoría de marketing que ayuden en el lanzamiento comercial inicial de los productos y servicios de la empresa. Serán subvencionables los gastos de realización de planes de marketing, planes de comunicación, servicios de dinamización de redes sociales, generación de contenido digital, publicidad en internet, publicidad en prensa y revistas especializadas, radio, e-mail marketing, concursos y promociones en redes sociales (excluidos los regalos), campañas de buzoneo y auditorias SEO. El gasto máximo en este apartado se limita a 6.000 euros.
  • Registro de marca y logotipo. Se subvencionarán los gastos de marcas nacionales, comunitaria o internacional limitándose el coste a las tasas emitidas por el órgano correspondiente (OEPM, OAMI, OMPI).
  • Registro de diseño a nivel nacional internacional y/o europeo limitándose el coste a las tasas emitidas por el órgano correspondiente (OEPM, OAMI, OMPI).

Exclusiones:

  • Los gastos rutinarios prestados a las Pymes o relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa.
  • La impresión de folletos, catálogos y cualquier otro material.
  • En el caso de franquicias cuyo diseño ya está desarrollado por la empresa franquiciadora no se subvencionará el texto el gasto que ésta repercuta a la empresa franquiciadas.

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 2 de diciembre de 2022

Más información:

 

CONVOCATORIA PARA LOS AÑOS 2022 Y 2023 DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y A EMPRENDEDORES DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS TERRITORIALES PARA EL REEQUILIBRIO Y LA EQUIDAD MEDIANTE LA PROMOCIÓN DE EMPRENDIMIENTO EN ECONOMÍA VERDE Y DIGITAL Y AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO Y MICROEMPRESAS

Objeto: Concesión de subvenciones, en régimen de concesión directa, destinadas por un lado a fomentar proyectos territoriales de promoción del emprendimiento en la economía verde y digital para el reequilibrio y la equidad y por otro lado a subvencionar proyectos territoriales de emprendimiento, mediante la creación de su propio puesto de trabajo para las personas que pretendan desarrollar la actividad empresarial o profesional en la Comunidad Autónoma de La Rioja como trabajadores/as autónomos/as o como socios/as de trabajo en cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales.

Beneficiarios/os: Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:

  • a) las entidades locales y las entidades sin ánimo de lucro que promuevan proyectos de emprendimiento para las ayudas previstas en el Capítulo II de la orden reguladora, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • b) las personas que se establezcan como trabajadores/as autónomos/as por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutua del Colegio Profesional correspondiente o se incorporen como socios/as de trabajo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales así como trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia que se incorporen como socios/as en una comunidad de bienes o sociedad civil, de nueva creación, siempre y cuando las subvenciones se soliciten a título personal, para las ayudas previstas en el Capítulo III de la orden reguladora, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Cuantía de las subvenciones a proyectos de emprendimiento para trabajadores/as autónomos/as, cooperativas o sociedades laborales:

  • Como trabajador/a autónomo/a: 5.000 euros. Esta subvención tiene por objeto facilitar la disposición de los recursos necesarios para financiar la puesta en marcha de la actividad, creando su propio puesto de trabajo al establecerse como trabajador/a autónomo/a en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • Como socio/a de trabajo en cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales: 5.000 euros. Esta subvención tiene por objeto ayudar a la incorporación como socio/a de trabajo en cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Plazo de presentación de solicitudes: del 15 de marzo de 2022 al 31 de octubre de 2023. Las solicitudes de personas autónomas deberán presentarse dentro del plazo de un mes desde la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o, en su caso, en la Mutualidad que tenga establecida en el correspondiente Colegio Profesional.

Más información:

CONSEJERÍA DE IGUALDAD, PARTICIPACIÓN Y AGENDA 2030

CONVENIO CON LA FUR PARA ACTIVIDADES DE SENSIBLIZACIÓN EN ODS

Beneficiarios/as: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: EDUCACIÓN

Presupuesto total de la convocatoria: 30,000.00 €

Plazo: NO TIENE

Más información

AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA

CREACIÓN EMPRESAS INNOVADORAS. AYUDAS PARA LA PUESTA EN MARCHA Y FUNCIONAMIENTO DE EMPRESAS JÓVENES E INNOVADORAS

Las pequeñas empresas, jóvenes e innovadoras, no cotizadas, que estén registradas desde hace cinco años como máximo, que todavía no hayan distribuido beneficios ni surjan de una operación de concentración, y que cumplan además los requisitos indicados en el Anexo II de la convocatoria.

Procede considerar empresa a toda entidad, persona jurídica, que realiza una actividad económica.

BECAS DE FORMACIÓN EN PRÁCTICAS SOBRE INTERNACIONALIZACIÓN

Resolución de 26 de junio de 2018, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria para la constitución de una bolsa de becas de formación en prácticas sobre internacionalización.

El programa de becas de internacionalización de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja constará de dos fases: una primera fase de formación teórica y una segunda fase de formación práctica. La formación práctica podrá desarrollarse en Oficinas Económicas y Comerciales de España en el extranjero, Cámaras de Comercio, empresas exportadoras e importadoras españolas con establecimiento permanente u otros organismos, o en las instalaciones de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja.

Plazo: Hasta el 13 de julio de 2018

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL AÑO 2023 DIRIGIDAS A EMPRESAS ARTESANAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Objeto: El objetivo de esta convocatoria, es contribuir a la promoción comercial de las empresas artesanas, y a la formación en este sector, dentro de las actividades y oficios artesanos incluidos en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de la Comunidad de Madrid, convocando ayudas para el año 2023

Beneficiarias/os: Serán beneficiarios de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas artesanas cuyo origen sea cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Asimismo, la actividad desarrollada se ha de corresponder con los oficios y actividades artesanas incluidos en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de la Comunidad de Madrid aprobado por la Ley 21/1998, de 30 de noviembre, de Ordenación, Protección y Promoción de la Artesanía en la Comunidad de Madrid. No tendrán la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuantía: Las ayudas consistirán, con la excepción recogida en el artículo 7.2.b) de las bases reguladoras, en subvenciones, tramitadas en régimen de concurrencia competitiva, del 50 por 100 del presupuesto aceptado por la dirección general competente en materia de comercio, excluido todo tipo de impuestos, con un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario, y con los siguientes sublímites: a) Un máximo de 2.000 euros para la asistencia a ferias. b) Un máximo de 1.000 euros para participación en exposiciones. c) Un máximo de 300 euros para la realización de acciones de formación. d) Un máximo de 1.000 euros para la realización del resto de actividades promocioales. Estas ayudas, que tienen la naturaleza jurídica de subvenciones, serán compatibles con otras, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda

Plazo de solicitud: El plazo para presentar las solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Más información

 

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO COLECTIVO

Objetivo: Fomentar el emprendimiento colectivo en la región mediante la concesión de ayudas que cubran parte de los gastos iniciales necesarios para la constitución de cooperativas y sociedades laborales.

La ayuda consiste en lo siguiente:

  • Línea 1: el importe final de la ayuda será el 80% de los gastos justificados, hasta un máximo de 12.000 euros. Se podrá ampliar hasta los 15.000 euros en algunas circunstancias.
  • Línea 2: La subvención máxima será del 50 % del salario bruto mensual del trabajador contratado por la asociación a jornada completa y de forma indefinida, hasta el límite de 3 veces el SMI y 150.000 euros por entidad.
  • Línea 3: el importe de la subvención será como máximo del 50% de la inversión realizada para la puesta en marcha, para su ampliación o desarrollo, hasta un máximo de 20.000 euros por entidad y año.
  • Línea 4a: la cuantía de la subvención será, para las entidades solicitantes, de 5.000 euros por cada socio trabajador o de trabajo incorporado, o 10.000 euros en el caso de parados de larga duración.
  • Línea 4b: ayudas a los nuevos socios por sus aportaciones al capital social de hasta el 50% con un máximo de 3.000 euros.

Beneficiarias/os:

  • 1ª Línea: Las cooperativas y sociedades laborales constituidas a partir del 1 de enero de 2018, así como las empresas de inserción calificadas provisionalmente a partir de dicha fecha, a través de sus representantes legales, por los gastos derivados de dicha constitución o calificación provisional.
  • 2ª Línea: Las asociaciones profesionales representativas de autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de Centros Especiales de Empleo, que cumplan los requisitos establecidos en el presente acuerdo.
  • 3ª Línea: Las cooperativas y sociedades laborales que realicen inversiones necesarias para su puesta en marcha, ampliación o desarrollo, a partir del 1 de enero de 2019, y en relación al gasto que conlleve dicha inversión.
  • 4ª Línea: Las cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción, por la incorporación de personas físicas como socios, así como las propias personas físicas que se incorporen como socios a dichas entidades, a partir del 1 de enero de 2019.

Presupuesto de la convocatoria: 2.800.000 €

Cuantía de las ayudas individuales: máximo 20.000,00 €

Plazo solicitud:

  • 1ª Línea: 10 meses a partir de la fecha de constitución de la cooperativa.
  • 2ª Línea: los dos primeros meses del año natural, y deberá referirse a las actuaciones de la asociación en los 12 meses del año natural anterior.
  • 3ª Línea: los 2 primeros meses del año natural, y deberá referirse a las inversiones realizadas en los 12 meses del año natural anterior.
  • 4ª Línea: Tres meses desde la incorporación efectiva del socio.

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS LEADER EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, EN BASE A LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO DE ARACOVE PARA EL PERÍODO 2014-2022. COMUNIDAD DE MADRID, DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN. 

Objetivo. Convocar las ayudas gestionadas por el Grupo de Acción local ARACOVE destinadas a la ejecución de proyectos en el marco de la medida 19 del PDR de la Comunidad de Madrid 2014-2020 y en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo para la Comarca de las Vegas y la Alcarria de Alcalá 2014-2020.

Beneficiarios/as: los municipios de Ambite, Anchuelo, Belmonte del Tajo, Brea del Tajto, Campo Real, Carabaña, Colmenar de Oreja, Corpa, Chinchón, Estremera, Fuentidueña del Tajo, Olmeda de las Fuentes, Orusco de Tajuña, Perales de Tajuña, Pezuela de las Torres, Pozuelo del Rey, Santorcaz, Santos de la Humosa, Tielmes, Titulcia, Valderacete, Valdelaguna, Valdilecha, Valverde de Alcalá, Villaconejos, Villamanrique de Tajo, Villar del Olmo y Villarejo de Salvanés.

Sector beneficiario: agricultura, ganadería y alimentación

Presupuesto de la convocatoria: 200.000 €

  • Submedida I. Apoyo al sector agrario y agroindustrial: 137.932.16 €
  • Submedida II. Apoyo al desarrollo del sector turístico y conservación del patrimonio: 772.410.73 €
  • Submedida III. Apoyo a la creación, ampliación y modernización de Pequeñas Empresas y Microempresas: 470.931.10 €

Plazo solicitud: hasta el 23 de mayo de 2022

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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

ORDEN 1045/2021 DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS BIENALES PARA EL FOMENTO DE ESTRUCTURAS DE EMPRESAS EN LAS ARTES ESCÉNICAS, DE SALAS DE TEATRO, SALAS DE MÚSICA Y TABLAOS FLAMENCOS.

Beneficiarios/as: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: Actividades de creación, artísticas y espectáculos

Presupuesto total de la convocatoria: 2,250,000.00 €

Plazo: 20/04/2022A LOS 15 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA DE INICIO DEL PLAZO

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ORDEN 1032/21 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 1423/16 DE AYUDAS A EMPRESAS PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE TEATRO Y DANZA

Beneficiarios/as: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Sector Beneficiario: Actividades de creación, artísticas y espectáculos

Presupuesto total de la convocatoria: 1,050,000.00 €

Plazo: 18/04/2022 A LOS QUICE DÍAS HABILES SIGUIENTES A LA FECHA DE INICIO DEL PLAZO

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA FORESTACIÓN DE TIERRAS AGRÍCOLAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

Objetivo: Promover la forestación de tierras agrícolas, incrementar la superficie forestal en el territorio madrileño, diversificar las actividades agrarias y las fuentes de renta y empleo del medio rural, contribuir a la lucha contra la erosión y favorecer la conservación de la fauna y flora.

Beneficiarios/as: pymes, autónomos y emprendedores.

Cuantía: según orden de la convocatoria

Plazo solicitud: hasta 30 de abril de 2022

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COMUNIDAD DE MADRID. CONSEJERÍA DE EMPLEO Y COMPETITIVIDAD.

AYUDAS PARA PROMOCIÓN INDUSTRIAL EN EL MEDIO RURAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Objetivo. Establecimiento del procedimiento de concesión directa de ayudas para incentivar la promoción y modernización industrial en los municipios de menos de 2.500 habitantes de la Comunidad de Madrid (179 municipios en total), con objeto de facilitar el arraigo poblacional en localidades rurales y mejorar la calidad de vida de las personas que en ellas habitan, en el marco de la Estrategia para Revitalización de los Municipios Rurales de la Comunidad de Madrid.

Beneficiarios/as: pymes, autónomos o emprendedores, que desarrollen algunas de las actividades de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril,

Cuantía: entre el 40-50% de la inversión subvencionable con un máximo de 50.000 € por actuación y 50.000 € por beneficiario y año natural.

Plazo solicitud: hasta 30 de abril de 2022

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MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. PROGRAMA KIT DIGITAL

AYUDAS PARA LA DIGITALIZACIÓN DE PEQUEÑAS EMPRESAS, MICROEMPRESAS Y PERSONAS EN SITUACIÓN DE AUTOEMPLEO, EN EL MARCO DE LA AGENDA ESPAÑA DIGITAL 2025, EL PLAN DE DIGITALIZACIÓN PYMES 2021-2025 Y EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE ESPAÑA -FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA- NEXT GENERATION EU (PROGRAMA KIT DIGITAL GOBIERNO DE ESPAÑA.

Objetivo: Implantación de soluciones digitales para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital

Beneficiarios/as: pymes de menos de 50 trabajadores y autónomos.

Cuantía ayuda: concesión del bono digital según segmento:

  • De 10 a 49 trabajadores: 12.000 €
  • De 3 a 9 trabajadores: 6.000 €
  • De 0 a 2 trabajadores: 2.000 €

Plazo solicitud:

  • De 10 a 49 trabajadores: desde el 15 de marzo 2022 hasta agotar los fondos
  • De 3 a 9 trabajadores: fecha prevista de apertura en junio
  • De 0 a 2 trabajadores: fecha prevista de apertura en junio o septiembre

Más información:

COMUNIDAD DE MADRID. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, VICECONSEJERÍA DE ECONOMÍA, D.G. DE AUTÓNOMOS Y EMPRENDIMIENTO.

AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL Y LA CONCILIACIÓN LABORAL EN LA REGIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID, MEDIANTE ACTUACIONES CONCRETAS PUESTAS EN MARCHA PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y LAS PEQUEÑAS EMPRESAS, ASÍ COMO PROMOVER LA EFECTIVA CONCILIACIÓN EN EL ÁMBITO LABORAL DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS, EN EQUILIBRIO CON LAS NECESIDADES ORGANIZATIVAS DE LA EMPRESA, MEDIANTE MEDIDAS DE CONCILIACIÓN QUE FLEXIBILICEN LA JORNADA Y EL HORARIO DEL TRABAJO.

Objetivo:  Ayudas para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral en la región de la Comunidad de Madrid, mediante actuaciones concretas puestas en marcha para los trabajadores autónomos y las pequeñas empresas, así como promover la efectiva conciliación en el ámbito laboral de las personas trabajadoras, en equilibrio con las necesidades organizativas de la empresa, mediante medidas de conciliación que flexibilicen la jornada y el horario del trabajo.

El Programa consta de dos líneas:

  • 1ª Línea: Implantación de la responsabilidad social en los autónomos y en las pequeñas empresas. Son subvencionables las siguientes acciones: la obtención o renovación de certificaciones de normas o estándares en el ámbito de la responsabilidad social, tales como la Norma SA 8000, la Certificación IQNet SR10, la Certificación SG21, EFR (conciliación), u otras equivalentes.
  • 2ª Línea: Conciliación de la vida laboral, familiar y personal a través de incentivos económicos para el fomento del teletrabajo y de la flexibilidad horaria. Son acciones subvencionables: la formalización de acuerdos de teletrabajo o flexibilidad horaria. Asimismo, cuando haya sido necesaria la compra de equipamiento electrónico para organizar el teletrabajo, se subvencionará el 75% del coste de éstos.

Beneficiarios/as: pymes y autónomos

Plazo de solicitud: plazo indefinido

Cuantía ayuda:

1ª Línea, hasta un 75% de los costes de obtención de las certificaciones, con un máximo de 2.500 €.

2ª Línea: ayuda de 2.500 € al año por trabajador contratado con teletrabajo, y otros 2.500 € al año por trabajador con flexibilidad en su jornada. Ambas son compatibles. Importe máximo para una misma empresa de 10.000 € de subvención.

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AYUDAS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA TARIFA PLANA DE AUTÓNOM@S

Convoca: Comunidad de Madrid

Beneficiari@s: Nuevos autónomos y otros

Esta ayuda permite a los autónom@s de la Comunidad de Madrid prolongar durante un máximo de doce meses adicionales la tarifa plana de 50 euros en la cotización a la Seguridad Social del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Beneficiari@s: Los autónom@s que se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) cumpliendo los requisitos para ser beneficiarios de la tarifa plana de 50 euros del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. También los socios de cooperativas de trabajo asociado o de sociedades laborales encuadrados en el RETA.

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AYUDAS A TRABAJADOR@S QUE SE CONSTITUYAN POR CUENTA PROPIA

Ayudas que subvencionan parte de los gastos necesarios para la puesta en marcha de su actividad empresarial.

Convoca: Comunidad de Madrid

Beneficiari@s: personas físicas desempleadas que se den de alta como trabajadores autónomos, por cuenta propia; personas con la característica anterior que sean miembros de sociedades civiles, de comunidades de bienes, y socios de sociedades mercantiles; igualmente cumpliendo los requisitos anteriores, socios trabajadores o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales.

Importe de la ayuda: El importe final de la ayuda será el 80 % de los gastos justificados, de conformidad con los costes subvencionables establecidos en el artículo 4.2 de las Normas Reguladoras

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AYUDAS PARA UNA SEGUNDA OPORTUNIDAD PARA L@S AUTÓNOM@S (RE-EMPRENDE)

Convoca: Comunidad de Madrid

Objetivo de la Ayuda: facilitar el retorno al empleo de aquellos trabajadores autónomos o por cuenta propia que hayan agotado la prestación por Cese de Actividad, otorgándoles una ayuda de hasta 18 meses, posteriores al agotamiento de la prestación por Cese de Actividad. El programa incluye la realización de un itinerario de emprendimiento y empleo personalizado, que consistirá en un programa de recualificación profesional con asesoramiento especializado y, en su caso, formación y acompañamiento, que facilite el retorno al autoempleo o al empleo por cuenta ajena.

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LÍNEAS DE FINANCIACIÓN DE AVALMADRID PARA: NUEV@S AUTÓNOM@S, EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL Y EMPRENDEDOR@S

Convoca: Avalmadrid

Diferentes líneas de financiación en función de la situación de la persona solicitante. En el caso de mujeres emprendedoras existe, además, una bonificación de los gastos de estudio a través de CERSA con el apoyo del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

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MICROCRÉDITOS PARA EMPRENDEDOR@S

Convoca: Comunidad de Madrid y Microbank (Banco social de La Caixa)

L@s emprendedor@s de la Comunidad de Madrid pueden acceder a la financiación de sus proyectos empresariales a través del Microcrédito Social solicitado a través de Microbank, el Banco Social de la Caixa. La cuantía por proyecto podrá ser de hasta 25.000 euros con un tipo de interés fijo y un plazo de amortización de 5 años. El Microcrédito Social va dirigido a emprendedor@s que pueden tener dificultades de acceso a la financiación. Para su formalización es necesario un Plan de Empresa y un certificado de viabilidad emitido por la Comunidad de Madrid (entidad colaboradora).

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CONSEJERÍA DE EMPRESA, ECONOMÍA SOCIAL Y AUTÓNOMOS

AYUDAS A PYMES PARA LA MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO » PROGRAMA FONDO TECNOLÓGICO» – LÍNEA 1

Ayudas del programa de modernización del comercio “Fondo Tecnológico”, destinadas a actuaciones e inversiones para digitalización del sector comercial (Líneas 1)

Beneficiarios/as: Pymes del sector del comercio que posean y realicen su actividad en un establecimiento físico permanente en el territorio de la Región de Murcia. La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).

 Gastos subvencionables:

  • Proyectos de nuevas tecnologías: individual y/o del colectivo de asociados, dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra.
  • Proyectos de nuevas tecnologías para la transformación del espacio físico de venta, dirigido tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión.
  • Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia, sostenibilidad de la entrega de última milla.
  • Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos.

Requisitos:

  • Estar desempleado/a como mínimo el día anterior antes del alta en RETA.
  • Disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.
  • Estar dado/a de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas.

Cuantía que se subvenciona: la cantidad máxima a conceder de 10.000 € (IVA excluido) para pequeñas y medianas empresas del comercio minorista, por solicitud y proyecto presentado de la Línea 1, y de 150.000 € y 200.000 € (IVA excluido), para asociaciones y federaciones respectivamente, por solicitud y proyecto presentado de la Línea 2, y hasta agotar la consignación presupuestaria (1,439,172.00 €)

Plazo de presentación: hasta el 29 de septiembre de 2023.

Más información y solicitud de ayudas:

tlf: 968 362 800 / 968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
WEB

 

PROGRAMA 1º. EMPLEO EN COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES. PROGRAMAS DE FOMENTO DE LA ECONOMÍA SOCIAL.

Subvencionar a las Empresas de Economía Social que incorporen, a partir del día 1 de octubre del año 2022, socios trabajadores por tiempo indefinido y a jornada completa.

Beneficiarios/as: Pymes de Economía Social, que tengan su domicilio social y fiscal y el centro de trabajo en la Región de Murcia

Gastos subvencionables: La contratación, a partir del día 1 de octubre del año 2022, de socios/as trabajadores/as por tiempo indefinido y a jornada completa, siempre que en la fecha de iniciación de la prestación de trabajo en las mismas concurra alguna de las circunstancias:

  • Trabajadores/as por cuenta ajena de la sociedad.
  • Personas desempleadas, inscritas en cualquier Oficina de Colocación hasta la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, que deberá ser a partir del día 1 de octubre del año 2022.
  • Trabajadores/as por cuenta ajena de sociedades mercantiles, con contrato laboral vigente antes del día 1 de octubre del año 2022.
  • Jóvenes menores de 30 años desempleados/as, inscritos en cualquier oficina de colocación.

Requisitos: Máximo 6 socios/as trabajadores/as por empresa.

Cuantía que se subvenciona: Si la aportación al capital del socio/a trabajador/a es igual o superior a 1.000 euros, las ayudas serán de:

  • a) 7.000 euros por cada socio/a trabajador/a incorporado a la sociedad. Si es mujer la cuantía será de 8.500 euros
  • b) 11.500 euros en el caso de personas con discapacidad.
  • c) 9.500 euros en el caso de persona con riesgo de exclusión del mercado de trabajo.
  • d) 10.000 euros por cada joven que esté inscrito en el Registro de Garantía Juvenil.

Si la aportación al capital del socio/a trabajador/a es inferior a 1.000 euros, el importe de la subvención se calculará con la fórmula:

S = C x A/1000 (S = Subvención a conceder por cada nuevo socio trabajador incorporado. C = Subvención que corresponde al socio trabajador por pertenecer a un determinado colectivo A = Capital suscrito por el socio trabajador por el cual se solicita subvención)

Plazo de presentación: hasta el 2 de octubre 2023.

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Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa

PRÉSTAMOS PARA JÓVENES EMPRENDEDORES – ENISA

Dotar de los recursos financieros necesarios a pymes (y startups) de reciente constitución creadas por jóvenes para abordar las inversiones que precisa el proyecto empresarial en su fase inicial.

Beneficiarios/as: Pymes constituidas, como máximo, durante los 24 meses anteriores a la solicitud con proyectos de emprendimiento innovador.

Gastos subvencionables: Adquisición de activos fijos y del circulante necesario para la actividad.

Requisitos:

  • La mayoría del capital tiene que estar en manos de personas físicas de edad no superior a 40 años.
  • Los socios tienen que aportar, vía capital o a través de fondos propios, al menos un 50% del préstamo.

Cuantía que se subvenciona: mínimo: 25.000 euros y máximo: 75.000 euros.

Plazo de presentación: hasta el 31 de diciembre 2023

Más información y solicitud de ayudas:

Tlf: 968 362 800 / 968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
WEB

 

CONFERENCACIÓN EMPRESARIAL ESPAÑOLA DE ECONOMÍA SOCIAL (CEPES)

CEPES LANZA UNA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO EN ECONOMÍA SOCIAL POR 20,8 MILLONES DE EUROS

Esta convocatoria tiene como objetivo aumentar las competencias emprendedoras e incrementar el número de empresas e iniciativas de autoempleo colectivo creadas bajo fórmulas de economía social, así como sentar las bases para su supervivencia a través de servicios de apoyo y asesoramiento al emprendimiento.

Beneficiarios/as: entidades de economía social constituida antes del 1 de enero del 2020.

Gastos subvencionables: El periodo de ejecución de la convocatoria será desde el 1 de septiembre de 2023 al 31 de agosto de 2029.

Requisitos:

  • Entidades de economía social que hayan sido acreditadas previamente por CEPES.
  • Una entidad puede presentar un único proyecto como solicitante.
  • Podrá participar como colaboradora en un máximo de dos proyectos presentados por otras entidades.
  • El proyecto puede ser de ámbito regional, donde solo involucra a una única categoría de región en las que Europa agrupa a las comunidades autónomas españolas, o plurirregional, los cuales deberán contemplar actuaciones en todas y cada una de estas categorías de región.

Cuantía: coste total mínimo de 900.000 euros y un coste total máximo de hasta 1.900.000 euros

Plazo de presentación: hasta el 29 de septiembre de 2023.

Más información y solicitud de ayudas:

https://www.cepes.es/nota-prensa/807_cepes-publica-convocatoria-ayudas-emprendimiento-economia-social-marco-fondo-social-europeo-plus-imp

https://fse.cepes.es/convocatorias

 

SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO

PROGRAMA DE SUBVENCIONES CUOTA CERO DEL SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN (SEF) DE LA REGIÓN DE MURCIA.

Subvención para fomentar el establecimiento como trabajadores autónomos de personas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) por primera vez, o hayan pasado más de 2 años desde la última vez que se dieron de alta en dicho régimen.

Beneficiarios/as:

  1. Personas que causen alta inicial en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  2. Personas que causen alta en RETA y no hayan estado en situación de alta en dicho régimen en los dos años inmediatamente anteriores.
  3. Mujeres que habiendo cesado su actividad por nacimiento de hijo/a, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia, dándose de alta en RETA, dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese.

 Gastos subvencionables: La realización de una actividad económica en la Región de Murcia como autónomo/a, que conlleve la obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Requisitos:

– Estar desempleado/a como mínimo el día anterior antes del alta en RETA.

– Disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.

– Estar dado/a de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas.

Cuantía que se subvenciona: 2.920,00 €.

Plazo de presentación: hasta el 15 de noviembre 2023.

Más información y solicitud de ayudas:

Ayudas y subvenciones – Instituto de Fomento de la Región de Murcia (institutofomentomurcia.es)

Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. – Programa de subvenciones Cuota Cero ampliada. (carm.es)

CÁMARA DE COMERCIO DE MURCIA Y CÁMARA DE COMERCIO DE ESPAÑA

AYUDAS DE HASTA 20.000 EUROS PARA LA CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL DE LAS PYMES FUERA DE LA UE

Esta línea de ayudas de Certificación Internacional se incluye en el programa “Mentoring y Apoyo a la Internacionalización” puesto en marcha por la Cámara de Comercio Murcia junto con la Cámara de España, como entidad colaboradora de la Secretaría de Estado de Comercio. El Programa está financiado por los Fondos Next Generation a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las ayudas a la Certificación Internacional constituyen la primera línea de actuación del programa “Mentoring y Apoyo a la Internacionalización” cuyo objetivo es favorecer la apertura de nuevos mercados o mejorar el posicionamiento exterior de las pymes exportadoras.

Beneficiarios/as: pequeñas y medianas empresas que quieran exportar fuera de la Unión Europea.

Gastos subvencionables: consultoría asociada a la certificación; costes de envío, devolución y/o destrucción de muestras; coste de los ensayos de laboratorio (en España o en destino); emisión de la certificación/homologación; coste de auditorías; coste de renovación o mantenimiento de certificados; traducción y legalización de documentos (ver convocatoria).

Además, serán susceptibles de ser cofinanciados los gastos derivados del proceso de certificación de proyectos ya iniciados o finalizados, siempre que éstos se hayan realizado a partir del 1 de enero de 2023.

Requisitos:

  • Ser una pyme según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 con una facturación superior a 1 millón de euros.
  • Disponer de producto, servicio o marca propia.
  • Ser empresa exportadora, sólo si se solicita una certificación de carácter voluntario.
  • Cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Cumplir la norma de mínimis que exige la Unión Europea (Reglamento UE Nº1407/2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado UE a las ayudas de mínimis).
  • No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a lo dispuesto en el Reglamento 651/2017, de 17 de junio de 2014.

Cuantía: hasta 20.000 euros.

Plazo de presentación: hasta el 30 de septiembre de 2023.

Más información:

CENTRO EUROPEO DE EMPRESAS E INNOVACIÓN DE NAVARRA S.L. (CEIN S.L.). GOBIERNO DE NAVARRA.

PROGRAMA IMPULSO EMPRENDEDOR

Es un programa integral de aceleración para el desarrollo y puesta en marcha de iniciativas empresariales innovadoras que promueve el Gobierno de Navarra.

Está abierto a emprendedores y emprendedoras de cualquier procedencia que tengan un proyecto innovador con potencial de crecimiento que quieran hacer realidad en nuestra comunidad.

  • Plazo de finalización de presentación de solicitudes: 12 de abril de 2019
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